Por: Dr. Héctor Alejandro Navarro Barrón. Consultor en Educación en Estado de Derecho y Cultura de la Legalidad
En el engranaje del sistema educativo de Chihuahua, los docentes de tecnologías, artes y educación física son los arquitectos silenciosos de la formación integral. Ellos no solo enseñan un contenido; son los guardianes de la salud mental y física de los alumnos, los técnicos que mantienen funcionando la infraestructura y los encargados del «lucimiento» escolar. Sin embargo, este grupo de especialistas, esenciales para la Ley General de Educación (LGE), se encuentra atrapado en una red de precariedad laboral, sobrecarga funcional y una inequidad profesional que clama por atención.
El análisis de su situación no solo revela una injusticia económica, sino un incumplimiento sistemático de los principios de revalorización magisterial promovidos por la federación.
La vulnerabilidad económica comienza con el acceso a la estabilidad laboral. A pesar de que el Congreso de Chihuahua ha reconocido la «grave situación económica por falta de pago salarial» que afecta a los docentes interinos, la vía principal para obtener certidumbre está bloqueada.
La Secretaría de Educación y Deporte (SEyD) ha mantenido una política de ofrecer cero plazas definitivas para la Promoción de Horas Adicionales en la mayoría de las categorías de Adiestramiento. Esto convierte el derecho a la basificación —el nombramiento definitivo tras seis meses y un día de servicio— en una promesa vacía. El maestro, especializado en su materia y asumiendo una responsabilidad legal superior por operar talleres y equipo, sigue atado a contratos por hora-semana-mes inestables, mientras su sueldo base se equipara al de un docente académico sin título y en ocasiones hasta por debajo de los salarios del Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación.
A esta inestabilidad económica se suma una carga funcional que excede por mucho la definición de su puesto, convirtiendo a los docentes de tecnologías, artes y educación física en los comodines de la escuela.
La Ley General de Educación (LGE) exige que la escuela garantice la inclusión mediante la aplicación de ajustes razonables. Mientras que para las asignaturas teóricas esto implica adaptaciones curriculares, para el docente de Artes, Tecnología o Educación Física, el ajuste es material y físico: modificar equipos, adaptar herramientas de taller o reconfigurar espacios deportivos.
El problema legal y moral es que la misma ley establece que estas obligaciones de inclusión deben cubrirse con cargo al presupuesto aprobado, sin que se autoricen recursos adicionales. Esta omisión financiera traslada la carga al docente: él debe diseñar y, en muchos casos, solventar o gestionar las adaptaciones, transformando un mandato legal de equidad en una tarea logística y no remunerada.
La LGE también obliga al Estado a establecer mecanismos que garanticen la «orientación integral y psicológica» de los alumnos, realizando acciones que atiendan y prevengan la violencia. Por la naturaleza de sus asignaturas —especialmente Artes y Educación Física—, que se centran en la corporeidad, la motricidad y la expresión emocional, estos docentes son el canal primario de detección y contención.
Son ellos quienes, de facto, canalizan las emociones, identifican los conflictos de convivencia y gestionan las crisis de salud mental. Esta crítica función de primera respuesta psicosocial, un mandato de la ley, no se traduce en horas de descarga, capacitación especializada obligatoria, ni en un incentivo económico que reconozca la alta responsabilidad que asumen.
Los manuales escolares de antaño les asignan la promoción de actividades cívicas y deportivas. Hoy, esta herencia se traduce en que son los encargados de organizar desfiles, diseñar carteles, montar exposiciones y, peor aún, que los maestros de tecnología y taller terminen realizando labores de mantenimiento menor o reparaciones que competen al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación.
Además, es una práctica frecuente e ilegal obligar a estos docentes a desempeñarse como auxiliares de tutoría de grupo sin la remuneración correspondiente. Dado que la función de tutoría debe ser incentivada económicamente, al imponer esta responsabilidad al personal de adiestramiento, se incumple el carácter remunerado de dicha función y se les exige un trabajo adicional.
Finalmente, la carrera profesional de este grupo enfrenta un muro vertical. A pesar de que las categorías de Adiestramiento figuran en el catálogo de USICAMM como parte de la estructura educativa, en la práctica se les limita el acceso a la Promoción Vertical para puestos de Director, Subdirector o Jefe de Enseñanza. La experiencia en la gestión de talleres, en la coordinación de grandes eventos o en la atención directa a la diversidad—habilidades gerenciales de alto nivel—es devaluada institucionalmente. Al restringir las convocatorias a criterios que favorecen a la docencia académica tradicional, se contradice el espíritu de equidad de la LGSCMM, condenando a estos profesionales a permanecer en la base de la pirámide, sin la oportunidad de utilizar su liderazgo y experiencia en funciones directivas.
La situación de los docentes de Tecnología, Artes y Educación Física en Chihuahua es una asignatura pendiente. El Estado les exige máxima responsabilidad (riesgo legal, inclusión, bienestar socioemocional) pero les niega el mínimo (estabilidad contractual, reconocimiento económico y derecho al ascenso). Urge a la SEyD y a la USICAMM local liberar las plazas congeladas y reestructurar las compensaciones para que la revalorización docente sea una realidad con sustento de ley y no solo un discurso vacío.



