Chihuahua, Chih. — Con 20 votos a favor y 12 en contra y una abstención, se desechó el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales respecto a la reforma electoral que modificaría la Constitución Política local; el dictamen proponía modificar la Constitución para establecer medidas estrictas para sancionar la intromisión de la delincuencia y limitar las facultades de las autoridades electorales.
La reforma proponía establecer que la ley electoral local fijaría las causales de nulidad para las elecciones de los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo, así como de los ayuntamientos, incorporando como causal de nulidad de la votación y de las elecciones la acreditación de hechos o actos de delincuencia permanentes o sistemáticos con incidencia en el proceso electoral que vulneren los principios de libertad, equidad, certeza, legalidad o autenticidad del sufragio.
Asimismo, proponía que serán objeto de sanción y podrán dar lugar a la nulidad todos aquellos actos que, mediante el uso de la violencia, la fuerza armada, la intimidación, las amenazas o cualquier otra forma de coacción o amago, impliquen una intervención, intromisión, financiamiento, presión, manipulación o influencia indebida en la organización, desarrollo o resultados de las elecciones.
El dictamen también buscaba elevar a rango constitucional el principio de reserva de ley en materia de reglamentación electoral para que todos los acuerdos generales, lineamientos, reglamentos y resoluciones que emita el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral (IEE), así como otras autoridades electorales, deberán sujetarse estrictamente a la Constitución Federal, a la Constitución local y a la Ley.
Las autoridades electorales tendrían prohibido establecer requisitos, restricciones, modalidades, condiciones, cargas u obligaciones adicionales a las que ya están expresamente previstas en las normas escritas.
Adicionalmente, se incorporaría el principio de interpretación literal de las normas electorales y el respeto a la autodeterminación de los partidos políticos. Con esto se prohíbe la interpretación analógica o extensiva que busque inaplicar o suspender normas vigentes, impidiendo la creación de normas por parte de los juzgadores (creación pretoriana) bajo el pretexto de interpretar la ley.




