Con relación al comunicado emitido por Uber de México Technology & Software S.A de C.V., fechado este 11 de marzo, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, reitera y precisa lo siguiente:
Con fecha 15 de Julio de 2025, Uber México Technology & Software, S.A de C.V., promovió un Juicio de Amparo ante el Juzgado Décimo Tercero en contra de los operativos que lleva a cabo la Guardia Nacional y en contra de la Ley de Caminos, Puentes, y Autotransporte Federal, entre otros.
El juzgador le concedió la suspensión definitiva, para único efecto de que las autoridades responsables no realicen las detenciones arbitrarias y discriminatorias de vehículos de aplicación, sin que esto implique dejar de observar las disposiciones legales que rigen al autotransporte.
UBER no cuenta con autorización para prestar servicios dentro del polígono del Aeropuerto de la Ciudad de México y demás aeropuertos; tampoco limita a la autoridad a levantar infracciones, siempre y cuando se realice conforme a la normatividad establecida. La SICT recomienda a los usuarios utilizar los servicios autorizados de taxis en los aeropuertos.
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