Supervisarán Inspectores del Trabajo la elección de Directivas de la Sección 8 del SNTE

Por: Grupo de maestros y maestras activas y jubiladas agremiados a la Sección 8 del SNTE

Ante el pronunciamiento emitido el pasado 24 de marzo del 2022 de un Grupo de Maestras y Maestros democráticos de la Sección 8 del SNTE de todo el Estado de Chihuahua al margen de las Camarillas Charriles de la Octava, en dónde externaron que este proceso de elección por la Directiva de la Sección 8, es una gran simulación, que se pretende hacer creer a las Bases que se está haciendo un juego democrático y que se han registrado y aprobado diferentes planillas, pero en realidad la línea está muy marcada de quién será el elegido y al final quedarán los mismos en diferentes carteras… “Para que todo siga igual”.

Les hacemos de manifiesto que el magisterio de Chihuahua no está sólo, por lo que solicitamos la intervención del Delegado de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo el Lic. Juan Pablo Delgado Rentería, el envío de Inspectores del Trabajo a las sedes que serán puntos de votación para elegir a la Directiva de la Sección 8 del SNTE este 5 de abril del 2022 dónde se llevará a cabo el proceso.

El cuál de manera empática y receptiva asintió a enviar Inspectores del Trabajo como Observadores a los puntos de votación más importantes en el Estado de Chihuahua.

NO la tendrán fácil, aquí respetan a las Bases, el voto será universal, libre, directo, secreto e intransferible de los miembros de la Sección 8 del SNTE

Si esto no ocurriere, se deberán documentar las incidencias a fin de impugnar este proceso que a todas vistas estará amañado.

De Acuerdo a la Convocatoria.

Bases

En la Fracción Primera del Objeto

No se estipula con claridad y certeza quién nombrará al Comité Seccional Electoral, al Comité Seccional de Vigilancia, Transparencia y rendición de Resultados, a los Cuatro Concejales Nacionales representantes de la Sección 8 del SNTE en el Estado de Chihuahua.

En la Fracción Segunda sobre el lugar, fecha, horario y orden del día

Se estipula que la elección se llevará a cabo mediante Asambleas Delegacionales Electivas (ADE) que se celebrarán el 5 de abril del 2022, en un horario de 9:00 hrs. am a 12:00 hrs. pm.. Será imposible que 40 000 agremiados a la Sección 8 del SNTE acudan a votar en un plazo de tres horas a 321 puntos de votación en el estado.

En la Fracción Tercera. De los Requisitos de Elegibilidad

Se estipula que los candidatos a miembros del Comité Seccional Electoral, también se deberá acompañar a la solicitud de registro de planilla de candidatos a la Directiva Seccional Sindical, la manifestación por escrito, bajo protesta de decir verdad, firmada por los candidatos de que: gozan de buena reputación, probada honestidad. Así como, la constancia de antecedentes no penales expedida por la autoridad competente o, en su caso, el acuse de recibo de la solicitud de expedición de las constancias correspondientes.

Este punto tal parece que se omitió porque varios candidatos cuentan con antecedentes penales o ya estuvieron inmersos en algún proceso penal.

Y otro punto que también no fue tomado en cuenta para la remoción de la planilla es que varios participantes son representantes sindicales y en la actualidad ocupan un cargo público, sin haberse preocupado de solicitar su renuncia.

Es bien sabido que los dados están cargados hacia el candidato oficial, qué se han circulado por grupos de Whatts mensajes dónde dicen textualmente:

Snte con Z

Profr. Memo Gómez

“Compañeros decirles cómo les comenté el día de ayer tenemos que redoblar esfuerzos y sumarnos al equipo con el maestro Zendejas ya hay luz verde para ir con él, les pido discreción en cuanto lo publicado aquí en el grupo ánimooo compañeros nos va a ir bien…”

En la Fracción Séptima. De la publicación del Padrón o relación de votantes.

Dice que el padrón o relación de votantes actualizado será difundido entre los miembros de la Sección 8 del SNTE en el Estado de Chihuahua, en la página web oficial de la Sección Sindical, https://snte.org.mx/seccion8/ a partir del día 31 de marzo del 2022. Esto no fue cierto, el Padrón debe ser un documento público y sólo lo tienen los Representantes de la Sección 8 esto es ilegal.

De acuerdo a este punto marca que, si algún miembro del SNTE con derecho a voto, no se encuentra dentro del padrón o relación de votantes, podrá acudir inmediatamente a la oficina regional sindical que le corresponde para aclarar su situación y, en caso de que acredite fehacientemente tener derecho a formar parte del padrón, el responsable de la oficina regional sindical, informará de inmediato al Comité Nacional Electoral, quien le expedirá una constancia de incorporación al padrón, debidamente sellada, firmada y en papel membretado, la cual será expedida al interesado a través de la oficina regional sindical, para que la entregue al Presidente de la Asamblea Delegacional Electiva que le corresponde a efecto de que pueda emitir su voto, en el día y horario previsto en la presente Convocatoria. Dicha aclaración la podrá llevar a cabo hasta el día 03 de abril del 2022. Según reportes de algunos compañeros que no estaban debidamente asignados a su Delegación se presentaron con el Profr. Rafael Ortega Coordinador de la Región Chihuahua del SNTE y quedó de corregir, se hace público y se espera la procedencia.

DÉCIMA. DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

La Inconformidad es el único medio de impugnación por el cual podrán controvertirse los resultados, así como la declaratoria de validez de la elección de la Directiva Seccional Sindical de la Sección 8 del SNTE en el Estado de Chihuahua, cuando se contravengan las disposiciones del Reglamento y la presente Convocatoria, el cual se sustanciará y resolverá en términos del Título Séptimo del Reglamento para la Elección de Directivas Seccionales del SNTE.

Agradecemos la participación de los Inspectores del Trabajo provenientes de la Junta de Conciliación y Arbitraje en este proceso de elección amafiado.

Juntos marcaremos la Historia Sindical del Magisterio en Chihuahua!!!