Menores de edad son utilizados como autores materiales de crímenes para garantizar que adultos queden impunes: Ana Estrada

Chihuahua.- La diputada de Morena Ana Carmen Estrada García, presentó una iniciativa para reformar los artículos 136 y 158 del Código Penal del Estado de Chihuahua a fin de agravar las penas de los delitos de homicidio calificado y privación de la libertad, cuando personas menores de edad sean utilizadas para delinquir.

La legisladora expuso que de acuerdo con el INEGI, los menores que se involucran en actividades delictivas tienen, en promedio, sólo tres años de vida activa criminal, antes de ser detenidos o asesinados.

“Los menores son utilizados únicamente como autores materiales a fin de no obtener una pena mayor para quien es la persona detrás de los ilícitos. Utilizar a menores garantiza para los adultos que los incitan, permanecer impunes y con la tranquilidad que en nuestro sistema las penas para niños y adolescentes prácticamente no existen o son atenuadas”, señaló Ana Estrada.

La legisladora maifestó que en la práctica, son las mismas autoridades y policías quienes al detener a menores en organizaciones criminales, suelen ignorarlos y hasta dejarlos libres, para concentrarse en los mayores de edad que potencialmente son más redituables en todos los sentidos, lo que incita a este círculo vicioso para seguir utilizándolos al frente de las conductas delictivas.

Como ejemplo la legisladora manifestó que el pasado 11 de noviembre se hizo público en diversos medios de comunicación que, un menor de edad se vio involucrado en actos violentos en el Centro de la Ciudad de México, en esta ocasión un adolescente fue detenido por llevar el cuerpo de una persona dentro de una maleta en calles de la colonia Guerrero. El menor que fue aprehendido dijo que tenía 15 años y que le prometieron dinero por llevar la maleta al basurero de un mercado.

Explicó que la iniciativa se basa en el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que señala en su párrafo cuarto: establecer en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad.

La propuesta de decreto establece:

El artículo 136 añade la fracción XII.

XII. Cuando el sujeto activo utilice para delinquir a una o más personas menores de edad o que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho.

Mientras el artículo 158 agrega un párrafo para quedar redactado de la siguiente manera:

La pena de prisión se aumentará en una mitad, cuando el sujeto activo utilice para delinquir a una o más personas menores de edad o que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho; o cuando la privación de la libertad se realice con violencia, la víctima sea menor de edad o mayor de sesenta años, sea cometida por razón de género o, por cualquier circunstancia, la víctima esté en situación de vulnerabilidad física o mental respecto del agente.