Si el caso confirmado de COVID-19 es de un docente, escuela sólo deberá suspender clases presenciales en el grupo o grupos que atiende; Si es de un alumno, en toda la escuela: Emite Subsecretaría de Educación Básica lineamientos de actuación

-Ante caso sospechoso, ya sea de estudiante o docente, sólo se suspende la actividad presencial en el grupo o grupos en cuestión

-Si es en un integrante de personal de apoyo o administrativo, sólo éste y los contactos estrechos

Disposiciones en Caso de COVID by Francisco Milla on Scribd

 

Chihuahua, Chih.- Ante la proliferación de casos sospechosos y confirmados de COVID-19 desde que el pasado lunes 30 de agosto iniciara el ciclo escolar 2021- 2022 en el estado de Chihuahua y ante la disparidad de las medidas adoptadas por los diversos planteles donde se han registrado, el subsecretario de Educación Básica, Héctor Villanueva Máynez, se vio obligado a publicar con carácter de urgente este lunes –a apenas un día de su salida del cargo- las disposiciones de actuación ante los diferentes casos que se puedan presentar. En caso de un caso sospechoso de un estudiante o un docente, el documento establece que se debe decretar la suspensión inmediata de clases presenciales en el grupo en el que se detectó o los grupos que atendiera el maestro, reanudándose las clases una vez se confirmara el diagnóstico negativo. En el caso de un caso sospechosos en un trabajador administrativo sólo se suspenderían inmediatamente las actividades presenciales de éste  y “de los contactos estrechos”, nunca del plantel completo. De igual modo, en caso de un caso confirmado de COVID-19 de un estudiante se debe proceder a la “Suspensión inmediata de actividades presenciales en toda la escuela por 14 días naturales, continuando las clases de manera virtual, a partir de la organización establecida por CTE” y guardias de directivos, maestros y PAAE para mantenimiento del plantel. Mientras, en caso de un caso confirmado en un integrante del personal docente se establece que sólo se suspenderá la actividad en el grupo o grupos que éste atienda y deberá realizar aislamiento domiciliario durante 14 días desde el inicio de signos y síntomas”.

El oficio en cuestión, el 140/2021, está dirigido por el subsecretario Villanueva al profesor Manuel Arias Delgado, director general de los Servicios Educativos del Estado de Chihuahua, y al maestro Pablo Reyes Chávez, director de Educación Básica en la SEyD, a los que notifica “las siguientes disposiciones que refuerzan los escenarios de actuación ante los casos de sospecha y de confirmación de infección por la COVID-19, en Educación Básica”.

Inicia con un glosario, ante la confusión existente en algunos planteles o directivos, de lo que debe entenderse por caso sospechoso, caso positivo confirmado y contacto estrecho, para pasar al protocolo de actuación ante un caso sospechoso o confirmado.

A la hora de describir los escenarios posibles, el subsecretario de Educación Básica señala que ante un caso sospechoso en un alumno  se debe dar la suspensión inmediata del trabajo presencial del grupo al que pertenezca éste precisando que se actuará así cuando la sospecha sea detectada en el filtro de entrada de la escuela o en el salón, mientras que si la detección tiene lugar en el filtro de casa el estudiante no acudirá a la escuela y se remitirá a revisión médica, “se reanudan actividades presenciales una vez confirmado el diagnóstico negativo” y “los días de suspensión se continúa el trabajo del grupo de manera virtual, a partir de la organización establecida por el CTE”.

Mientras en la situación de un caso sospechoso en un maestro se decreta la “suspensión inmediata del trabajo presencial del o los grupos que atiende desde que se informa de la sospecha”, de igual modo se reanudarían clases al momento de un diagnóstico negativo y los trabajos continúan de forma virtual mientras tanto.

Si la sospecha es en un integrante del personal administrativo o de apoyo de la escuela, la suspensión sólo afectará a la persona en cuestión “y de los contactos estrechos desde que se informa la sospecha”.

Uno de los puntos más llamativos tiene que ver con el momento en el que un caso de COVID-19 es confirmado con una prueba positiva. Si éste se da en un alumnos se decreta “suspensión inmediata de actividades presenciales en toda la escuela por 14 días naturales, continuando las clases de manera virtual…”, mientras que si el positivo confirmado es de un docente, sólo se suspendería la actividad en el grupo o grupos que atendiera “deberá realizar aislamiento domiciliario durante 14 días desde el inicio de signos y síntomas”, al igual que se decreta para casos de positivo en un integrante del personal de apoyo o administrativo.

Para el caso de que se requiera la suspensión en toda la escuela, se establece que “el personal directivo, docente y asistencia a la educación deberá mantener el contacto con la autoridad educativa y la realización de guardias presenciales para garantizar la limpieza y la seguridad del plantel, de acuerdo a un rol de trabajo específico”.