No hay ninguna inhabilitación para contratar a Chávez Ruiz como director del Conalep: González Mocken; Desde diciembre de 2018 Tribunal Federal de Justicia Administrativa dio la razón al profesor y la dejó sin efectos

Chihuahua, Chih.- El secretario de Educación y Deporte, Javier González Mocken, negó la existencia de una supuesta inhabilitación vigente sobre el recientemente nombrado como nuevo director general del Conalep en Chihuahua, el profesor José Alfredo Chávez Ruiz, asegurando que un Tribunal Federal de Justicia Administrativa dio la razón al profesor y dejó sin efecto una inhabilitación de 2013, que no le habría sido notificada hasta cuatro años después y que le había obligado a salir de la anterior administración.  Enfatizó que analizaron detenidamente toda la situación y no existía impedimento alguno para su contratación.

El titular de la SEyD salía al paso de los señalamientos que en días pasados circularon en algunos sectores señalando una supuesta inhabilitación que impediría a Chávez Ruiz ocupar un cargo público, lo cual negó categóricamente.

“No, no hay ninguna inhabilitación para haber sido contratado. Obviamente que le pedimos toda información, la verificamos y no hay ninguna inhabilitación”, manifestó González Mocken, precisando que si bien existía previamente una medida un Tribunal Federal de Justicia Administrativa la “dejó sin efecto porque (Chávez Ruiz) ganó un amparo en contra de esa decisión”.

De hecho, en enero de 2019 El Puntero ya informaba que desde el 11 de diciembre de 2018 un Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por unanimidad, dejó sin efectos la inhabilitación en contra del profesor José Alfredo Chávez Ruiz, atendiendo a la falta de elementos para haberle impuesto una sanción como delegado de la SEP en Yucatán cuatro años después de haber abandonado el cargo y la ausencia de la notificación del proceso al propio interesado.

Esto después de que en octubre de 2017 trascendiera una inhabilitación por parte de la Secretaría de la Función Pública Federal dictada desde el 24 de diciembre de 2013 y con efectos hasta 2023 por una presunta negligencia administrativa, inhabilitación que tras el recurso legal presentado por Chávez Ruiz el Tribunal Federal de Justicia Administrativa dejaba sin efectos el 11 de diciembre de 2018 en los siguientes términos:

«SE DECLARA LA NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución de fecha 24 de diciembre de 2013, dicatada en el expediente R-468/2013, por el Titular del Área de Responsabilidad del Órgano Interno de Control de la Secretaría de Educación Pública, por los motivos y fundamentos vertidos en el último considerando del presente fallo», señala el punto IV de la resolución del TFJA Novena Sala Regional Metropolitana en torno al expediente número 1522/18-17-09-7 promovido por el profesor José Alfredo Chávez Ruiz y su abogado en enero de 2018.

El último considerando al que hace referencia la resolución señala literalmente que «el Tribunal Colegiado de Circuito a quien corresponde conocer del mismo, de estimar fundados los agravios opuestos y pronunciarse en el sentido de revocar la resolución de la Sala, lógica y jurídicamente tendría que ordenar a ésta que llevara a cabo el análisis de los conceptos de anulación cuyo estudio omitió.  Además, el orden lógico del análisis de los conceptos de nulidad estriba en que, primero, deberán analizarse los motivos de ilegalidad que puedan llevar a declarar la nulidad lisa y llana de la resolución y si alguna resultó fundada, es suficiente para declarar la nulidad aludida, sin que sea necesario estudiar los siguientes motivos de invalidez, pues por su naturaleza, en términos del artículo 238, del Código Fiscal de la Federación, produce la nulidad citada y excluye el estudio de las restantes».

Nota previa relacionada:

http://elpuntero.com.mx/n/90647