Chihuahua, Chih.- De ser oficial el reglamento que circula desde el domingo como el aprobado por el Consejo Nacional Extraordinario del SNTE -el sindicato aún no lo publica oficialmente- pasaría a la historia la clásica forma de postular a los candidatos a secretarios generales por dedazo o aclamación en pleno desarrollo del Congreso Seccional Extraordinario en turno. Y es que las nuevas normas contemplan la obligación de que las planillas, con el o la candidata a la Secretaría General Seccional, deban registrarse en los tres días posteriores a la emisión de la convocatoria y por lo tanto los candidatos se conocerán desde antes de la jornada de votación, que se llevaría a cabo por delegaciones.
Si bien puntos como el voto universal, directo, personal y secreto, y la restricción para contender al cargo de secretario general seccional única y exclusivamente al reducido círculo de quienes han formado parte de un Comité Seccional, centraron primeramente los focos después de trascender el presunto reglamento, en las nuevas normas para reglar las renovaciones seccionales también hay aspectos que, al menos a priori, parecen abonar a una supuesta mayor igualdad de competencia.
Entre estos se puede citar el artículo 32 que pondría fin al registro de candidatos a secretarios generales por aclamación o dedazo, que era lo que sucedía hasta ahora. Sin ir más lejos, cabe recordar que así sucedió en los Consejos Seccionales Extraordinarios de la 8 y la 42 de los días 14 y 15 de julio de 2016, donde en la 42, a mano alzada, sólo se presentaba la candidatura de Ever Avitia Estrada y en la Octava se registraban la de la maestra Rosa María Hernández Madero y pese al intento de presentar el ResISSSTE una alternativa con el maestro Noel García, se pusieron mil y una trabas para impedir, como así sucedió, que se validara.
El citado punto 32 del articulado pondría fin a estas prácticas, ya que obliga a los candidatos a registrar sus planillas previamente, concediendo para ello apenas tres días a partir de la emisión de la convocatoria:
«Artículo 32. Registro de planillas
El registro de candidatos para la elección de la Directiva Seccional Sindical se efectuará por planilla, debiendo presentar la solicitud respectiva ante el Comité Nacional Electoral dentro de los tres días siguientes a la publicación de la Convocatoria en el domicilio que se establezca para tal efecto, dentro de la Ciudad sede del Comité Ejecutivo Seccional correspondiente.»
No obstante, el reglamento no precisa ni aclara si la convocatoria se emitiría sólo con los citados tres días de antelación a la jornada de elecciones o podría haber un margen de tiempo mayor.
Sea como sea, por tiempos tanto en la Sección 8 como en la Sección 42 de Chihuahua la renovación no debería sobrepasar mediados de julio.
Ya el día que se defina en la convocatoria, más de 25 mil trabajadores de la educación agremiados a la 8 y otros más de 15 mil de la 42 estarían llamados a ejercer su derecho al voto en las urnas habilitadas por delegaciones para elegir a sus dirigentes.