- Los trabajadores afiliados al Seguro Social podrán solicitar esta prestación.
- La persona con síntomas de la enfermedad deberá completar un cuestionario de tamizaje para conocer si procede o no el permiso especial.
- Es un esfuerzo del Instituto para romper la cadena de transmisión y mantener la sana distancia.
Para facilitar el trámite de incapacidad a las personas afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que presenten síntomas de la enfermedad COVID-19, el H. Consejo Técnico del Instituto aprobó hoy la obtención de un permiso especial por contingencia desde plataformas digitales de acceso remoto.
Durante la conferencia de prensa sobre el informe diario del COVID-19 en México, el doctor Mauricio Hernández Ávila, director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, informó que este es un permiso único en la historia del Instituto para las y los trabajadoras asegurados, en congruencia con la declaratoria de pandemia hecha por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Destacó que la estrategia es un esfuerzo del Instituto por sumarse a las recomendaciones de la Secretaría de Salud para romper la cadena de transmisión, evitar la circulación de las personas con síntomas y que permanezcan en casa.
“El director general, Zoé Robledo, nos ha pedido buscar estrategias para poder contribuir más a aplanar la curva, que los servicios de salud no se saturen y podamos dar una atención de calidad”, indicó.
De esta manera, dijo Hernández Ávila, se mantiene la sana distancia y le ahorra al trabajador la visita al médico, dirigirse en automóvil o en transporte público por la incapacidad, entrar en contacto con otras personas, ir al banco a cobrar la prestación y, finalmente, regresar a casa para permanecer en reposo.
Indicó que si las y los trabajadores tienen signos de infección como tos, fiebre y dolor de cabeza, deben permanecer en casa sin acudir al médico para obtener su incapacidad, además de que está garantizado el subsidio económico durante los primeros 14 días, “que es lo que dura el cuadro leve de COVID-19”.
Precisó que el pago de la incapacidad es de 11 días, debido a que los primeros tres no se cubren al ser una incapacidad temporal por enfermedad general.
El doctor Hernández Ávila señaló que para el otorgamiento de la incapacidad el asegurado con síntomas debe llevar a cabo un proceso electrónico, que consiste en completar un cuestionario de tamizaje y recibir la respuesta de la procedencia o no del permiso especial.
“Si no hay riesgo, se emiten recomendaciones para el cuidado de la salud; si hay riesgo se valida el cuestionario con evaluación médica, se hace la incapacidad digital, se notifica al patrón, también le pedimos a la persona que lo notifique a su empleador, se contacta al asegurado para hacer la verificación de su cuenta bancaria y realizar el depósito”, explicó.
Adicionalmente, dijo, se le enviará por mensajería un equipo de protección para que no se contagien los familiares, que consiste en cubrebrocas, alcohol gel que hace la función de antiséptico bacteriano y un termómetro, con lo que se previene el contagio intradomiciliario, además de un instructivo sobre los signos y síntomas del COVID-19 y cómo cuidar al enfermo en casa.
Solicitó que las y los trabajadores actualicen sus datos en las plataformas digitales del IMSS para el envío del kit y de información.
Subrayó que la persona con incapacidad debe estar atenta de los síntomas de agravamiento de esta enfermedad al término de los 14 días: dolor en el pecho, fiebre alta que no cede, falta de aire y color morado, para recibir atención en una unidad médica u hospital, lo que posibilita la prórroga de la incapacidad.
“Así, el IMSS está aportando a la protección del trabajador para que no pierda su empleo por tener los síntomas y cuente con la compensación económica por enfermedad. Es una de las intervenciones que estamos impulsando en el Instituto”, finalizó.