Desde media mañana y con fallas en la plataforma de la CNSPD ¡Ya fue publicada la Convocatoria de Nuevo Ingreso Docente para el próximo ciclo!

Chihuahua, Chih.- Pese a que a primera hora de este lunes hubo quienes se preocuparon por la no aparición de la de Chihuahua entre las convocatorias para el Ingreso a la Educación Básica para el Ciclo Escolar 2019- 2020 aprobadas y publicadas en la página de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, ésta fue publicada finalmene a media mañana en los términos adelantados por El Puntero el pasado 26 de ferbrero. Aunque con fallas en la página de la CNSPD por el número de visitas simultáneas, la convocatoria de nuevo ingreso de Chihuahua ya se puede consultar en http://servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx/convocatorias/ .

Convocatoria para el Ingreso a la Educación Básica, Ciclo Escolar 2019-2020 
 
C O N V O C A T O R I A  
 
La Secretaría de Educación y Deporte  del  Estado de  Chihuahua, de conformidad con los Artículos 3º, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3º, 14, fracción I Bis, 21 de la Ley General de Educación; 5, 8, fracciones IV, XIV y XIX, 10, fracción V, 13, fracción III, 21, fracción I, 23, 24, 68, 69, fracciones I, IV y VI, 71, 73, 74 y 79 de la Ley General del Servicio Profesional Docente; Ley Estatal de Educación; y 1, 3, 4, 5 y 6 de los Lineamientos para llevar a cabo la evaluación para el ingreso al Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior para el Ciclo Escolar 2019-2020 (LINEE-01-2019), expedidos por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación,  
 
C  O  N  V  O  C  A  

A los egresados de: 
 
? Escuelas Normales del país, públicas y particulares, con reconocimiento de validez oficial  ? Instituciones formadoras de docentes de Educación Básica del país, públicas y particulares, con reconocimiento de validez oficial  ? Instituciones de Educación Superior del país, públicas y particulares, con reconocimiento de validez oficial 
 
Que se requieren para garantizar la impartición de una educación de excelencia en los diferentes niveles educativos, tipo de servicio, modalidad, asignatura o taller, a participar en el Concurso para el Ingreso a la Educación Básica, Ciclo Escolar 2019-2020, de acuerdo con las siguientes: 
 
B A S E S 
 
I. PERFILES (REQUISITOS DE PREPARACIÓN)  
 
Podrán participar los egresados de las Instituciones Educativas del país, públicas y particulares, que cumplan con los siguientes perfiles específicos: 
 

 

Cuando el aspirante cuente con título de Licenciatura no afín a las áreas del conocimiento requeridas para el nivel educativo, tipo de servicio, modalidad, asignatura o taller, podrá acreditarlo con título de Maestría, Doctorado o Posdoctorado, que correspondan a las mismas. 
 
II. REQUISITOS PARA EL INGRESO 
 
1.- Los participantes deberán cumplir con lo siguiente: 
 
1.1 Ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos civiles.  1.2 Disposición para prestar sus servicios en cualquier centro de trabajo de la entidad federativa.  1.3 Tener capacidad para trabajar en un procesador de texto en computadora. 1.4 No ocupar plaza docente, técnico docente, directiva o de supervisión con nombramiento definitivo, o en proceso de obtenerlo, en el Sistema Educativo Nacional, salvo lo establecido en la Base III, subpunto 3.3.   1.5 No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal. 
 
2.- Presentar en la sede designada en el Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente (SNRSPD), la siguiente documentación en original, para cotejo, y copia:  
 
2.1 Identificación oficial vigente: Credencial de Elector, Cédula Profesional o Pasaporte. 2.2 Clave Única de Registro de Población (CURP). 2.3 Acta de Nacimiento, con fecha de emisión no mayor a tres meses. 2.4 Comprobante de domicilio, con fecha de emisión no mayor a tres meses. 2.5 Carta de naturalización, en su caso. 2.6 Título Profesional, Cédula Profesional o Acta de Examen Profesional; los participantes que a la fecha de registro no cuenten con esta documentación deberán presentar Constancia Oficial de Estudios, especificando la fecha de su conclusión, así como la celebración del Examen Profesional los cuales necesariamente tendrán que ser anteriores al Inicio del Ciclo Escolar 2019-2020. 2.7 Para el caso de la asignatura de Segunda Lengua, Inglés, Certificación Nacional del Nivel de Idioma (CENNI), como mínimo nivel 12; dicho comprobante, es emitido por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR), de la Secretaría de Educación Pública (www.cenni.sep.gob.mx). Deberá ser entregado necesariamente al momento del registro, en su defecto al momento del ingreso al servicio público educativo.   2.8 Carta de aceptación de las Bases de la presente Convocatoria (ésta le será proporcionada al momento de su registro). 2.9 Ficha para el registro que se obtiene a través del SNRSPD al concluir el pre-registro. 2.10 Cuatro fotografías recientes tamaño infantil, de frente, en blanco y negro. 
 
