Después de llevar allí desde 2015 a través de un contrato de comodato, el pasado 25 de septiembre los maestros jubilados integrantes de la Asociación Civil “Centro de Salud y Recreación para el Adulto Mayor” vieron con impotencia cómo eran desalojados por la fuerza pública, con acompañamiento judicial y con base a un acuerdo de la jueza Cuarto Civil por Audiencias en ejercicio para el Distrito Judicial Bravos, por un pleito legal entre particulares, del inmueble ubicado en la Calle Nardos s/n y Camino Viejo a Zaragoza de la Colonia Salvárcar. Los afectados denunciaron que se trata de un desalojo ilegal, alegando que las instalaciones que ocupaba la vieja escuela federal dejaron de ser propiedad de un particular y pasó a manos de Gobierno del Estado con la descentralización de la educación en 1992. Afirmaron que ahora una constructora quiere los terrenos para hacer negocio con la construcción de fraccionamientos. Es por ello que solicitaron la intervención urgente de la Secretaría de Hacienda para detener y revertir el desalojo y poder seguir disfrutando de este espacio.
Fuentes conocedoras del caso refirieron que la Secretaría de Hacienda de Gobierno del Estado les proporcionó «una copia cotejada del la donación que hace el Gobierno Federal de los bienes de Educación, en el momento de la Descentralización de los Servicios Educativos que se llevó a cabo de 1992 a 1994, y allí aparece al final de la última hoja el nombre de la escuela».
Además, agregaron que «los juicios de los herederos del terreno, de acuerdo al abogado agrarista, no podían haber incluido el predio de la escuela aún y cuando estuviera dentro de su propiedad porque al pasar a ser un bien común, dejó de ser propiedad de un particular».
A continuación la solicitud de intervención remitida a la Secretaría de Hacienda:
En Ciudad Juárez, Chihuahua a 02 de octubre de 2024
Asunto: Se solicita intervención urgente.
C.P. JOSÉ DE JESÚS GRANILLO VÁZQUEZ.
SECRETARIO DE HACIENDA
GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
P R E S E N T E.-
Profesor Jesús Polanco Silva, en mi carácter de Presidente de la Asociación Civil “Centro de Salud y Recreación para el Adulto Mayor”, (en lo sucesivo la “Asociación”) lo cual acredito con el instrumento notarial adjunto al presente, identificado como: “Anexo I”; señalando como medio de notificación para oír y recibir notificaciones y documentos, el ubicado en: Calle Alce número 1148, Fraccionamiento Eco dosmil, de esta ciudad y al número telefónico 656-XXX-XXXX, respetuosamente comparezco ante usted, para solicitar su amable y urgente intervención y la del personal a su digno cargo, exponiendo para ello los siguientes:
A N T E C E D E N T E S.
I.- La Asociación que represento, celebró Contrato de Comodato por tiempo indefinido, con la dependencia por usted representada, mediante instrumento número 1-15, de fecha 12 de febrero de 2015, (adjunto en copia al presente como “Anexo II”) lo cual cabe señalar, fue debidamente autorizado por el Comité de Patrimonio Inmobiliario, en su vigésima reunión ordinaria, celebrada con fecha 05 de diciembre de 2014, donde se emitió opinión favorable para la celebración del contrato de referencia, siendo firmado por el entonces Director General de Administración, Lic. Gerardo Villegas Madriles y el C. Nicolás Fernández Muñoz, en representación de nuestra Asociación.
II.- El Comodato en comento es respecto del inmueble ubicado en la Calle Nardos s/n y Camino Viejo a Zaragoza de la Colonia Salvarcar en Juárez, Chih., en lo sucesivo “El Inmueble”, el cual tiene una superficie de terreno de 7,853.18 m2 y una superficie de construcción de 804.00 m2, y para mayor identificación, cuenta con la clave catastral 01-143-031-001-000.
III.- Es el caso, que el pasado día 25 de septiembre de la presente anualidad, llegó al “Inmueble” personal adscrito Tribunal Superior de Justicia, en cumplimiento de un acuerdo emitido por la Lic. Hilda Margarita Campos Alcantar, Juez Cuarto Civil por Audiencias en ejercicio para el Distrito Judicial Bravos, relativo a un juicio ejecutivo mercantil con número de expediente E-132/24.
