Aún sin decantarse Chihuahua por modelo de 14, 6 o 3 tribunales laborales y centros de conciliación; Presentan avances de implementación de reforma

Chihuahua, Chih.- La secretaria del Trabajo y Previsión Social, Ana Luisa Herrera Laso, y el subsecretario, Juan Ramón Herrera Pedroza, presentaron esta mañana los avances para la implementación total de la nueva Reforma Laboral en la entidad que para el caso de Chihuahua está establecida para el 1 de mayo de 2022, pese a que podría empezar a implementarse antes de forma gradual. Asimismo, dieron a conocer que aún no se decide por cuántos tribunales labores y centros de conciliación se apostará, existiendo las altenativas de que sean 14, 6 o 3, lo cual manifestó que finalmente dependerá del presupuesto con el que cuenten.

Ana Herrera empezó señalando que el compromiso del gobierno del estado, por instrucción de Javier Corral, no es otro que el de sentar las bases para una eficaz, transparente e imparcial impartición de justicia laboral en la entidad.

Apuntó que el seguimiento a la Reforma Laboral es fundamental en la STyPS y gira en base a cinco estrategias como son las de  propiciar y garantizar la libertad y democracia sindical, la incorporación de la justicia laboral al Poder Judicial, el procedimiento de conciliación prejudicial, la creación de nuevas autoridades para la justicia laboral, y la modificación e las reglas para el registro de los contratos colectivos.

La secretaria enfatizó que el nuevo marco normativo laboral implica que los trabajadores son libres de conformar, sin limitante alguna, los sindicatos que estimen pertinentes, y que los procesos de elecciones serán mediante voto universal, personal y secreto.

Aplaudió la apuesta del nuevo marco de privilegiar la conciliación, etapa que será obligatorio agotar previo al juicio, si bien aclaró que no implica forzosamente que las partes estén obligadas a conciliar.

Refirió que la nueva reforma contempla la eliminación de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje y la creación de nuevas autoridades como el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual tendrá bajo su responsabilidades, entre otras, el registro de sindicatos, y el registro contratos colectivos. Asimismo se crean los centros de conciliación en materia local, «aquí ya se creó, aunque no inicia en operaciones», manifestó Herrera.

Explicó que también se modifican las reglas para los contratos colectivos, que todos tienen un plazo de cuatro años a partir del 1 de mayo de 2019, y que dependiendo si se aprueba o no continuará o se dará por terminado.

Igual para la renovación de dirigencias sindicales donde se establece el voto personal, libre, secreto y directo, precisando que en la actualidad la CTM interpuso alrededor de 400 amparos a nivel federal en contra esta medias.

Recodó que a nivel federal se establecieron tres etapas de entrada en vigor en los estados, la primera de las cuales abarca a los primeros 10 estados y será en octubre 2020, mientras que Chihuahua quedó para la tercera etapa hasta 1 de mayo de 2022, dentro de los estados de más carga laboral.

Por su parte, el subsecretario Juan Ramón Herrera explicó siete pasos de la estrategia nacional para la implementación de la Reforma Laboral del 1 de mayo de 2019: integrar el grupo interinstitucional de implementación a nivel estatal; la adecuación normativa que ya estaría completada; plan de programa de abatimiento de rezago; la planeación presupuestal -donde afirmaron que ya cuentan con un proyecto considerando 14 sedes en base a las 14 demarcaciones judiciales con 14 tribunales y centros de conciliación, una segunda alternativa con seis en los lugares donde hoy hay Juntas Locales, o la más modesta de tres tribunales y tres juntas, en Juárez, Chihuahua y uno intermedio; transferencia de expedientes de CCT y registros sindicales, para ello ya se asignó presupuesto  para la digitalización de los mismos; asesoría para la adecuación de estatutos -obligación a los sindicatos de adecuar sus estatutos a las nuevas normas federales-; y coordinación interinstitucional para la legitimación de contratos colectivos de trabajo.