Arrancó el periodo para la presentación de la Declaración Anual de Personas Físicas, que concluye el 30 de abril; posibilidad de pago en 6 meses y a partir del 17 de abril habrá horario extendido

El Servicio de Administración Tributaria informó del arranque desde el día de ayer y hasta el 30 de abril del periodo para la presentación de la Declaración Anual 2023 para personas físicas. Las administradoras del SAT destacaron que este año el trámite es más sencillo porque hay información precargada en la plataforma, que a partir del 17 de abril extenderán el horario de atención en oficinas y que quienes tengan cargo a pagar podrán acogerse a la opción del pago por mensualidades, si bien deberán realizar un primer pago en tiempo y forma antes de este 30 de abril.

Alejandra Paredes, administradora desconcentrada de Servicios al Contribuyente, señaló que los contribuyentes están obligados a presentar su declaración cuando sus ingresos anuales por salarios superaron los 400 mil pesos, cuando tuvieron un sólo patrón y dejaron de recibir ingresos antes del 31 de mayo, si tuvieron ingresos adicionales a los salarios, si trabajaron para dos o más patrones y los de Régimen Simplificado de Confianza, el Régimen de Actividad Empresarial, y el de Enajenación de Bienes.

Informó que la declaración debe presentarse a través de la plataforma que cuenta con un «aplicativo especial» puesto en marcha durante la pandemia. Como primer paso, señaló, los contribuyentes deberán grabar un video y firmar un acuse, al cabo de tres días les llegará un link para generar su contraseña (enfatizando que ésta es la única forma de generarla). Asimismo, aclaró que en los supuestos de que el monto a favor no exceda los 10 mil pesos o si está entre los 10 mil y los 150 mil pero ya registró una clave interbancaria, el contribuyente no va a requerir firma electrónica. Pero si no hay nada precargado previamente sí requerirá de firma electrónica, advirtió.

Recordó que son 40 días hábiles con los que cuentan los contribuyentes para obtener la devolución, si bien normalmente, afirmó. llega antes.

Asimismo, informó que existen tres visores para que puedan conocer si sus deducciones están bien generadas y no hay errores.

Dio a conocer que el 17 de abril iniciará el horario extendido de atención en oficinas, con dos horas más de lunes a jueves y tres horas los viernes, desde las 8:30 a las 18 horas. También se brindará atención en la web, el número de teléfono y el chat, además de contar un aula especial en la cual se estará ayudando a los contribuyentes a hacer el trámite.

Perla del Rosario Vadillo Palafox, administradora desconcentrada de Recaudación, destacó que se introdujeron mejoras en la aplicación, que buscan facilitar el cumplimiento a los contribuyentes. Entre ellas citó la creación de un mensaje especificando la fecha en la que está precargada la información, un botón para agregar pérdidas fiscales pendientes de amortizar, un campo para acreditar los pagos generados en el RESICO, un mensaje reiterativo para la suma de los ingresos para cumplir con los requisitos del RESICO, así como la inhibición de la precarga de información para lo que es el cumplimiento del ejercicio por defunción. Además, también se adiciona la deducción inmediata de inversión aplicando el decreto de octubre de 2023 para el tema de la relocalización.

Con la misma finalidad de facilitar el cumplimiento, los contribuyentes pueden acogeres al sistema de pago en parcialidades, si bien deberán hacer un primer pago en tiempo y forma antes del 30 de septiembre. Quienes opten por el pago en seis meses tendrán como fecha límite el 30 de septiembre.

Advirtieron que si no se paga en tiempo se genera un formato adicional con recargos por mora, mientras que quienes no presenten la declaración, en caso de tener un saldo a cargo, si se deja pasar tiempo pudiera acarrear una multa.