Inaudita ignorancia de Georgina Bujanda respecto a instrumentos de participación ciudadana: Cortinas Murra

Chihuahua.- El abogado Gerardo Cortinas Murra presentó una solicitud al Congreso del Estado en virtud de promover una iniciativa popular, sin embargo el Congreso le respondió que tal facultad recae en el Instituto Estatal Electoral, por lo que tachó a la presidenta del Congreso, Georgina Bujanda, de ignorar la ley respecto a los instrumentos de participación ciudadana, lo que es inaudito; el abogado informó que estará presentando una Queja Administrativa ante la Secretaría de la Función Pública, en contra de la diputada, por violentar el derecho humano a la participación ciudadana.

El comunicado emitido por Cortinas Murra es el siguiente:

El pasado día 3 de septiembre, el Lic. Gerardo Cortinas Murra le solicitó al diputado Mario Vázquez (en aquellos días Presidente de la Mesa Directiva del Congreso) que le entregara el Formato para recolectar firmas ciudadanas con el propósito de promover una iniciativa popular para reformar la Constitución del Estado, relativa a la reducción del financiamiento de los partidos políticos.

Lo anterior, acorde a la tendencia actual de reducir el gasto corriente de los entes públicos estatales y municipales, para solventar el déficit presupuestal que agobia al gobierno del Estado.

Sin embargo, fue hasta el día de ayer en que la Presidenta de la Mesa Directiva, la diputada panista Georgina Bujanda, dio respuesta a Cortinas Murra, en los términos siguientes:

“…se advierte que, para dar inicio a cualquier instrumento de participación política, debe presentarse la solicitud ante el IEE, previo cumplimiento de los requisitos que se señalan en la ley de participación Ciudadana”.
………….
“…por lo que respecta al formato autorizado y expedido, a fin de promover una iniciativa ciudadana, resulta substancial señalar que con fecha 26 de marzo del 2019, fue expedido el Lineamiento de participación Ciudadana del IEE… y tiene por objeto regulara los instrumentos de participación ciudadana, que son competencia del IEE”.
………….
Así pues, en razón de lo previamente señalado y atendiendo al tema que nos ocupa, bastará que se presente la solicitud del instrumento de participación política denominada iniciativa ciudadana ante el propio IEE, para que posteriormente, la autoridad electoral le expida los formatos correspondientes, previo cumplimiento del trámite establecido, y consecuentemente, se remitirán a este H. Congreso del Estado los mismos, para los efectos legislativos correspondientes”.

El analista político Cortinas Murra afirma que la ignorancia de la diputada panista respecto a los instrumentos de participación ciudadana, es inaudita; lo anterior, toda vez que ignora que en los casos de las iniciativas ciudadanas la participación del IEE se limita a verificar las firmas de los ciudadanos chihuahuenses que avalan la reforma constitucional popular.

Lo anterior es así, ya que la Ley de Participación Ciudadana establece que las iniciativas populares serán presentadas ante el Congreso local; en los términos siguientes:

ARTÍCULO 49. La iniciativa ciudadana se presentará ante:
I. El Poder Legislativo, para el caso de iniciativas sobre la expedición, reforma, derogación o abrogación de leyes estatales, así como de reformas a la Constitución Política del Estado.

Así las cosas, queda claro que la diputada panista ignora por completo el procedimiento de las iniciativas ciudadanas; es tal su ignorancia, que en su oficio de respuesta alega que las iniciativas ciudadanas deben cumplir las reglas y requisitos establecidos en el Lineamiento de Participación Ciudadana (Lineamiento) aprobado por el Consejo Estatal del IEE.
Lo cual es totalmente erróneo, toda vez que el Art. 14 del Lineamiento señala que a las iniciativas ciudadanas no le son aplicables las reglas contenidas en dicho Lineamiento; en los términos siguientes:

ARTÍCULO 14. Son instrumentos de participación política, regulados por este Lineamiento:
a. Referéndum;
b. Plebiscito; y
c. Revocación de Mandato.
Asimismo, el Art. 115 del Lineamiento precisa a las iniciativas ciudadanas deberán ser presentadas ante las autoridades correspondientes; en este caso el Congreso del Estado; en los términos siguientes:

Artículo 115. La Iniciativa ciudadana es el instrumento de participación mediante el cual la ciudadanía ejerce su derecho a proponer la expedición, reforma, derogación o abrogación de leyes estatales; de la Constitución Local; y reglamentos estatales o municipales, ante las autoridades correspondientes.

Cortinas Murra es enfático al afirmar que los diputados panistas están ‘engolosinados’ con el triunfo electoral de la Gobernadora Maru Campos, que les tiene sin cuidado exhibir su ignorancia en cuestiones de derechos humanos. Como es el caso de la diputada panista Georgina Bujanda.

Por último, anuncia que la próxima semana presentará una Queja Administrativa ante la Secretaría de la Función Pública, en contra de la diputada panista, por violentar el derecho humano a la participación ciudadana en perjuicio de la ciudadanía chihuahuense.
Derecho humano plasmado en el Art. 4º. de la Constitución del Estado:

En el Estado se reconoce el derecho humano a la participación ciudadana, entendida como la capacidad de las personas para intervenir en las decisiones de la administración pública, deliberar, discutir y cooperar con las autoridades, así como para incidir en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas y actos de gobierno, a través de los instrumentos que prevé la legislación aplicable.