Chihuahua, Chih.- Como parte de la ley el Ayuntamiento de Chihuahua debe de avalar o rechazar los decretos de ley y hoy se avalaron tres motivos importantes entre ellas la edad límite para ser gobernador constitucional del estado.
Acuerdo para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 202 de la Constitución Política del Estado, en relación al oficio que envía el H. Congreso del Estado, mediante el cual remite copia del Decreto No. LXVI/RFCNT/0733/2020 VIII P.E., mediante el cual reforma el artículo 84, fracción II de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, respecto a la edad para poder ser electo Gobernador Constitucional del Estado.
Además del decreto 730 que reforma la edad límite para ser elector de un ayuntamiento (regidor) o comisario de policía que es de los lugares públicos demandantes.
Asimismo, el decreto de reforma para dar limite a la edad de diputado o diputada, estos decretos son mandados por el Congreso del Estado.