CONGRESO

Busca Morena tipificar crímenes de odio como delito autónomo en Chihuahua; plantean penas de hasta 60 años

Chihuahua. — Con el objetivo de visibilizar la violencia contra la diversidad sexual y garantizar procesos judiciales con perspectiva de género, Almendra Negrete, secretaria general de la Diversidad del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, acudió a Chihuahua para, a través del diputado Óscar Avitia, presentar una iniciativa que busca establecer el crimen de odio como un tipo penal autónomo en el estado, deslindándolo de ser una simple agravante del homicidio; Negrete dijo que no esperan que está iniciativa pase, debido a que no son mayoría en el Congreso, pero esperan ganar el siguiente proceso electoral.

La propuesta legislativa enfatiza que tipificar estos delitos no solo es una cuestión de castigo, sino de reconocimiento de la existencia y la vulnerabilidad de las poblaciones LGBTQ+. Según Negrete, cuando un Estado tipifica el crimen de odio, envía un mensaje claro: «Existes, te están matando y necesito protegerte».

Diferenciación técnica: Delito autónomo vs. Agravante

Uno de los puntos centrales de la iniciativa es que el crimen de odio no debe considerarse un mero añadido a la pena de un homicidio (agravante), sino un delito con identidad propia, similar a la estructura jurídica del feminicidio.

| Aspecto | Propuesta de Tipo Penal Autónomo |

|—|—|

| Naturaleza | Delito con características y determinación propia. |

| Sanción | Penas equiparables a los delitos más graves, hasta 60 años de prisión. |

| Investigación | Obliga a las fiscalías a analizar el contexto social y el discurso de odio previo. |

| Agravantes Internas | Se consideran factores como la discapacidad o la existencia de una relación afectiva.

La iniciativa argumenta que los crímenes de odio comparten patrones con los feminicidios: violencia sexual previa, mutilaciones, exposición pública de los cuerpos y discursos de odio que buscan poner a la víctima en un estado de indefensión o incomunicación.

Al ser un delito autónomo, el juzgador no tendría que realizar una «medida aritmética» basada en la gravedad de un homicidio común, sino aplicar las sanciones específicas ya determinadas para este tipo penal, permitiendo que las características del crimen sean determinantes desde el inicio del proceso legal

En el marco de la presentación, la secretaria de la Diversidad dijo que los gobiernos que se autodenominan de la «Cuarta Transformación» no pueden ser tales si no incluyen a todas las identidades del acrónimo LGBTQ+.

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admin

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