Elegirán en la Sección 42 del 7 al 10 de junio a los nuevos Comités Delegacionales y de Centro de Trabajo

Chihuahua, Chih.- El Comité Ejecutivo de la Sección 42 del SNTE ya envió a las diferentes delegaciones, a través de los secretarios de Organización, la convocatoria para la elección de Comités Delegacionales, Comités Delegacionales de Jubilados y Pensionados, y representantes de centros de trabajo, proceso que se llevará a cabo del 7 al 10 de junio.

Algunos secretarios de organización acompañaron la convocatoria compartiendo a la base algunas respuestas a preguntas frecuentes como el que se comparte a continuación:

El presente texto es únicamente con fines de orientación, de ninguna manera es un documento que reúne todos los detalles estatutarios, por lo que se recomienda a todas y todos los agremiados acudir a la revisión por cuenta propia del Estatuto que regula la vida sindical.

  1. ¿CUÁNDO ES LA ELECCIÓN PARA MI DELEGACIÓN? De acuerdo con la convocatoria, el proceso electoral se llevará a cabo el día 7 de junio de 2022 (Seguido de la hora y las sedes para la asamblea en cada delegación)
  2. ¿QUIÉN PUEDE VOTAR EN LA PRÓXIMA ELECCIÓN?

Solamente podrán votar las y los trabajadores de la educación que formen parte del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) agremiados a la Sección 42 (S42) y que a su vez sean integrantes de las delegaciones señaladas anteriormente.

  1. ¿DE QUÉ MANERA SE PUEDE PARTICIPAR COMO CANDIDATO EN LA PRÓXIMA ELECCIÓN?

El registro de candidatos será solamente por Planilla.

  1. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS ESTATUTARIOS PARA SOLICITAR UNA PLANILLA?

De acuerdo con el artículo 264 del estatuto, la planilla deberá contener:

  • Nombre de la planilla y del representante de la misma
  • Los nombre de los integrantes de la planilla, propietarios y suplentes, que se propongan para ocupar cada uno de los cargos sujetos al principio de mayoría, y,
  • A la solicitud de registro se deberán acompañar los documentos que acrediten que los integrantes satisfacen los requisitos estatutarios para ocupar sus respectivos cargos, así como la plataforma sindical y el programa de trabajo de la planilla.
  1. ¿CUÁNTOS MIEMBROS DEBE CONTENER UNA PLANILLA?

De acuerdo con los artículos 200 y 201, el Comité Delegacional se integrará con siete Propietarios y siete Suplentes

  1. ¿CUÁLES SON LOS CARGOS QUE CONFORMAN UN COMITÉ DELEGACIONAL?

Artículo 200. El Comité Delegacional de Trabajadores en Activo se integrará por:

Secretaría General.

Secretaría de Organización

Secretaría de Trabajo y Conflictos.

Secretaría de Finanzas.

Secretaría de Previsión y Asistencia Social.

Secretaría de Escalafón y Promoción.

Secretaría de Orientación Ideológica-Sindical.

Artículo 201. El Comité Delegacional de Pensionados y Jubilados se integrará por:

Secretaría General.

Secretaría de Organización.

Secretaría de Finanzas.

Secretaría de Previsión y Asistencia Social.

Secretaría de Orientación Ideológica-Sindical.

Secretaría de Cultura y Recreación.

Secretaría de Vinculación Social y Programas Productivos.

  1. ¿QUÉ DEBE CONTENER LA SOLICITUD DE REGISTRO DE LA PLANILLA?
  • Nombre de la planilla y representante de la misma
  • Los nombres de los integrantes, propietarios y suplentes
  • Plataforma sindical
  • Programa de trabajo Nota: La solicitud de registro de planilla deberá contener todos los puntos sin excepción.
  1. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SER PROPUESTO DENTRO DE UNA PLANILLA?

De acuerdo con el artículo 40:

  • Estar en pleno ejercicio de sus derechos sindicales.
  • Tener tres años de antigüedad como miembro del SNTE para cualquier cargo en el ámbito delegacional.
  1. ¿DE QUÉ MANERA SE EJERCERÁ EL VOTO EN LA ASAMBLEA DELEGACIONAL?

De acuerdo con el artículo 251, el voto se ejercerá de manera directa y secreta de todos los miembros con derecho a voto.

  1. ¿CUÁNDO Y EN DÓNDE SE PUEDE REGISTRAR LA PLANILLA?

El día de la elección y en la Asamblea, después de que se haya instalado la mesa de los debates se llevará a cabo el registro de las planillas.

  1. ¿UN MIEMBRO PUEDE FORMAR PARTE DE MÁS DE UNA PLANILLA?

De acuerdo con el artículo 266, ningún miembro podrá formar parte de dos o más planillas.