
(Boletín: Los de Abajo Organizados) La mañana de este lunes 20 de abril del 2026 miembros de la Asociación Civil Los de Abajo Organizados y fundadores y militantes de Morena acudieron a las instalaciones del Instituto Nacional Electoral en Chihuahua que preside la Consejera Presidenta Guadalupe Taddei Zavala y al Instituto Estatal Electoral que preside la Consejera Presidenta Yanko Durán Prieto para presentar un recurso de queja por la omisión de ambas instituciones ante actos evidentes de campañas anticipadas en el Estado de Chihuahua.
Desde el 1 de octubre del 2024 que tomó posesión la Presidenta de México la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, aquí en el Estado de Chihuahua varios personajes iniciaron actos manifiestos de campañas adelantadas, se apreciaron instalación de espectaculares, donación de mobiliario escolar, donación de ambulancias a diferentes municipios, patrullas, un camión de basura, una bombera.
Caravanas médicas en diferentes regiones, donación de sillas de ruedas, entrega de mochilas, cachuchas, pañuelos, agendas, lonas, perforados, campañas de salud visual y entrega de lentes masivas por todo el estado. Entrega de despensas, roscas de reyes, cobijas, lentes de parte de diputados y de bienestar. Movilización para eventos masivos dispendiosos (camiones, comidas, hoteles), renta de salones los más caros de la ciudad de Chihuahua, otorgamiento de comida gratuita hasta para 5 000 personas en el Centro de Convenciones otro más en Ciudad Juárez en el Monumento a Juárez, gastos exorbitantes en publicidad para promocionar su imagen. Funciones de Box en Plaza de Armas con la asistencia de 2 000 personas, funciones de Karate con comida incluida, refrescos y pantallas gigantes en el Deportivo Luis H. Álvarez, actos multitudinarios en la Plaza de la Mexicanidad con más de 50 000 personas en Cd. Juárez según la prensa, en este acto un Diputado Federal llama al voto por el alcalde de Cd. Juárez, en redes se acusa de una amplia movilización de empleados de gobierno, decenas de autobuses y entrega de despensas. Otro personaje tiene programado un evento en el palomar para el 10 de mayo dónde se rifará un automóvil y dos viajes a Cancún.
Esto es lo que ha salido a la luz pública. Está documentado con fotos, videos y en redes.
Se han cuestionado estos actos manifiestos de campañas adelantadas y se ha justificado que no hay ninguna violación a las leyes electorales, mientras no haya un llamado al voto o presentado propuestas, inclusive se ha dicho que hay un vacío legal, por lo que no se puede sancionar a ninguno de estos personajes, pero al parecer si ha habido un resquicio legal y si lo aplicaron recientemente para una de las participantes, pero únicamente para el retiro de lonas de domicilios particulares.
Para frenar esas prácticas ya se emitieron una serie de reglas de un partido político:
A las personas que quieren participar se prohíbe promover su imagen, incurrir en actos anticipados de campaña o violentar las leyes electorales, utilizar recursos públicos de cualquier naturaleza, entregar despensas, artículos electrodomésticos o cualquier otra dádiva, realizar actos o eventos dispendiosos o desplegar campañas de comunicación ostentosas, realizar expresiones de desprestigio, descalificación o agresión contra otras personas participantes, o alentar entre sus simpatizantes el ataque, la calumnia, la confrontación o la violencia, difundir información falsa, manipulada o malintencionada sobre otras personas participantes, o desacreditar el proceso interno, organizar o promover campañas de acoso, desprestigio o linchamiento digital en redes sociales.
A pesar de ello siguen estos personajes violentando la ley electoral, no hay transparencia en la utilización de recursos y hay omisión en el actuar de esto órganos electorales.
Cabe mencionar que de acuerdo a LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES en su Artículo 251. 1. Las campañas electorales para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y diputados, en el año que corresponda, tendrán una duración de noventa días. Las campañas electorales para diputados, en el año en que solamente se renueve la Cámara respectiva, tendrán una duración de sesenta días. 3. Las campañas electorales de los partidos políticos se iniciarán a partir del día siguiente al de la sesión de registro de candidaturas para la elección respectiva, debiendo concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral.
Siendo muy clara la violación de los tiempos electorales
El Artículo 3. 1. Para los efectos de esta Ley se entiende por: a) Actos Anticipados de Campaña: Los actos de expresión que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido;
Artículo 35. 1. El Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.Artículo 44. 1. El Consejo General tiene las siguientes atribuciones: a) Aprobar y expedir los reglamentos interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades y atribuciones del Instituto; j) Vigilar que las actividades de los partidos políticos nacionales y las agrupaciones políticas nacionales se desarrollen con apego a esta Ley y la Ley General de Partidos Políticos, y cumplan con las obligaciones a que están sujetos;
Los actos anticipados de campaña son evidentes y la autoridad electoral no hace nada.
Artículo 242. 1. La campaña electoral, para los efectos de este Título, es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos nacionales, las coaliciones y los candidatos registrados para la obtención del voto. 2. Se entiende por actos de campaña las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquéllos en que los candidatos o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas. 3. Se entiende por propaganda electoral el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar ante la ciudadanía las candidaturas registradas. 4. Tanto la propaganda electoral como las actividades de campaña a que se refiere el presente artículo…Comprenden los realizados en bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados, propaganda utilitaria y otros similares; b) Gastos operativos de la campaña: I.Comprenden los sueldos y salarios del personal eventual, arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles, gastos de transporte de material y personal, viáticos y otros similares; c) Gastos de propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos: I. Comprenden los realizados en cualquiera de esos medios, tales como inserciones pagadas, anuncios publicitarios y sus similares, tendentes a la obtención del voto.
Artículo 247…El Consejo General está facultado para ordenar, una vez satisfechos los procedimientos establecidos en esta Ley, la suspensión inmediata de los mensajes en radio o televisión contrarios a esta norma, así como el retiro de cualquier otra propaganda.
Artículo 252. 1. Cualquier infracción a las disposiciones contenidas en el presente Capítulo será sancionada en los términos de esta Ley
Por lo que solicitamos la intervención de las Consejeras Presidentas y de los Consejos Generales órganos superiores de dirección, para el cese de los actos evidentes de campañas adelantadas y la intervención de la Unidad de Inteligencia Financiera sobre los recursos económicos desproporcionados de estos actos suntuarios, que se haga una investigación en la violación de la normatividad, y que ya entrado el proceso electoral sea democrático que haya piso parejo pues sólo los que han destinado recursos económicos no transparentados y se han publicitado son los que podrán llegar a las encuestas.
Firman: Rosa Lilia Cardona Muñoz, Luis Fernando Camargo Ballesteros, Fermín Hinojos Chavira, María Guadalupe Guerrero Olivares, Ana Luisa Rojas Carrasco.




