Instruye la CNDH a la CEDH retomar la queja sobre la gratificación anual a jubilados en dos exhibiciones y emitir recomendación por violación de derechos humanos; Tras impugnación ciudadana

Resolucion CNDH-1-2021-585-RI Presidente CEDH 15Feb2021 VP by Francisco Milla Pastor on Scribd

 

Chihuahua, Chih.- Después de la no aceptación por parte de la por entonces presidenta del Congreso del Estado, Blanca Gámez Gutiérrez, de la resolución de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) proponiendo al Poder Legislativo modificar la Ley de Pensiones Civiles del Estado y armonizar su contenido “de manera progresiva, en el cual se determine la fecha del pago de la gratificación anual a las personas jubiladas y pensionadas”, la ciudadana Beatriz Verduzco Gutiérrez se inconformó e interpuso una impugnación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Lo interpuso el pasado 27 de julio de 2021, la CNDH resolvió desde el pasado 14 de diciembre y ahora la promotora del recurso acaba de recibir vía correo ordinario dicha resolución –tanto el oficio remitido a ella como el remitido al titular de la CEDH-, en la que si bien la Comisión Nacional desecha la impugnación, insta a la CEDH a retomar la queja, resolver que sí hubo violación de derechos humanos y adoptar una resolución que sí concluya el expediente y emita una recomendación dirigida a las autoridades señaladas como responsables de las violaciones. Demanda que continúa vigente pues cabe recordar que la gratificación anual de 2021 se volvió a pagar a jubilados y pensionados en dos exhibiciones por parte de Gobierno del Estado.

Haciendo una breve recapitulación, el 30 de noviembre de 2020 un grupo de maestros jubilados y pensionados agremiados a la Sección 42 del SNTE, ante el anuncio por parte de Gobierno –finalmente así lo terminó haciendo la autoridad- de que pagaría la gratificación anual al colectivo de jubilados y pensionados en dos exhibiciones –señalando tanto PCE en su Facebook como el exsecretario de Hacienda, Fuentes Vélez,  en un video que era “de acuerdo a la ley” haciendo referencia a la Ley Federal del Trabajo- interpuso  en la Comisión Estatal de Derechos Humanos la queja CEDH 5s.3.001/2021. La misma también se interpuso debido a desde 2019 Gobierno pagó dicha gratificación a jubilados y pensionados hasta el 19 de diciembre contradiciendo el derecho consuetudinario por el que hasta entonces se les venía pagando a fines de noviembre o principios de diciembre.

El 22 de junio de 2021 la Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió una resolución-propuesta (CEDH:5s.3.001/2021) en la que, además de tumbar el argumento de Hacienda queriendo equiparar la condición de los jubilados y pensionados a la de los trabajadores en activo, instruye al Congreso del Estado a legislar para incluir de forma expresa en la Ley de Pensiones Civiles del Estado la fecha del pago de la gratificación anual a jubilados y pensionados. En su análisis, la CEDH determinó la violación a los derechos y las 10 personas que interpusieron la queja fueron declaradas víctimas por violación a los derechos de legalidad y seguridad jurídica, lo que implica que Pensiones no debió haber repetido la violación de estos derechos -pese a lo cual lo hizo este pasado año-. No obstante, el problema estriba en que la CEDH no emitió la recomendación, se quedó en una propuesta.   https://bit.ly/34K5PNH

En julio el Congreso del Estado, a través de su presidenta, Blanca Gámez, se declaraba incompetente para reformar de la Ley de PCE y atender la propuesta de la CEDH para fijar la fecha del pago de gratificación anual a jubilados y pensionados.  https://bit.ly/35bmZDm

Ante la no atención de la propuesta por parte del Legislativo, la ciudadana Beatriz Verduzco interpuso una impugnación ante la CNDH, misma que el órgano nacional en materia de derechos humanos resolvió desde mediados de diciembre pasado y cuyas resoluciones apenas recibió la maestra en físico vía correo ordinario. En ellas, la directora general de Análisis de la CNDH, Bianca Berenice Trujillo Subías, informa en sendos oficios, tanto a la promovente del recurso como al titular de la CEDH, Néstor M. Armendáriz Loya, que aunque desecha la impugnación, considera que la CEDH no resolvió en definitiva porque no resolvió sobre la violación a la legalidad y seguridad jurídica que hicieron Pensiones Civiles y Hacienda. Es decir, instruye a la CEDH que tiene que retomar la queja y resolver si hubo violación de derechos humanos.

En el oficio remitido al titular de la CEDH, la CNDH, en lo  toral, le señala que “del análisis realizado al escrito del cual se interpuso el recurso de inconformidad y a la documentación que hizo llegar a esa Comisión de Derechos Humanos, se advirtió que dentro del expediente de queja CEDH 5s.3.001/2021, se emitió una propuesta al Congreso del Estado de Chihuahua para que realizara una modificación legislativa, no obstante que el artículo 6, fracción VI, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Chihuahua la faculta para proponer cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias que redunden en una mejor protección de los derechos humanos, por lo que no se considera que con dicha propuesta el citado Organismo local pretenda concluir el expediente iniciado con motivo de su queja, ya que la propuesta no fue a las autoridades que señaló como responsable de las violaciones a derechos humanos”.

“Por lo anterior, al no existir un acuerdo a través del cual el Organismo local de referencia se pronuncie respecto a la responsabilidad o no de Pensiones Civiles y de la Secretaría de Hacienda ambas del Estado de Chihuahua, este Organismo Nacional consideró que en el presente caso no se ha emitido un acuerdo correspondiente para dar por concluida la queja CEDH 5s.3.001/2021 tal y como lo establece el artículo 85 del Reglamento Interno de la CEDH Chihuahua; además de la analogía no se puede considerar dicha propuesta como una determinación definitiva como lo señaló el Organismo Local en su acuerdo de 13 de julio de 2021”.

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