Llama CNDH a revisar adelanto del cierre del ciclo escolar ante «posibles afectaciones al interés superior de niñas, niños y adolescentes»

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se sumó este jueves a las voces que cuestionan la decisión de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y del Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU) de adelantar al próximo 5 de junio la conclusión del ciclo escolar 2025-2026, al advertir posibles afectaciones al interés superior de niñas, niños y adolescentes.

A través del pronunciamiento DGDDH/004/2026, el organismo nacional señaló que resulta “de suma importancia” que las autoridades educativas revisen la determinación anunciada mediante el Boletín 161 de la SEP, referente a los “cambios al calendario escolar 2025-2026 por calor y Mundial de Futbol”, ya que, sostuvo, la medida no toma plenamente en consideración los contextos sociales y laborales de las personas cuidadoras.

La CNDH enfatizó que, si bien las modificaciones fueron planteadas como medidas emergentes derivadas de las altas temperaturas y la realización del Mundial de Futbol 2026, éstas únicamente impactan en las jornadas educativas de estudiantes de educación básica, mas no en las jornadas laborales de madres, padres y tutores, lo que podría dejar a menores de edad sin acompañamiento y en condición de vulnerabilidad.

En el documento, el organismo defensor de derechos humanos alertó que esta situación podría derivar en afectaciones físicas, emocionales, cognitivas y sociales para niñas, niños y adolescentes, además de incrementar riesgos de violencia en aquellos casos en los que las familias no cuentan con redes de apoyo suficientes para el cuidado de los menores.

Por ello, la CNDH hizo un llamado a la SEP y al CONAEDU a generar mecanismos que permitan garantizar que toda disposición educativa considere el interés superior de la niñez, así como enfoques integrales, transversales y con perspectiva de derechos humanos y género, reiterando que “la responsabilidad y obligación de garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes es de todas y todos”.

A continuación, el pronunciamiento íntegro:

PRONUNCIAMIENTO
DGDDH/004/2026

Pronunciamiento de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ante la publicación del Boletín 161 de la Secretaría de Educación Pública, mediante el cual se emiten “Cambios al calendario escolar 2025-2026 por calor y Mundial de Futbol”

En el marco de la publicación del Boletín 161 de la Secretaría de Educación Pública mediante el cual se establecen “cambios realizados en el Calendario Escolar 2025-2026, por el calor y la celebración del Mundial de Futbol 2026”, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos considera de suma importancia el garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como el Principio de Interés Superior de la Niñez.

Mediante decisión colegiada en el marco de la LXVI Reunión Nacional Plenaria Ordinaria 2026 del Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU), de fecha 07 de mayo de 2026, derivado de las necesidades expuestas por 10 entidades federativas, así como una solicitud presentada en reuniones de trabajo con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), se emitió acuerdo mediante el cual se dispusieron diversas modificaciones dentro del Calendario Escolar 2025-2026.

Entre dichas modificaciones se prevé que, el próximo 5 de junio concluirá el Ciclo Escolar 2025-2026 y el arranque oficial del ciclo escolar 2026-2027 se llevará a cabo el próximo 31 de agosto en todas las escuelas públicas y privadas de Educación Básica.

Resulta de suma importancia para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional de Autoridades Educativas, lleven a cabo una revisión de dicha determinación, lo anterior no solo atendiendo la coyuntura de un evento público y eventos climáticos, sino tomando como eje central el Interés Superior de Niñas, Niños y Adolescentes consagrado en el artículo 3 Constitucional, así como el contexto laboral por el que atraviesan la mayoría de personas que ejercen el cuidado de niñas, niños y adolescentes. En ese sentido, es indispensable recordar que es obligación de todas las autoridades el garantizar un enfoque integral, transversal, con perspectiva de género, de derechos humanos y el Principio de Interés Superior de la Niñez, en el diseño e instrumentación de políticas y programas de gobierno.

Es importante tomar en consideración que dichas disposiciones únicamente impactan en las jornadas educativas de niñas, niños y adolescentes, no así en las jornadas laborales de las personas cuidadoras, provocando que niñas y niños permanezcan solos en el hogar. Esta situación contradice el principio del interés superior de la niñez, pues coloca a los menores en un estado de vulnerabilidad al privarlos del acompañamiento y cuidado que requieren para su desarrollo integral, situación que los hace propensos a presentar afectaciones en sus dimensiones físicas, motoras, cognitivas, emocionales y sociales a corto, mediano y largo plazo, como fue señalado anteriormente en el Informe Especial de “Impacto de la Pandemia por COVID-19 en el Derecho a la Educación de Niñas, Niños y Adolescentes en México”, publicado por la Comisión de Derechos Humanos.

Resulta relevante señalar que dichas disposiciones se plantean como medidas emergentes y temporales para atender problemáticas públicas en el marco del Mundial de Futbol de 2026. Sin embargo, no ofrecen una solución duradera, eficiente ni eficaz; por el contrario, trasladan la carga de las obligaciones públicas a las personas cuidadoras, lo que repercute directamente en el bienestar de niñas, niños y adolescentes y las personas cuidadoras.

La emisión de dichas disposiciones, sin tomar en consideración los contextos sociales y laborales de las personas que ejercen los cuidados de niñas, niños y adolescentes, vulnera el derecho de la niñez a ser debidamente cuidada. En ese sentido, es importante señalar que, en algunos casos las personas que ejercen los cuidados de las niñas, niños y adolescentes no cuentan con redes de apoyo suficientes, como para garantizar su debida protección y atención, lo cual incrementa su riesgo a sufrir diversos tipos de violencia y, contraviene lo establecido en el artículo 17 fracción III de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Por lo antes señalado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos invita a todas las autoridades principalmente a la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional de Autoridades Educativas, a generar los mecanismos necesarios para garantizar que, en la emisión de disposiciones se tomen en consideración los contextos y, se atiendan las problemáticas que puedan generar en su aplicabilidad.

Hoy más que nunca reiteramos: la responsabilidad y obligación de garantizar los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes es de todas y todos.

¡Defendemos al pueblo!