– Acudirá a las instancias superiores para garantizar al pueblo chihuahuense que las candidaturas efectivamente cuenten con certeza jurídica
– Medidas cautelares impuestas por un juez en contra de la candidata impedirían su registro de acuerdo a los criterios locales de elegibilidad
Chihuahua. – Tras la resolución del Tribunal Estatal Electoral (TEE) al recurso de impugnación presentado por Movimiento Ciudadano en contra de la candidatura de María Eugenia Campos Galván, Francisco Sánchez Villegas, Coordinador Estatal de Movimiento Ciudadano en Chihuahua, señaló que llevarán el caso ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En ese sentido, señaló el Coordinador, la resolución del Tribunal efectivamente señaló que el Instituto Estatal Electoral (IEE) no realizó una revisión exhaustiva de la situación legal de la candidata del PAN y PRD y su conflicto con los criterios de elegibilidad planteados por la ley.
No obstante, señaló el Coordinador, no concuerdan con algunos de los criterios empleados para la resolución del Tribunal por lo que acudirán a las instancias superiores a fin de garantizar la certeza y profundidad en el análisis y deliberación del caso.
“Consideramos importante agotar todos los elementos para que el pueblo chihuahuense tenga la certeza de que las candidaturas que se están presentando cumplan con todos los requisitos. Nosotros lo sostenemos, ella no tiene la forma de acreditar un modo honesto de vivir y adicionalmente se encuentra restringida en sus derechos. No tiene pasaporte, no puede salir del país porque un juez se lo impidió”.
La impugnación presentada ante el Tribunal consideraba que María Eugenia Campos Galván no puede participar del proceso electoral por estar vinculada a proceso penal por el presunto delito de cohecho por recibir sobornos del ex gobernador del Estado, César Duarte Jáquez, ni cuenta con pleno goce de sus derechos ya que como medida cautelar un juez le retiró su pasaporte para evitar que salga del país durante el proceso de investigación en su contra. Ambos hechos infringen los requisitos de elegibilidad previstos en la ley local para contar con una candidatura a un puesto de elección popular.