Juicio político a diputados locales que aprueben el incremento del DAP… es un cobro ilegal!!!

Por: Mtra. Rosa Lilia Cardona Muñoz

Cómo va a ser posible!!!… Un hogar humilde que consume $120.00 pesos bimestralmente en el consumo de energía eléctrica, ahora tendrá que pagar $240.00 pesos porque la fracción edilicia del PAN PRD PT PANAL MC PRI aprobó en días pasados en la Sesión de Cabildo la unificación del precio del DAP en todos los sectores de la ciudad, por lo que pagarán la tarifa de $120 bimestrales dentro de su recibo de luz sumando su consumo de energía eléctrica.

Y es que el DAP (Derecho de alumbrado público) es un impuesto que aprueban los Regidores y que después deberá someterse a escrutinio de los Diputados Locales para que el Municipio obtenga ingresos por el cobro a los usuarios domésticos, comerciales e industriales del servicio de energía eléctrica

Es un atentado francamente contra los más pobres, por citar otro ejemplo una casa habitación ubicada en una colonia popular, que paga 66 pesos de DAP bimestralmente es decir 33 pesos por mes ahora tendrá que pagar el usuario 60 pesos mensuales, es decir se incrementó un 82% este impuesto poniendo en franca desventaja las economías familiares.

Aunque no existe una fórmula específica para el cobro del DAP, al parecer se utiliza una fórmula matemática sencilla multiplicando el 10% del total consumido, pero sin exceder de este porcentaje.

A pesar de ser anticonstitucional el DAP porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó dicho cobro, en enero del 2021 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que preside Rosario Piedra Ibarra promovió como acción inconstitucional el cobro del DAP ante la SCJN, se planteó el concepto de invalidez en el que se señaló, en esencia, que los numerales impugnados establecen una contribución a la que se otorga la naturaleza jurídica de «derecho» por la prestación del servicio de alumbrado público para los habitantes de los municipios; no obstante que, materialmente, constituye un «impuesto» al tomar como base el consumo de energía eléctrica de cada usuario y, por lo tanto, violar los principios de seguridad jurídica, legalidad y proporcionalidad tributaria, en los términos que se sintetizan a continuación:

…En razón de las diferencias entre contribuciones, los artículos impugnados vulneran los principios constitucionales de referencia al prever una contribución denominada «derecho» cuando realmente se trata de un «impuesto» por el cobro de energía eléctrica al tener como base el consumo total de energía eléctrica por parte de los sujetos del derecho por el servicio de alumbrado público equivalente al 10% sobre el importe de facturación.

En un afán meramente recaudatorio y sin tomar en cuenta las mermadas economías familiares chihuahuenses por efecto de la pandemia, ni de la resolución de la Suprema Corte que invalida dicho impuesto por ser anticonstitucional, el Coordinador de la fracción edílicia del PAN Isaac Domínguez le da una versión diferente  en lugar de eliminar dicho impuesto como lo mandata la SCJN, le cambia la interpretación de la resolución de la SCJN  y dice en una reciente entrevista “…”Nos vemos en la necesidad de acatar el fallo” y cumplir “la resolución de la Suprema Corte de Justicia que no permite realizar el cobro de manera proporcional como se venía haciendo,  de acuerdo al consumo de cada usuario, por lo que se cobrará de manera igualitaria, es decir que a partir del próximo año será de 120 pesos de manera bimestral, parejo para todos y que llegará puntualmente dentro del recibo de luz.

Por otro lado el alcalde de Chihuahua Marco Bonilla refirió: A los ciudadanos, que bimestralmente deberán de pagar 120 pesos (60 pesos al mes) por el Derecho de Alumbrado Público (DAP).

Explicó que la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dice que el derecho de alumbrado público es un derecho y no un impuesto. Por lo que indicó que Chihuahua capital está ahora adecuándose a esa sentencia de la SCJN. “No estamos más que cambiando el modelo de cobro a lo que dictamina la Suprema Corte”.

Y en efecto están cambiando el modelo, pero en detrimento de los más pobres.

Los diputados del PAN coincidieron en que la modificación al mecanismo de cobro del Derecho al Alumbrado Público es una acción muy positiva para el municipio de Chihuahua por parte del alcalde, sin embargo, señalaron que la Ley de Ingresos de todos los municipios será revisada a detalle y en su momento se aprobará o se harán las modificaciones necesarias.

JUICIO POLÍTICO A LOS DIPUTADOS LOCALES QUE APRUEBEN EL INCREMENTO AL DAP!!!

Esta será la consigna que el pueblo de Chihuahua enunciará a los Diputados del PAN PRD PT PANAL MC PRI que aprueben este 82% de incremento al DAP y demás incrementos olvidándose por completo que ellos se deben al pueblo, al voto popular y que de votar estos incrementos traicionan la confianza de la ciudadanía, ya que en próximos días se presentará en el Congreso para su aprobación el proyecto de ley de ingresos y presupuesto de egresos del municipio.

El Gobierno debe estar preparado para servir al pueblo, NO para saquearlo.

La realidad es que de acuerdo al INEGI para el último trimestre del 2020 y derivado de la pandemia las condiciones económicas de los chihuahuenses NO han mejorado, más bien han empeorado, la población desocupada en Chihuahua se situaba en 65 043 personas correspondiente al 3.7% de la PEA., la población económicamente activa (PEA) de la entidad ascendía a 1 779 249 personas que representan 59% de la población de 15 años y más. De ésta, 1 698 954 se encuentran ocupadas.  La población subocupada eran en el primer trimestre del 2020,  80 235 personas y pasó a 208 622 personas en el cuarto trimestre de 2020, siendo una tasa de 12.3% respecto a la población ocupada. En el 2020 en 9 meses la población subocupada se incrementó un 148%.

Al analizar los ingresos de la población ocupada, se observa que 343 231 personas (20.2%) de la población recibieron hasta un salario mínimo, 674 887 personas (39.7%) de la población recibieron más de uno hasta dos salarios mínimos, 29 640 no recibieron ingresos (1.8%) y 231 807 no lo especificaron (13.6 por ciento).

Estando el salario mínimo en 123.22 pesos en enero del 2020 sufriendo un incremento de un 15% en enero del 2021 pasando a 141.70 pesos diarios.

Hoy en día un obrero con un salario mínimo recibe $4251 pesos mensuales, si trasladamos su salario a una canasta básica el pagar el DAP representaría una disminución drástica a su estado de bienestar al incrementarse el DAP en un 82%.

La condición económica del Estado de Chihuahua NO alcanza para ningún aumento en los servicios: DAP, agua, revalidación vehicular, predial, incremento en el replaqueo, ante la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran 65 043 personas desocupadas y 208 622 personas subocupadas, por otro lado el sector empresarial también se manifestó por la cascada de incrementos en los impuestos, el líder de la CANACINTRA refiriéndose al incremento del 4% del impuesto sobre nómina, dice que la forma de solucionar el problema financiero no es aumentar los impuestos y que de aprobarse dicho impuesto muchos empresarios podrían ampararse.

Haciendo un análisis (343 231) que recibe un salario mínimo y  674 887) que reciben de un salario mínimo y hasta dos y  (29 640) que no reciben ingresos y 231 807 que no especificaron. Con una población en el Estado de Chihuahua de 3 741 869 habitantes y una población vulnerable de 1 279 565 personas, es decir el 34% de la población de acuerdo a sus ingresos no pueden soportar ningún tipo de incremento.

El pueblo de Chihuahua NO quiere Aumentos en sus servicios básicos!!!