Propone Saúl Mireles que beneficiarios de PCE sigan disfrutando pensión aún y cuando trabajador se suicide

Chihuahua.- El diputado Saúl Mireles, integrante de la fracción parlamentaria del PAN, presentó una iniciativa en virtud de que se derogue el artículo 59 de la Ley de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua, para garantizar los derechos de los beneficiarios del trabajador o pensionado que cometa suicidio.

El legislador manifestó que los fallecimientos por lesiones autoinfligidas son la cuarta causa de muerte en la población de 15 a 29 años, solo por debajo de las agresiones, accidentes y el COVID-19, señalando que en hombres se presenta como la tercera causa, mientras que para las mujeres es la quinta.

“Es importante recalcar que el suicidio no es un acto irracional, ni mucho menos instantáneo, ya que conlleva un proceso de preparación y valoración previa, en la cual la persona ya evalúo una serie de opciones para poder sortear la situación fuente de su desesperación, por lo que se vuelve de vital importancia distinguir y escuchar las llamadas de auxilio y reconocer los signos de ideación suicida, los cuales deben ser atendidos de manera inmediata y no ser menospreciados o estigmatizados socialmente, ya que eso aumenta las posibilidades de cometer el acto, por lo que más allá de juzgar debemos proteger, acoger y escuchar a la persona que por cualesquier causa está atravesando por este difícil proceso”, agregó.

Agregó que por desgracia Chihuahua no está exento de esta terrible realidad, “en septiembre del año 2022, tuvo la tasa más alta de suicidios en el país, registrando 14 suicidios por cada 100 mil habitantes, estos números más que representar una mera estadística representan el dolor y sufrimiento de las familias que tienen la desgracia de experimentar la pérdida de un ser querido, y si a esto le adicionamos la serie de problemas que acompañan a la tragedia, como lo es el sustento de las personas que dependían”.
El legislador manifestó que el Estado debe intervenir de manera activa, por un lado, para promover programas de sensibilización, y de prevención, para de esta forma y de la mano con la sociedad lograr disminuir el número alarmante de suicidios en nuestro Estado, y a la par estar en posibilidad de no desproteger a los parientes que sufren esta irreparable pérdida.

“Desde esta óptica de protección y acogimiento, es donde cobra importancia la presente iniciativa, mediante la derogación del artículo 59 de la Ley de Pensiones Civiles del Estado, el cual establece lo siguiente: Los beneficiarios del trabajador o pensionado no tendrán derecho a disfrutar de la pensión por viudez y orfandad cuando el trabajador o pensionado, por sí o con ayuda de otra persona, se haya provocado intencionalmente la muerte. Es indispensable garantizar los derechos que tienen las y los beneficiarios de los derechohabientes que tomaron la decisión de terminar con su vida, para de que de esta forma no se les deje en el desamparo e incluso se les revictimice mediante la perdida de esta pensión por viudez y orfandad”, finalizó el legislador.