Tiene Chihuahua Constitución incompleta en cuestión de derechos humanos; pide Senado a Congreso local armonizar la Constitución

Chihuahua.- El Congreso del Estado de Chihuahua recibió el exhorto enviado por el Senado para que se armonice la Constitución Política Local a la reforma realizada en materia de derechos humanos y que fue publicada en 10 de junio del 2011 en el Diario Oficial, esto debido a que este estado y otros más no han logrado una armonizacón jurídica completa, lo que simboliza la imposibilidad de la población a exigir y hacer totalmente efectivos sus derechos humanos.

El exhorto presentado en el Senado indica que al lograr la armonización, se podrán identificar y resolver contradicciones entre 
las normas jurídicas a fin de hacer posible que los mandatos o disposiciones jurídicas, fluyan sin obstáculos a través de andamiaje institucional para concretar su eficaz cumplimiento. 

Lo que no ha armonizado Chihuahua es:

Principio de Universalidad
Artículo 1 párrafo 3

La universalidad como principio en asociación con la idea de igualdad permite entender que los derechos humanos deben responder y adecuarse a las demandas de las personas en su contexto. 
De esta manera, la garantía de los derechos humanos está fundada en una exigencia ética y, al mismo tiempo, en una exigencia práctica que coloca al sujeto de derechos en un contexto y 
advierte la necesidad de interpretar los derechos a partir de las necesidades locales.

Principio de Interdependencia
Artículo Constitucional Artículo 1 párrafo 3

La interdependencia señala la medida en la que el disfrute de un derecho en particular o un grupo Descripción de derechos dependen para su existencia de la 
realización de otro derecho o de otro grupo de derechos.

Principio de indivisibilidad
Artículo 1 párrafo 3

El principio de indivisibilidad implica una visión integral de los derechos humanos en la que se encuentran unidos porque, de una u otra forma, los derechos conforman una sola construcción. 
Así, tanto la realización como la violación de un derecho repercute en los otros derechos, más allá de si existe o no una relación de dependencia inmediata entre ellos, pues la indivisibilidad niega cualquier separación, categorización o jerarquía entre los derechos humanos.


Principio de progresividad
Artículo 1 párrafo 3

El principio de progresividad tiene una relación directa con la manera como deben cumplirse las obligaciones estatales en materia de derechos humanos. Las medidas adoptadas deben implementarse dentro de un plazo razonable, ser deliberadas, concretas y orientadas hacia el cumplimiento de sus obligaciones.


Obligaciones a cargo de las autoridades de actuar con base y respeto a los derechos humanos
Artículo 1 párrafo 3

Requiere que las autoridades se abstengan de llevar a cabo acciones que vulneren derechos y,Descripción en paralelo, que no impidan u obstaculicen las circunstancias que hacen posible el goce de los derechos humanos a todas las personas.


La prohibición de toda discriminación motivada por las preferencias sexuales

Artículo 1 párrafo 5

El principio de igualdad y no discriminación tiene 
varios sentidos. En primera instancia, impone a los Estados la obligación de no implementar políticas y medidas discriminatorias o que tengan efectos discriminatorios. Por otro lado, protege a las personas frente a prácticas o conductas discriminatorias por parte de terceras personas, sean agentes Rúblicos o actores no estatales.


La obligación del Estado de fomentar el respeto a los derechos humanos en la educación que imparta
Artículo 3 párrafo 2

La educación relativa a los derechos humanos forma parte del derecho a la educación. Asimismo, el conocimiento de los derechos y las libertades está considerado como un instrumento fundamental para asegurar el respeto de los derechos de todas las personas.


La obligación del Estado de organizar el sistema penitenciario sobre la base del respeto a los derechos humanos
Artículo 18 párrafo 2


La reinserción social, fin del sistema penitenciario, desde la perspectiva de los Derechos Humanos, contiene como ejes de aquélla: el respeto por éstos, la educación, el trabajo, la capacitación para el mismo, la salud y el deporte, bajo la premisa de compurgar las penas cerca de su 
domicilio. 

 

 

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