· Juez de control les impuso la medida cautelar de prisión preventiva
El Ministerio Público de la Fiscalía de Distrito Zona Norte, formuló imputación en contra de Jairo P. Z., Daniel P. Z., y Ashley Martin T. M., por el secuestro de 12 personas en situación de movilidad, entre ellos cuatro menores de edad, además del delito de portación de arma de fuego de uso del ejército, armada y fuerza aérea.
En la audiencia inicial ante un Juez de Control, el Agente del Ministerio Público les informó a los detenidos que se les atribuye su probable responsabilidad, en hechos delictivos registrados desde el día 10 de junio del año en curso.
La investigación ministerial a cargo de la Unidad de Investigación de Personas Desaparecidas o No Localizadas, establece que los imputados participaron en el secuestro de sus víctimas, a quienes, mediante la violencia física, psicológica y sexual, privaron de la libertad.
La detención de los imputados tuvo lugar el 18 de julio y fue gracias a que los vecinos dieron aviso a una unidad de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, quienes pasaban por el cruce de las calles Sol de la Montaña y Vista del Sol, del fraccionamiento Praderas del Sol.
Posteriormente, al llegar los agentes al domicilio señalado, una de las víctimas que se encontraba en el patio, solicitó auxilio a los policías, por lo que lograron intervenir y arrestar a los presuntos en los términos de la flagrancia, para ponerlos a disposición del Ministerio Público correspondiente.
Además, se les aseguró un arma de fuego tipo fusil camuflajeado en color verde y negro, con un cargador abastecido con nueve cartuchos útiles calibre .223 y un teléfono celular de la marca Samsung.
El Juez de Control declaró de legal su detención y fijó para el próximo jueves 25 de julio la audiencia de vinculación o no a proceso penal, quedando bajo la medida cautelar de prisión preventiva.
***De acuerdo con las leyes y normas vigentes, los imputados se presumen inocentes mientras no se declaren sus responsabilidades mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).