Opinión por: Benjamín Carrera
“México es centro de origen y diversidad del maíz que es un elemento de identidad nacional y alimento básico que precede de la existencia en los pueblos indígenas y afromexicanos. Su cultivo en territorio nacional debe ser libre de modificaciones genéticas producidas con técnicas que superen las barreras naturales de la reproducción o la combinación como las transgénicas”
Me atreví a iniciar este artículo de opinión con las palabras pronunciadas por la PresidentA de México al referirse al decreto mediante el cual, con la finalidad de proteger la biodiversidad, la soberanía alimentaria y la salud de la población mexicana, se oficializa la prohibición del cultivo, uso de maíz transgénico en el país y establece que el cultivo de maíz en México debe estar libre de modificaciones genéticas que superen las barreras naturales de reproducción.
La reforma, que entró en vigor este pasado martes 18 de marzo, modifica los artículos 4° y 27 de la Constitución, dicha reforma fue aprobada por el Congreso Federal el 5 de marzo de 2025, y responde al resultado de una disputa comercial con Estados Unidos en el marco del T-MEC. En diciembre de 2024, México perdió una controversia por la prohibición parcial de importaciones de maíz transgénico.
Desde 2020, el gobierno mexicano había emitido un decreto para eliminar el maíz transgénico de la alimentación humana antes de enero de 2024. Con la nueva reforma, se prohíbe también su cultivo y distribución, aunque su uso en la industria y en la alimentación animal podrá continuar.
La adición al artículo 4° precisa que el cultivo de maíz “en el territorio nacional debe ser libre de modificaciones genéticas producidas con técnicas que superen las barreras naturales de la reproducción o la recombinación, como las transgénicas. Todo otro uso del maíz genéticamente modificado debe ser evaluado en los términos de las disposiciones legales para quedar libre de amenazas para la bioseguridad, la salud y el patrimonio biocultural de México y su población.
En tanto en el artículo 27 se precisa que el Estado «promoverá las condiciones para el desarrollo rural, cultural, económico y de salud, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina su bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, fomentará la actividad agropecuaria y forestal, cultivos tradicionales con semillas nativas, en especial el sistema milpa, para el óptimo uso de la tierra libre de cultivos de maíz genéticamente modificado».
Pero y a todo esto ¿Qué es el maíz transgénico? El maíz transgénico es una variedad genéticamente modificada mediante biotecnología para incluir características como resistencia a plagas y tolerancia a herbicidas, como el glifosato. Estos cultivos han sido promovidos bajo la premisa de incrementar la productividad agrícola. Sin embargo, en países como México, donde el maíz tiene un significado cultural y ecológico único, su introducción ha provocado críticas por sus potenciales daños a la biodiversidad y la salud humana.
Diversas investigaciones han alertado sobre los posibles efectos negativos del maíz transgénico como por ejemplo, menor calidad nutritiva: Los maíces transgénicos tienden a tener un menor contenido de proteínas, fibras y antioxidantes en comparación con las variedades nativas, pero además tiene un impacto directo en los agricultores ya que el uso de semillas transgénicas, muchas veces patentadas, limita la autonomía de los campesinos, quienes no pueden reutilizar las semillas de sus cosechas y se ven obligados a comprar y comprar semillas, transgénicas…
No tengo la menor duda, se da un paso gigantesco en la dirección correcta. Bien por la PresidentA, ella sabe que sin maíz no hay país.