Por: Beatriz Verduzco Gutiérrez
Los derechohabientes de Pensiones Civiles del Estado se encuentran en un estado de grave vulnerabilidad debido a la violación de sus derechos humanos a la salud y a la vida, no sólo debido a la emergencia sanitaria por la pandemia, sino porque desde hace años la administración del Instituto prefirió deteriorar el servicio médico en lugar de realizar una cobranza efectiva de los adeudos que tienen con ella las dependencias e instituciones afiliadas, encabezando como la principal deudora, la Secretaría de Hacienda con un adeudo al 31 diciembre de 2020 de 2´202,584,334.06 (DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 06/100 M.N.).
La crisis financiera ha sido generada por la Junta Directiva del Instituto, por la propia administración de Pensiones, así como los servidores públicos de las dependencias e instituciones afiliadas, que no obstante tener etiquetados en sus presupuestos los recursos para seguridad social y servicio médico incumplieron con sus obligaciones, al no entregar a Pensiones el monto total de las aportaciones, de las cuotas que son retenidas a los trabajadores incluso, en algunos casos, hasta de las retenciones por préstamos personales.
Pensiones Civiles está sumergida en una crisis financiera que le ha llevado a acumular un adeudo con sus proveedores cercano a los 850 millones de pesos. Como consecuencia, recientemente las clínicas y hospitales han dejado de prestar el servicio de hospitalización a los derechohabientes de Pensiones, en dos ocasiones,
En esta problemática hay varias instancias que han dejado llegar a este punto la crisis de Pensiones: la Junta Directiva del Instituto, integrada por el Director General del Instituto, por dos de los principales deudores, el Secretario de Hacienda y el Rector de la Universidad Autónoma de Chihuahua, así como los Secretarios de Salud y Educación y por los Secretarios Generales de dos sindicatos, de los trabajadores burócratas y de la Sección 42 del SNTE. También los Diputados del Congreso del Estado han participado, pues a pesar de las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, aprobaron las cuentas públicas del 2016 y 2018 de Pensiones. Otra de las instancias es la Auditoría Superior del Estado, quien en varias cuentas públicas observó a Pensiones los adeudos de las dependencias e instituciones afiliadas, pero no hizo a éstas las observaciones por el incumplimiento de sus obligaciones con el Instituto.
Los derechohabientes se encuentran con la amenaza latente de quedarse sin atención hospitalaria, ya en algunas localidades del Estado está cancelado este servicio; el almacén tiene un grave desabasto de medicamentos; la farmacia del Pensiones expidiendo vales al por mayor y sin poderse surtir en las farmacias subrogadas, ya sea porque también se carece del medicamento o porque se lo niegan a los derechohabientes por los adeudos que tienen con ellas; las cirugías canceladas o pospuestas por varias ocasiones; los tratamientos contra el cáncer suspendidos, etc.
No obstante que la problemática de Pensiones ha sido difundida por los medios de comunicación y que el ÓRGANO GARANTE DE LOS DERECHOS HUMANOS, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, tiene atribuciones para actuar DE OFICIO tan sólo con denuncias que aparezcan en los medios de comunicación por presuntas violaciones de derechos humanos, ésta no lo ha hecho, pero tampoco ha querido dictar medidas cautelares ni aun interponiendo quejas. La situación se torna más grave puesto que hay hechos que apuntan a que lo sucedido en Pensiones se puede configurar en un probable CRIMEN DE LESA HUMANIDAD.
Juzgue usted la actuación del Órgano Garante de los Derechos Humanos:
CRONOLOGÍA:
1.-Desde principios del mes de octubre los medios de comunicación empezaron a informar sobre la problemática de la prestación del servicio médico en Pensiones Civiles del Estado.
2.-A mediados de octubre el Director General dio entrevistas a medios de comunicación e informa de la problemática de los adeudos de las dependencias e instituciones afiliadas con Pensiones y de ésta con los proveedores. De la negativa de las clínicas y hospitales de dar la atención a los derechohabientes de Pensiones debido a los adeudos millonarios.
3.-En octubre los medios de comunicación reportan decenas de muertos en el área de urgencias de Pensiones; los enfermos duran días en el área de urgencias, algunos fallecen ahí, no son canalizados a las clínicas y hospitales privados a donde se subroga la atención.
4.-En sus reportes sobre la pandemia Pensiones informa de hasta 30 personas en el área de urgencias en espera de hospitalización (12 de noviembre de 2021).
5.-El 16 de noviembre de 2020, el C. Ricardo Jesús de la Rosa Córdova, de la agrupación “Hablar menos actuar más, Derechos Humanos A.C.” interpuso una solicitud de urgente intervención DE OFICIO de la CEDH y denuncia ante la pandemia, exponiendo de manera general, la deficiencia en la atención médica y la violación del derecho a la salud.
