Adecua Congreso su Ley Orgánica para armonizarla con las normas anticorrupción actuales

Chihuahua.- El Congreso del Estado de Chihuahua, en Sesión Ordinaria virtual, realizó una serie de adecuaciones de su Ley Orgánica, dada la necesidad de actualizarla principalmente en relación a los preceptos en materia de denuncias por faltas administrativas, ya que han perdido vigencia, y contravienen a lo señalado por una ley específica, vigente y en aplicación en la materia y sus efectos.

En relación a lo anterior, la diputada Ana Carmen Estrada García, presidenta de la Comisión Anticorrupción, detalló que el Poder Legislativo del Estado, en el año 2017, aprobó la reforma destinada al establecimiento de un marco local que diera sustento a los nuevos ordenamientos y organismos correspondientes para crear el Sistema Estatal Anticorrupción y a las instancias necesarias, que completen el engranaje jurídico e institucional que permitan la efectividad del mismo, tales como: el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, la Fiscalía de Combate a la Corrupción, los Órganos Internos de Control, entre otros.

Agregó que dentro de los artículos transitorios, se estableció que el propio Congreso deberá aprobar las leyes secundarias, y adecuar las disposiciones legales necesarias para el debido cumplimiento; por ello, se derogaron el Capítulo II del Título Undécimo y los artículos 219 y 220; el Capítulo II del Título Decimocuarto y los artículos 242, 243 y 244, todos de la Ley antes mencionada, por carecer ya de materia y aplicación según las nuevas disposiciones de las normas anticorrupción.

Todo lo anterior, como parte esencial de actualizar la norma, debido a que los preceptos aludidos carecen de la necesidad de continuar en la norma referida, y con el afán de evitar contradicciones o confusiones de cualquier tipo.

Para finalizar, la Legisladora mencionó que dentro del Segundo Artículo Transitorio, se determinó que las denuncias, y/o expedientes integrados con motivos de las mismas, materia de responsabilidades administrativas que en su caso se encontraran vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto, iniciadas o tramitadas ante la Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Congreso del Estado, serán remitidas para su continuación y resolución, en su momento, al Órgano Interno de Control que corresponda según cada caso concreto.