Los abogados David Faudoa y Gabriel Vidaña informaron que el pasado 15 de mayo una jueza resolvió no vincular a proceso al trabajador manual, de nombre Víctor M., de la Preparatoria Estatal Maestros Mexicanos 8422, por falta de elementos probatorios en los señalamientos en su contra por un presunto caso de acoso sexual hacia una secretaria del plantel -causa penal 4472/24-, por el cual fue apartado temporalmente entre octubre de 2023 y principios de febrero de 2024, cuando la Secretaría de Educación y Deporte también resolvió a favor del trabajador
Los abogados en mención, pertenecientes al Despacho Vidaña, Maltos y Asociados, recordaron que los inicios del caso se remontan a octubre de 2023, momento en el cual una secretaria de la Preparatoria Maestros Mexicanos 8422 denunció ante la supervisión escolar el presunto acoso sexual de un miembro de personal de apoyo y asistencia a la educación, que realizaba funciones docentes, de la misma institución, y al mismo tiempo el hostigamiento laboral por parte de la directora por causas relacionadas por la forma de atender la situación en mención.
Los abogados David Faudoa y Gabriel Vidaña manifestaron que es «importante detallar que desde un inicio consideramos que el caso era más con intenciones políticas de perjudicar a nuestra clienta la directora de la Preparatoria que el tema que verdaderamente debería haber preocupado que sería el presunto acoso sexual».
Apuntaron que por todos conocido que tanto la directora como el docente fueron separados de sus puestos mientras se abría una investigación a raíz la denuncia de la supuesta víctima, y que ambos acusados «fueron exonerados y reinstalados sin encontrar elementos para culparlos por parte de la Secretaría de Educación y Deporte, aparte la directora tuvo el respaldo del Tribunal de Arbitraje quien le otorgó una medida cautelar para su reinstalación y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en donde presentó una queja».
Sostuvieron que como defensa se encontraron con obstáculos para la representación ya que la Coordinación Jurídica de la SEyD encargada de la investigación no permite la presencia de abogados, negaba el derecho de audiencia y no contestaba las solicitudes de información solicitada, teniendo en cuenta que los denunciados desconocían su expediente de investigación. De hecho, recordaron que hubo necesidad de recurrir a los amparos para ir avanzando en el caso y finalmente la SEyD acordó dar el caso por concluido, reinstalar a los afectados y la denunciante logró su cambio de adscripción.
Los abogados compartieron que «durante ese tiempo nos llamó mucho la atención los señalamientos hacia la directora como hostigamiento laboral, pero en toda la documentación adquirida encontramos que el hostigamiento era hacia ella, al dar seguimiento de los documentos, aparte de que el supervisor de esa zona inició girándole a la directora un oficio tendencioso y hostigador señalándole que había cometido faltas administrativas graves y posibles delitos por como manejó la situación, también tenemos la respuesta a ese oficio».
Prosiguieron señalando que, desde el primer momento, les llamó la atención que el tema presunto acoso sexual «pasaba a segundo término, ya que se mencionaba de manera leve en las denuncias y oficios, pero le dedicaban el 70% o más de importancia a señalar supuestas fallas de la directora de la escuela, encontramos también documentación en donde se evidenció que la intención de la denuncia hacia la directora y el docente se generó en las instalaciones de su sindicato».
Esto, refirieron, los desconcertó, debido a que consideran que desde la Sección 42 del SNTE «debieron haber provocado la mediación antes de otra acción ya que aparte de ser todos agremiados a su representación, eran una queja de supuestos actos».
Aseguraron que la acusación de supuesto hostigamiento laboral fue cerrada después de la investigación correspondiente 7 meses después a la denuncia, no encontrando elementos para probar dicho señalamiento en contra de la directora.
Mientras, explicaron, el caso del trabajador manual en funciones de docente por supuesto acoso sexual seguía vigente en la Fiscalía General del Estado, «siendo importante destacar que la denuncia se presentó y no se le dio seguimiento, sino hasta que SEyD concluyó la investigación contra el docente, ahora si comenzó la presión para generarle una responsabilidad penal, sin embargo en audiencia inicial donde se buscó vincularlo a proceso se desahogaron las pruebas de la defensa y se dictó un auto de no vinculación, es decir, un Juez de Control determinó que no existen los elementos siquiera para iniciar un proceso penal en su contra».
Los abogados David Faudoa y Gabriel Vidaña concluyeron que finalmente el docente señalado se habría convertido en víctima «ya que al fungir como tal, después de la denuncia le fue retirado su nombramiento y lo mandaron a su plaza de trabajador manual, fue exhibido en medios de comunicación, en la comunidad escolar y ante sus compañeros, en ningún momento fue vinculado a proceso, ahora que fue absuelto, la denunciante no apeló la sentencia del juez, por lo tanto nos es grato informar que es un caso cerrado totalmente, que se pudo evitar si se hubiera actuado con honradez y responsabilidad, a la sociedad en general y en particular ante los trabajadores de la educación este despacho nos ponemos una vez más a sus órdenes».
