A quien robe y dañe escuelas, hasta 10 años de prisión y multa de 177 mil pesos, propone diputado Carlos Olson

Chihuahua.- El diputado del PAN Carlos Olson presentó una iniciativa para agravar el delito de robo y daños, cuando estos sean en contra de bienes de instituciones educativas o culturales; serán hasta 10 años de prisión y alrededor de 177 mil pesos de multa.

Dio a conocer que en los últimos 20 meses se han abierto un total de 340 carpetas de investigación por el delito de daños y robos ocurridos en escuelas por todo el estado de Chihuahua.

«Es por eso la necesidad de hacer una reforma al código penal para endurecer todos estos delitos en la materia.
Nuestra propuesta va enfocada en mejorar la calidad de vida de la gente y que estos delitos vayan disminuyendo en nuestras escuelas por el estado”, manifestó.

Puntualizó el legislador del PAN que a pesar del combate en esta área, no se ha podido disminuir los delitos efectuados contra las instituciones educativas. El objetivo no solo va con la intención de agravar las penas, sino también que sea un detonante para incluir acciones y políticas públicas que vaya a fortalecer la seguridad dentro de la población, todo con el objetivo de reducir los delitos, dijo Carlos Olson.

El Legislador presentó la iniciativa para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Penal del Estado, para crear el tipo penal específico y agravar las sanciones punitivas respecto de los delitos de Robo y Daños, cuando recaiga sobre bienes de instituciones educativas o culturales del Estado.

La modificación a la Ley propuesta es la siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO.- Se deroga la fracción V del artículo 212; se reforma el artículo 213 y se adiciona el artículo 238 Bis, todos del Código Penal del Estado, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 212. Además de las sanciones que correspondan conforme a los artículos anteriores, se aplicarán de dos a diez años de prisión, cuando el robo:

I. a IV…
V. Derogada.
VI …

Artículo 213. Además de las penas señaladas en los artículos anteriores, se impondrá de dos a diez años de prisión, a quien cometa el delito de robo sobre bienes de instituciones educativas o culturales.

Además de la pena prevista en el párrafo anterior, se impondrán de uno a tres años de prisión, si para la sustracción de los bienes se daña la infraestructura que afecte o suspenda la prestación del servicio público de educación.

Artículo 238. Bis. Se aplicará prisión de seis meses a seis años y de setecientos cincuenta a mil doscientos cincuenta días multa, al que cause destrucción o deterioro de un bien mueble o inmueble protegido o declarado Patrimonio Cultural o sobre bienes de instituciones educativas.