Chihuahua, Chih.- El 2 de julio de 2020 se recibió en la Secretaría de la Función Pública (SFP) una denuncia interpuesta por el Senador Cruz Pérez Cuéllar solicitando investigar los gastos en desplazamientos en avión del gobernador del Estado. Después de que el legislador morenista anunciara este martes que denunciaría a los titulares de la SFP y la Auditoría Superior del Estado por una supuesta obstrucción a la justicia, desde la Función Pública negaron las acusaciones y dieron su versión de los hechos:
De acuerdo con la fracción X, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, la Secretaría de la Función Pública es competente para “Recibir y tramitar quejas y denuncias que se formulen en contra de personas servidoras públicas de la Administración Pública Estatal, así como de particulares…”.
En razón de lo anterior, y en cumplimiento a lo establecido en la normatividad aplicable, la Secretaría de la Función Pública, dio inicio a la investigación de la denuncia presentada, por medio de un acuerdo de inicio, por medio del cual se acordó integrarse un expediente de investigación y la práctica de todas las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, a fin de determinar la existencia o inexistencia de actos u omisiones que de faltas señaladas por la Ley de General de Responsabilidades Administrativas.
Una vez iniciada la investigación, la Secretaría de la Función Pública comenzó a realizar las diligencias necesarias, y a la fecha, se continúa en la integración del expediente. Es importante señalar que el proceso de investigación y la integración del expediente, se le está dando la debida atención, con la misma diligencia, objetividad, y en estricto apego al orden jurídico aplicable, que se le otorga a las diversas investigaciones que se encuentran en trámite en la Función Pública. Por lo que en ningún momento ha existido obstrucción de la justicia.
Por lo pronto, la Secretaría de la Función Pública se reserva el otorgar mayor información ya que dicho procedimiento se encuentra en proceso, y por lo tanto se debe salvaguardar el curso del mismo, así como la presunción de inocencia de las personas señaladas como responsables.