Chihuahua. Chih.- “Nosotros estamos a favor del uso del cubrebocas, nos parece una medida preventiva y en ese sentido no estaríamos en contra en el razonamiento del voto; estamos en contra de que sea una medida recaudatoria el estar infraccionando a la ciudadanía, en eso no estamos de acuerdo porque se daña la economía es una forma muy poco solidaria del gobierno para con la población”, señaló el coordinador de la Fracción Parlamentaria de Morena en el Congreso del Estado Miguel Ángel Colunga Martínez.
Morena emitirá un voto razonado porque considera que las acciones recaudatorias y coercitivas no generan conciencia si no repudio a las autoridades y promueven la desobediencia, señaló el legislador de Morena, Miguel Ángel Colunga Martínez.
“Nosotros estaríamos planteando a la comisión cambiar esa parte del aspecto recaudatorio y en el caso de los establecimientos y centros de trabajo público y privados la clausura temporal y en caso de reincidencia la definitiva”, señaló el legislador.
Colunga Martínez consideró que las acciones de restricción de movilidad llegaron tarde y le parecen injustas las declaraciones del gobernador de culpar a los ciudadanos y llamarlos poco solidarios.
“Creo que se dejó avanzar mucho la contaminación; ya cuando se vio que era incontrolable, se hizo. La estrategia debió definirse desde el principio, verdaderamente de control y equilibrio en relación con la economía. Faltó una estrategia definida desde el principio y me parece incorrecto que hoy se llame poco solidarios a los ciudadanos y además se les impongan medidas coercitivas de carácter recaudatorio”.
De acuerdo a la iniciativa presentada las facultades de la autoridad mencionadas en los artículos 7, 16, 18, 19, 20 y 21, son las siguientes:
• Si alguien se rehúsa a portar cubrebocas en los términos de la ley, o incurra en actos de violencia por lo mismo, la autoridad puede:
1. Amonestar.
2. Obligarlo a entrega material médico por hasta 25 UMAs ($2,172.00), previa amonestación
3. Imponer una multa por hasta 50 veces el valor de la UMA ($4,344.00), previa amonestación. El monto de esta multa se puede duplicar en caso de reincidencia ($8,688.00).
4. Clausura temporal o definitivamente, de manera parcial o total.
5. Arresto hasta por 36 horas, previa aplicación de cualquier otra de las sanciones.
• La autoridad también puede exhortar, registrar datos y remitir ante autoridad sanitaria a quien deba cambiar su cubrebocas, para que se le proporcione uno. (Art. 6)
• Para imponer las sanciones, se autoriza el uso de la fuerza pública.