Por: Dr. Héctor Alejandro Navarro Barrón
El arranque del ciclo escolar en las escuelas de educación básica del estado de Chihuahua no solo trajo consigo el reencuentro de los colectivos docentes en las mesas de la Fase Intensiva del Consejo Técnico Escolar (CTE). En esta ocasión, los primeros días de trabajo colegiado estuvieron marcados por la llegada de un robusto paquete normativo integrado por cuatro instrumentos rectores: el Protocolo Único para la Prevención, Atención y Medidas de No Repetición de la Violencia hacia NNA, el Marco Local de Convivencia Escolar de Chihuahua (MLCEC), los Lineamientos para la Atención de Conflictos y el Protocolo de Protección Docente.
La consigna institucional es clara: analizar estos documentos a fondo para construir, desde cada contexto escolar, los Acuerdos Escolares de Convivencia (AEC). Sin embargo, al pasar de la teoría jurídica a la práctica cotidiana en las aulas, el magisterio chihuahuense debate entre el reconocimiento a sus fortalezas técnicas y el peso de una realidad operativa que no siempre coincide con lo escrito.
Desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos y la técnica jurídica, esta estructura normativa constituye un avance sustancial y necesario. Al colocar la dignidad e interés superior de la niñez y adolescencia en el centro, el Protocolo Único prohíbe taxativamente la revictimización y los interrogatorios lesivos, al tiempo que conceptualiza conductas emergentes como el grooming, el morphing, el doxing y diversas manifestaciones de violencia digital. En paralelo, tanto los Lineamientos de Conflicto como el MLCEC priorizan la restauración del tejido social mediante Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC), estableciendo un límite infranqueable: su absoluta improcedencia en casos delictivos, acoso grave o violencia sexual. Asimismo, alineándose con las reformas a la Ley Estatal de Educación (artículo 14) y la Ley de Seguridad Escolar, la normativa reconoce explícitamente los derechos de los trabajadores de la educación ante agresiones o imputaciones falsas, garantizando la presunción de inocencia y medidas cautelares de resguardo con sueldo íntegro.
Pese a sus virtudes, la lectura crítica durante estas sesiones de CTE visibiliza una profunda brecha entre el diseño normativo y las condiciones reales de las escuelas: Se exige a directores y docentes integrar Cuerpos Colegiados, levantar actas de hechos minuciosas, conducir audiencias de mediación, gestionar bitácoras y alimentar plataformas como EDU+Protocolo y el SIRC. En primarias y preescolares con directores comisionados con grupo a cargo, o en secundarias saturadas, esta carga desplaza la labor pedagógica y convierte al personal escolar en un órgano de instrucción legal sin contar con la formación jurídica requerida; y la normativa mandata registros inmediatos vía plataformas digitales y canalizaciones expeditas en 24 a 72 horas ante la PPNNA, Fiscalía o servicios de salud mental. No obstante, en amplias zonas rurales, desérticas y de la Sierra Tarahumara, no hay cobertura de internet ni agencias ministeriales cercanas. Asimismo, la promesa de contar con psicólogos escolares choca con el déficit histórico de personal de USAER y trabajo social en la mayor parte de la entidad.
El debate más sensible en las escuelas gira en torno a los riesgos laborales y personales a los que el magisterio continúa expuesto: El marco normativo sanciona con rigor administrativo y penal la falta de reporte inmediato. Cualquier error involuntario en la detección o una dilación atribuible a la lejanía geográfica puede traducirse en acusaciones de encubrimiento u omisión dolosa contra el docente; en regiones impactadas por el crimen organizado, notificar a las autoridades o activar medidas cautelares de resguardo coloca a los docentes y supervisores en una línea de fuego real, donde la protección policial prometida a menudo carece de despliegue operativo suficiente en caminos y comunidades aisladas; y aunque el Protocolo de Protección Docente prevé vías contra denuncias sin sustento, la velocidad de las redes sociales y el estigma social suelen destruir la reputación y estabilidad emocional del docente antes de que las áreas jurídicas o ministeriales emitan una resolución fundada.
La entrega de estos cuatro documentos en la Fase Intensiva del CTE brinda al estado de Chihuahua una ruta jurídica y técnica sin precedentes. Sin embargo, los acuerdos escolares de convivencia que habrán de redactarse en los planteles sólo serán efectivos si el Estado respalda el mandato con presupuestos reales, plazas de psicología, simplificación administrativa y presencia de seguridad pública. De lo contrario, se corre el riesgo de convertir la protección de las aulas en un expediente burocrático perfecto en papel, pero frágil e insostenible en la realidad cotidiana de nuestras escuelas.



