Para René Frías no hay duda: se debe publicar el primer decreto de modificación a la Ley de Educación; la presidencia no lo tiene claro

Chihuahua.- Después de que fue desechado el dictamen respecto a las observaciones realizadas por el Gobernador, Javier Corral, sobre la armonización de la Ley Estatal de Educación, el tema ha quedado en el limbo, ya que por una parte la presidencia del Congreso no ha manifestado que es lo que sigue; mientras para el diputado René Frías es muy claro que el dictamen que se tiene que publicar por parte del Ejecutivo del Estado es el primero que se aprobó; para la presidencia lo único que queda claro es que «se regresa a la comisión para los efectos legales que corresponda», sin especificar cuales son los «efectos legales correspondientes».

Ante la situación que se presenta en el Congreso por la modificación a la Ley Estatal de Educación, la diputada presidenta del Congreso, Blanca Gámez, manifestó que «el dictamen que se presentó sobre las reformas a la ley de educación y que no fue aprobado por el pleno se regresa a la comisión para los efectos legales que corresponda», aunque al cuestionarle cuales serían estos, debido a que existe una discrepancia de opiniones, la legisladora omitió especificar cuales serían.

Sin embargo el diputado presidente de la Comisión de Educación, René Frías, argumentó el por qué se debe de publicar en el Periódico Oficial el primer decreto aprobado por el Congreso.

El diputado René Frías manifestó:

Como es del conocimiento público dichas observaciones fueron debidamente analizadas, discutidas y dictaminabas por la Comisión de Educación y Cultura, y sometidas para su aprobación al Pleno del Congreso el pasado 22 de octubre, cabe mencionar que en ese dictamen se contemplaban algunas de las observaciones realizadas por el Ejecutivo, mismo que al momento de ser votado no reunió el requisito que establece la Constitución local, es decir el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes que establece el articulo 71 de la misma, que a la letra dice:

ARTICULO 71. El proyecto de ley o de decreto devuelto al Congreso con observaciones deberá ser discutido de nuevo en cuanto a éstas, previo dictamen de la comisión respectiva, y si fuere confirmado por el voto de los dos tercios de los diputados presentes, o modificado de conformidad con las observaciones hechas, volverá al Gobernador, quien deberá promulgarlo y publicarlo sin más trámite.

Recordemos que la facultad otorgada al Poder Ejecutivo de hacer observaciones a los proyectos de ley o decretos que envía el Poder Legislativo para su publicación es un acto en el que el Ejecutivo participa en la función Legislativa y forma parte del sistema de pesos y contra pesos entre estos Poderes.

Tal es el caso que si el H. Congreso del Estado, hubiese confirmado dichas modificaciones por una mayoría calificada, el Ejecutivo tendría que publicar inmediatamente dicho decreto, pero no fue así, por lo tanto al no lograrse la votación calificada, este decreto deberá ser enviado al Ejecutivo para su promulgación y publicación, este sin incluir las modificaciones observadas; es decir, se mantienen las disposiciones previstas en el Dictamen del Legislativo de fecha 12 de junio.

Cabe mencionar que el día 22 de octubre en Sesión Ordinaria, solicité a la Dip. Presidenta del Congreso, que ratificara dicho Decreto al no haber reunido la votación antes mencionada, ya que nuestro ordenamiento no contempla que este dictamen sea devuelto a Comisiones, por lo que esperamos que este Poder Legislativo se apegue a Derecho, vele por la autonomía e independencia de este y envié el decreto tal y como fue aprobado por quienes integramos la actual legislatura el pasado 12 de junio.

Para el magisterio es muy importante pues ese dictamen contiene, entre otras disposiciones, el que a los trabajadores de la educación se les respeten los derechos y prestaciones que fueron puestos en duda por la anterior Ley de Educación.