Presentan «Ley Abril»; buscan sancionar a ministerios públicos y jueces que no protejan a víctimas

Chihuahua.- La diputada Ana Estrada, integrante de la bancada de Morena, presentó la iniciativa de la «Ley Abril», la cual busca sancionar con prisión a los ministerios públicos y jueces que minimicen la violencia de género y no brinden las debidas medidas de protección a la víctima o testigo.

La diputada idicó que desafortunadamente las instancias de procuración e impartición de justicia no han actuado con perspectiva de género provocando con esto la obstaculización del procedimiento por la sustracción del imputado y por la falta de garantías para la seguridad de la víctima o de los propios testigos, pues el imputado, al observar que no hay consecuencia inmediata por los actos que ha realizado, eleva el nivel de violencia, llegando incluso a provocar la muerte de las víctimas, tal es el caso de Abril Pérez Sagaón en la Ciudad de México y de otras tantas víctimas de violencia feminicida en Chihuahua, incluso en todo el país, cuyos nombres llenarían cuartillas enteras y a quienes la justicia no les ha sido impartida de manera adecuada, ya sea por la ineficiencia de los Órganos encargados de la Seguridad Pública o por aquellos encargados de la investigación, procuración, administración e impartición de justicia.

Dijo que la falta de sensibilidad respecto de todos los órganos involucrados para proteger a Abril Pérez Sagaón, generó que una víctima de violencia feminicida terminara sin vida, pues fue asesinada inmediatamente después de que su agresor quedara en libertad al haberse reclasificado el delito a uno que no ameritaba la imposición de la prisión preventiva justificada. El actuar contumaz del Juez de Control quien derivado de la entrevista con el imputado desestimara el acto a una riña con la víctima, reclasificó el delito de feminicidio en grado de tentativa y lo formuló como violencia familiar agravada, por lo que al amparo del Código Nacional de Procedimientos Penales decretó la libertad, pues a su consideración, no ameritaba la pertinencia de la imposición de la prisión preventiva.

Comentó que la responsabilidad no solo es del Juez de Control al dejar en libertad a un feminicida en potencia; sino también y en mayor grado del Órgano Investigador, que aún cuando se le había manifestado una noticia criminal por parte del familiar de la víctima, no ordenó diligencias idóneas pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, ni impuso las adecuadas medidas de protección a la víctima, limitándose a generar aquellas acciones que le representaran un mínimo esfuerzo sin pensar que la víctima y su familia corrían un peligro inminente.

«Es por esto que desde esta Representación, se propone reformar diversos artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua, con la finalidad de tipificar la omisión de los encargados de la Procuración de Justicia de otorgar de manera oficiosa las más altas medidas de protección a favor de la víctima aun cuando esta no la haya solicitado, pudiendo concurrir más de una al momento de dictarse; así como tipificar la omisión del Impartidor de Justicia cuando este no conceda las medidas cautelares que garanticen en mayor grado la protección de la integridad y la vida de las víctimas u ofendidos o de los testigos; atendiendo siempre a la mínima intervención del Estado, pero procurando en todo momento que el imputado cuando se traten de delitos que ponen en peligro la vida y la integridad corporal; con lo cual no se pretende sobre poblar aún más las cárceles del Estado, sino otorgar las medidas necesarias para que el imputado no cause nuevamente un daño a la víctima», señaló.