Pide Marisela Terrazas que no se someta a más disposiciones legales a escuelas privadas

Chihuahua.- La diputada del PAN Marisela Terrazas, presentó un exhorto de urgente resolución a a fin de exhortar a la Secretaría de Economía del Gobierno de la República, a efecto de que modifique el proyecto de la Norma Oficial Mexicana NOM-237-SE-2020, que tiene por objeto establecer más disposiciones legales a las que se puede someter a las escuelas particulares.

La legisladora mencionó que el pasado 12 de mayo del presente año, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de la NOM 237-SE-2020 con nombre “Servicios educativos- Disposiciones a las que se sujetarán aquellos particulares que presten servicios en la materia» el cual a la letra establece las disposiciones a las que se sujetarán todos los proveedores que presten servicios educativos a cambio de una contraprestación económica, proporcional a los servicios ofrecidos e instalaciones habilitadas para los mismos de acuerdo a su objeto. A su vez, tiene como finalidad establecer los derechos de los consumidores que contraten dichos servicios, así como procurar la equidad en las relaciones entre proveedores y consumidores, brindando certeza y seguridad jurídica. Este proyecto fue presentado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE).

Añadió que esta norma pretende que la Secretaría de Economía considere a las escuelas privadas como entidades mercantiles, sujetándolas a regulaciones adicionales a las ya previstas por la Ley General de Educación; asimismo genera nuevas obligaciones para las centro educativos privados entre las cuales se encuentra la obligación para los Colegios de inscribir ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) los contratos de servicios educativos celebrados con los padres de familia, lo que implica un sometimiento absoluto por parte de los Colegios a la jurisdicción de dicha Procuraduría, así como una invasión de competencias frente a la Secretaría de Educación.

«En este sentido, de ser aprobada la NOM 237 a través de la Secretaría de Economía, estaría realizando una doble regulación e invasión de competencias, dado que lo que se pretende normar, ya está contemplado por el Título Décimo Primero de la Ley General de Educación en los artículos del 146 al 181 y en específico los artículos 148 y 151, que establecen los requisitos para la autorización o reconocimiento de validez y faculta a las autoridades educativas para verificar el cumplimiento de las obligaciones legales mediante la realización de visitas de vigilancia, el señalamiento de infracciones y la imposición de sanciones y multas a las escuelas privadas; mismos requisitos que serían verificados por diferentes autoridades, como la Secretaría de Educación y la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), con la obligación de registrar un contrato de adhesión ante la mencionada institución. Todo esto producía una sobrerregulación para las escuelas privadas con nuevas exigencias e inspecciones persecutorias dobles», expresó la diputada blanquiazul.
Finalmente dijo que aunado a lo anterior, las obligaciones impuestas por la norma se traducirían en un incremento en los gastos para las escuelas particulares ya que sólo a ellas se les impondrían costos adicionales que cubran las certificaciones de conformidad, así como el gasto correspondiente a la carga administrativa adicional que se generaría en el cumplimiento de las nuevas obligaciones. Esto impactaría directamente en la economía de la comunidad educativa, la cual se vería obligada a incrementar las cuotas y dichos pagos deberían ser cubiertos por los padres de familia. Lo que produciría la afectación de la economía de un alto número de familias mexicanas que al no poder cubrir los gastos se verían en necesidad de sacar a sus hijos de las escuelas. Asimismo, la doble y excesiva regulación en escuelas que no tienen la infraestructura para soportar las nuevas exigencias se puede encontrar con la incapacidad económica para solventar las multas que pueden llegar a producirse.