Chihuahua.- El diputado Fernando Álvarez Monje presentó el dictamen por medio del cual los diputados exhortan a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua para que se abstenga de cobrar el servicio de grúa y estancia vehicular, y de ser necesario, convenga con particulares para que el servicio no resulte oneroso para la víctima, en virtud de no revictimizar al afectado.
El legislador mencionó que el dictamen, con fundamento en los párrafos quince y veintiséis del artículo 5 de la Ley General de Víctimas, en relación con la fracción V, del artículo 12, de la Ley Orgánica de la Fiscalía; y párrafo tercero, del artículo 1 de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, para que, en el ámbito de su competencia, se abstenga, en caso de que así lo hiciere, de cobrar a la víctima el servicio de grúa y estancia vehicular y, de ser necesario, convenga con particulares para que el servicio no resulte oneroso para la víctima.
El legislador manifestó que la iniciativa evidencia un hecho conocido en la tramitología de recuperación vehicular derivada de la comisión de un delito (Doloso o Culposo); y para resolver aquella revictimización propone modificar el artículo 82 de la Ley de vialidad.
«III.- El artículo 82 integra el Capítulo referente a “DEL ESTACIONAMIENTO EN LA VÍA PÚBLICA”, no a hipótesis delictivas, y si bien en su contenido menciona que el propietario o poseedor del vehículo pagará los gastos de traslado y corralón, dicha referencia es parte de la sanción que manifiesta la norma para aquellas personas que indebidamente estacionan sus vehículos y no a los que han sido objeto del delito», dijo el legislador que la norma está dispuesta para sancionar a infractores, no para tutelar a las víctimas de un delito. Por ende, resulta inadecuada la propuesta en esa porción normativa.
Señaló que si el Ministerio Público tiene la atribución de vigilar adecuadamente la tutela de los principios que obran a favor de la víctima, entre los que se encuentran la tramitología sin costos y la no exposición a un nuevo daño por la actuación ministerial; el Servidor Público que permite el cobro a la víctima del servicio de grúa y arrastre del vehículo objeto del delito (Doloso o Culposo), está vulnerando los principios de gratuidad y victimización secundaria que obran a favor de la víctima.
«Consideramos que debemos exhortar a la Fiscalía General del Estado para que cuando la víctima de delitos de robo de vehículo y daños, en donde se haya emitido arrastre y/o depósito en corralón de los vehículos de las víctimas, las mismas no eroguen gasto alguno para el pago de dichas maniobras con el objeto de evitar mayor detrimento patrimonial al ya sufrido por las mismas», finalizó el legislador.