6.-Para el 18 de noviembre la queja ya estaba radicada y el Visitador de la CEDH, Armando Campos Cornelio, dictó medidas cautelares al Secretario de Salud en el Estado, Eduardo Fernández Herrera, y le dio 24 horas para que respondiera. Las medidas cautelares consistieron en:
a)Primero.-Gire sus instrucciones a efecto de que se tomen las medidas precautorias o cautelares necesarias para evitar la consumación irreparable de violaciones a derechos humanos, concretamente al derecho a la protección de la salud para que las trabajadoras y los trabajadores de la salud que se encuentran atendiendo la epidemia causante de la enfermedad COVID-19, cuenten con los insumos y mecanismos imprescindibles para llevar a cabo de manera segura su labor.
b)Segundo.-Gire sus instrucciones a efecto de que se tomen las medidas precautorias o cautelares necesarias para evitar la consumación irreparable de violaciones a derechos humanos, concretamente al derecho a la protección a la salud para que se brinde a las personas usuarias de las instituciones de salud pertenecientes al estado, el acceso a servicios integrales de salud, debiendo contar con los insumos esenciales para el oportuno tratamiento que requieran.
7.-El 19 de noviembre del presente el Secretario de Salud en el Estado acepta las medidas cautelares.
8.-El 20 de noviembre el C. Ricardo Jesús de la Rosa Córdova interpone ante la CEDH un oficio de aclaración porque en la aceptación de las medidas cautelares el Secretario de Salud no incluye a Pensiones Civiles del Estado.
9.-El 24 de noviembre un grupo de 52 personas presentamos una queja ante la CEDH por la deficiencia en el servicio médico de Pensiones Civiles del Estado, denunciando las muertes que se consignaban en la información periodística.
10.-El 26 de noviembre la Secretaría de Salud, a través del Departamento Jurídico, responde sobre la no aceptación de medidas cautelares para Pensiones Civiles, aduciendo que esa Institución de Salud, no depende de esta Secretaría que es la cabeza de ese sector, sino que depende de la Secretaría de Hacienda.
11.-El 26 de noviembre la Lic. Ada Miriam Aguilera Mercado, Primera Visitadora de la CEDH, precisa sobre faltantes y sobrantes en la documentación de la queja presentada el 24 de noviembre. No era tal, pero se remite la información y se aclara sobre los supuestos sobrantes
12.-El 27 de noviembre se realiza solicitud de petición al Presidente de la CEDH sobre la queja interpuesta en contra de Pensiones y sobre la solicitud de medidas cautelares.
13.-Hasta el 30 de noviembre se recibe el acuerdo de radicación de la queja, en éste la Lic. Aguilera, Primera Visitadora de la CEDH, desestima varios de los argumentos presentados, como son: las deficiencias en el servicio médico, ya que según ella no se desprende afectación particular a ninguno de los quejosos; en cuanto al deterioro del servicio médico; sobre los adeudos de las dependencias e instituciones afiliadas con Pensiones que han provocado la situación crítica en la atención médica.
14.-El 2 de diciembre se interpone queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en contra de la CEDH por los hechos desestimados en el acuerdo de radicación. Se solicita a la CNDH dicte medidas cautelares a Pensiones Civiles.
15.-Se realizan llamadas telefónicas a la CNDH para conocer el estatus de la queja (4, 7, 10, 14, 17, 18 de diciembre).
16.-El 9 de diciembre de 2020 el Director General de Pensiones comparece ante la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado e informa sobre los adeudos y el problema tan grave que esto genera en la atención médica (medicamentos, hospitalización, servicios subrogados); informa de fallecimientos de entre 7 y 9 personas por semana entre octubre y noviembre; sobre la carencia de infraestructura para la atención de los enfermos Covid-19 en el área de urgencias; acerca de la carencia de infraestructura para el suministro de oxígeno a 20-22 pacientes que tenían en esa área; sobre el desabasto de medicamentos, etc.
17.-El 20 de diciembre se envía correo a la Presidenta de la CNDH, solicitando intervención urgente de la CNDH y dicte medidas cautelares.
18.-Llamadas telefónicas a la CNDH (22, 23, 28 de diciembre)
19.-El 28 de diciembre se envía nuevamente correo a la Presidenta, al Director de Orientación y Quejas y al Departamento de Quejas de la CNDH
20.-El 5 de enero informan los datos de la Visitadora de la CNDH asignada, informa que estudiará el asunto y se comunica, hasta la fecha no lo ha hecho.
21.-El 5 de enero la CEDH envía informe rendido por Pensiones Civiles.
22.-El 14 de enero se envía a la CEDH la contestación al informe de Pensiones Civiles.
23.-El 26 de enero se envía a la CEDH documentos y enlaces con información sobre situación del servicio médico.
24.-El 11 de febrero la CEDH notifica acuerdo del 1 de diciembre de 2020 por el que se determina la NEGATIVA DE MEDIDAS CUATELARES a Pensiones Civiles con el argumento de que “no se desprende una afectación de forma particular hacia alguno de los comparecientes, aunado a que no se precisa tiempo, modo o lugar en que pudiesen haber ocurrido las mismas y se plasman de manera genérica”.
25.-El 11 de febrero de 2021 un grupo de 56 personas envía a la CEDH un escrito exigiendo se dicten MEDIDAS CAUTELARES a Pensiones Civiles del Estado.
Como se puede observar la Comisión Estatal de los Derechos Humanos se RESISTE a dictar medidas cautelares que protejan los derechos humanos a la salud y a la vida de los derechohabientes de Pensiones Civiles del Estado, no obstante que tanto en la Ley como en el Reglamento de la CEDH se otorgan facultades a los visitadores para evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas y reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados. Además, sólo basta comparar las medidas cautelares que se dictaron inmediatamente a la Secretaría de Salud del Estado, pero al parecer con la problemática de Pensiones nadie quiere actuar ni siquiera el organismo que debe proteger los derechos humanos.