IV. – En el expediente antes señalado, aparecen como actor, el Lic. Gerardo González Rentería y otros como endosatarios en procuración del Ing. Dionisio González García y, por otra parte, tiene el carácter de demandada, la C. María Teresa Prida Osorio.
V. -En dicho expediente, con fecha 18 de septiembre de 2024, se dictó un acuerdo por el que se ordenó poner en posesión legal y material del “Inmueble” al actor, autorizándose para ello el auxilio de la fuerza pública.
VI.- Al ser desposeídos del “Inmueble” por mandato judicial, nos vemos en la necesidad de comunicarle a usted C. Secretario dicha circunstancia con carácter urgente, toda vez que dicha actuación resulta ilegal, ya que el “Inmueble” que nos fue dado en comodato es propiedad del Gobierno del Estado y dicho inmueble no forma parte de la disputa entre particulares y aunado a lo anterior, se tiene como antecedente que la propiedad era patrimonio del Gobierno Federal ya que en él funcionaba la escuela primaria “Emiliano Zapata”, siendo transmitido a favor del Estado de Chihuahua, según contrato de Donación y Cesión de Derechos Posesorios No CD y CDP 96008, de fecha 30 de agosto de 1996.
VII.- Por lo anteriormente expuesto, resulta evidente que ningún particular puede acreditar la legítima propiedad del multicitado “Inmueble” y que detrás de la actuación del Juzgado y la disputa de los particulares existen irregularidades y/o confusión que están derivando en una gravísima afectación de los derechos de la Asociación contenidos en el contrato de Comodato y de la propiedad inmobiliaria del Gobierno del Estado de Chihuahua.
VIII.-Es así, que en cumplimiento a lo dispuesto por el contrato de Comodato 1-15, nos vemos obligados a hacer de su conocimiento de las circunstancias antes relatadas, que afectan física, material y jurídicamente al “Inmueble” lo cual es un asunto competencia de la Secretaría de Hacienda conforme a las facultades previstas para el Secretario de Hacienda, en el artículo 26, fracciones XXIX y XXXI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, en relación con sus similares contenidas en el artículo 8, fracciones XXIX y XXXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, al igual que las conferidas para la Subsecretaría de Administración, Departamento del Registro de la Propiedad Estatal y Dirección Jurídica, contenidas en el propio Reglamento Interior, en sus artículos 47, fracciones III y VI; 62, fracción VI y 69 fracciones IX y XIII, respectivamente.
En virtud de lo antes expuesto ante usted Ing. Granillo, con respeto pido se sirva:
PRIMERO.- Tenerme por reconocido el carácter con el que comparezco y por ofrecidos los medios de comunicación y contacto señalados en el proemio del presente escrito.
SEGUNDO.- Se sirva turnar a la brevedad posible el presente comunicado a la Subsecretaría de Administración, Departamento del Registro de la Propiedad Estatal y principalmente a la Dirección Jurídica, para que en ejercicio de las facultades señaladas en el numeral VIII, que antecede, sin dilación alguna intervengan a fin de salvaguardar la propiedad inmobiliaria del Estado y coadyuven a restituir a la “Asociación” la posesión del “Inmueble”, previo tramite de ley.
TERCERO.- Nos proporcione asesoría y acompañamiento legal para interponer ante la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, la denuncia de hechos correspondiente al delito de Despojo y los que procedan, en contra de quien resulte responsable, habida cuenta que el carácter de comodatario requiere el respaldo jurídico del comodante propietario del “Inmueble”, es decir, el Gobierno del Estado de Chihuahua, por su conducto.
Sin más por el momento, quedamos de usted.
A T E N T A M E N T E
EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN CIVIL
“CENTRO DE SALUD Y RECREACIÓN PARA EL ADULTO MAYOR”
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PROFESOR JESÚS POLANCO SILVA.
CC. MTRA. FLOR G. MAGALLANES VILLA. SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN
MTRO. LUIS E. SALCIDO RODRÍGUEZ. JEFE DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD ESTATAL
LIC. CAROLINA MORALES VELÓZ. DIRECTORA JURÍDICA
A continuación el documento de la donación del terreno por parte de la SEP a SEECH al que hacen alusión los maestros jubilados integrantes de la AC: