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Reforma Congreso la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Chihuahua.- La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Fue la diputada Blanca Gámez, secretaria de la Comisión de Igualdad en el Congreso de Chihuahua, quien presentó el Dictamen al Pleno Legislativo para su aprobación.

En la exposición señaló que estas adecuaciones se realizan con la finalidad de armonizar y ampliar la legislación estatal con la Federal, en aras de fortalecer las medidas preventivas de atención y sancionadoras, en contra de cualquier acción u omisión que genere violencia política contra las mujeres en razón de género.

Agregó que en la Legislación Federal, se define la violencia política contra las mujeres en razón de género como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres; el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo, señaló la Legisladora.

Dentro de las adecuaciones realizadas, es de resaltar que se faculta al Instituto Estatal Electoral y al Tribunal Estatal Electoral, la posibilidad de solicitar a la autoridad competente la aplicación de medidas de protección a mujeres, cuando se trate de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Estas medidas de protección de emergencia y preventivas tendrán una temporalidad no mayor de 72 horas y deberán expedirse dentro de las 8 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

Además, el Instituto Estatal Electoral y el Tribunal Estatal Electoral, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberá: promover la cultura de la no violencia en el marco del ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres, incorporar la perspectiva de género al monitoreo de las transmisiones sobre las precampañas y campañas electorales en prensa y medios electrónicos que difundan noticias, durante los procesos electorales, sancionar, de acuerdo con la normatividad aplicable y las conductas que constituyan violencia política contra las mujeres en razón de género.

La Legisladora enfatizó la integración al consejo, a la Comisión Estatal para los Pueblos Indígenas.

Finalizó al señalar que con estas adecuaciones al marco normativo estatal, se busca garantizar a las mujeres, el ejercicio de sus derechos libre de violencia.

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