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Iniciativa de reducción de magistrados del TEE es previa a dictaminación de reforma electoral del Gobernador: Congreso

Chihuahua.- El diputado Rubén Aguilar objetó la inclusión del tema de la reducción de magistrados del Tribunal Estatal Electoral en la sesión extraordinaria, debido a que este ya fue botado en la reforma electoral propuesta por el Gobernador del Estado, por lo que estaría fuera de la ley su presentación ante el pleno; el presidente del Congreso señaló que esta no es una nueva iniciativa sino una que se presentó con anterioridad a la dictaminación de la mencionada, por lo que debe de seguir su curso legislativo de manera normal; dijo que la prohibición de no presentarse es para las que ya se resolvieron y no para las que están en trámites.

Al momento de que se pretendía la aprobación de los dictamenes que se presentarían en la sesión convocada para el lunes en el Congreso, el diputado del PT, Rubén Aguilar, realizó el señalamiento, indicando que se debe de respetar la Ley, por lo que el diputado presidente del Congreso, René Frías, solició un receso para analizarlo con la Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos.

El diputado, desués del análisis puso a consideración de los legisladores la respuesta:

«Respecto a la problemática para definir el alcance de las disposiciones normativas relativas a las disposiciones desechadas o resueltas en sentido negativo, no podrán volver a presentarse en los siguientes 12 meses, cabe aclarar los iguiente:
En primer lugar que las disposiciones normativas aplicables son de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, el Artículo 75 que dice: Los proyectos de Ley o de Decreto que hayan sido desechados no podrán volverse a presentar dentro de los siguientes 12 meses.

De la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua en el Artículo 179 establece que las inciativas dictaminadas en sentido negativo no podrán volver a presentarse dentro de los siguientes 12 meses contados a partir del día siguiente en que el pleno o la diputación permanente las hubiera rechazado.

Del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo en el Artículo 19 señala que en caso de presentarse una iniciativa que ya haya sido resuelta en sentido negativo y no haya cumplido con el plazo previsto en el artículo 179 de la Ley se considerará notoriamente improcedente, por tanto la presidencia lo desechará de plano haciendo de conocimeinto de la asamblea.

El presidente del Congreso manifestó que las leyes mencionadas efectivamente fundan que ante la hipótesis de dictaminación en sentido negativo o desechamiento, no podrán volverse a presentar dentro de los siguientes 12 meses refiriéndose a las iniciativas, por lo que en el tema que les ocupa, las normas aplicables lo que pretenden es impedir el inicio del proceso legislativo con la presentación de una nueva iniciativa en el sentido de la desechada o dictaminada en negativo, «se puede dar el caso de iniciativas presentadas con anterioridad a la de hipótesis del desechamiento o negativa, con asuntos, tópicos o planteamientos semejantes, análagos, coincidentes, como en el caso que nos ocupa…»

En el caso referido no se trata del inicio de un nuevo proceso legislativo mediante la presentación de una nueva iniciativa, sino de la continuación del proceso legislativo iniciado con anterioridad al desechamiento o negativa de la iniciativa en cuestión, por lo que debe de seguir su curso legislativo normal, dijo el presidente del Poder Legislativo.

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