2.11 Carta bajo protesta de decir verdad, de NO ocupar plaza docente, técnico docente, directiva o de supervisión, con nombramiento definitivo, o en proceso de obtenerlo, en el Sistema Educativo Nacional, salvo lo establecido en la Base III, subpunto 3.3.  2.12  Manifestar al momento de su pre-registro su aceptación o no, para hacer públicos sus datos personales; ello con independencia del resultado y recomendación individual que se derive de su evaluación para el ingreso. 
 
3. La Autoridad Educativa Local determinará los requisitos específicos asociados a la asignación de plazas una vez obtenido el nivel de resultado requerido en el Concurso. 
 
III. CATEGORÍAS A CONCURSO 
 
1. Para el Ingreso al Servicio en la Educación Básica en el Ciclo Escolar 2019-2020, a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria se someten a Concurso: 

 
También se ocuparán, con base en los resultados del concurso, las plazas de jornada y por hora/semana/mes, de nueva creación, las vacantes definitivas y las temporales que se generen hasta el 31 mayo de 2020.  
 
2. En el proceso de ingreso previsto en la presente Convocatoria quedan comprendidas plazas de jornada y por hora/semana/mes, de nueva creación, vacantes definitivas y temporales existentes al momento de expedir la Convocatoria, de conformidad con los criterios que fije la Secretaría de Educación Pública en cumplimiento a los lineamientos establecidos por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. 
 
3. Se convoca a este proceso de ingreso, también a la participación de quienes desempeñen funciones docentes o técnico docentes o de apoyo y asistencia a la educación o equivalente en la Educación Básica, que se encuentren en alguna de las siguientes condiciones: 
 
3.1 Ocupar plaza de jornada con nombramiento temporal, sin ostentar otra de jornada con nombramiento definitivo. 
 
3.2 Ocupar plaza de jornada con nombramiento temporal y ostentar otra(s) por hora/semana/mes con nombramiento temporal. 
 
3.3 Ocupar plaza(s) por hora/semana/mes con nombramiento definitivo e inclusive temporal. 
 
3.4 Ocupar plaza de apoyo y asistencia a la educación o equivalente. 
 
Quienes encontrándose en cualquiera de las cuatro condiciones establecidas anteriormente en la evaluación de ingreso a la Educación Básica obtengan el resultado previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente, serán sujetos a ocupar las vacantes de nueva creación o definitivas disponibles, siempre y cuando causen baja en las plazas que ocupan en los términos señalados en los puntos anteriores.  
 
4. Los docentes o técnico docentes en servicio comprendidos en las condiciones previstas en el punto 3 de esta Base, que no obtengan el resultado previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente en la evaluación de ingreso a la Educación Básica, serán sujetos de lo siguiente: 
 
4.1. El personal con nombramiento(s) definitivo(s), temporal(es), provisional(es) en la(s) plaza(s) que ocupa, con efectos ilimitados continuará desempeñando sus funciones en el servicio público educativo; la Autoridad Educativa deberá ofertarle procesos específicos de Formación Continua y Capacitación, para fortalecer su práctica docente. 
 
4.2. El personal con nombramiento(s) temporal(es) en la(s) plaza(s) que ocupa, cuya vigencia de nombramiento sea posterior a la fecha de publicación de los resultados de esta Convocatoria, continuará prestando sus servicios hasta el término de vigencia del nombramiento y podrá participar en los posteriores Concursos para el Ingreso a la Educación Básica. 
 
5. En caso de participar simultáneamente en Concursos de Ingreso y Promoción en Educación Básica o en Educación Media Superior y obtenga resultado favorable en ambos, se da al participante la opción de elegir uno de los dos beneficios, el que más convenga a sus intereses. 
 
6. Las plazas docentes a concurso por nivel educativo, tipo de servicio, modalidad, asignatura y taller, se detallan en los cuadros siguientes: 

IV. ETAPAS, ASPECTOS, MÉTODOS E INSTRUMENTOS  

Los perfiles, parámetros e indicadores publicados en la página electrónica del Sistema Nacional del Registro del Servicio Profesional Docente, www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx, publicados al 1 de febrero de 2019, se constituyen en el referente para los Concursos de Oposición para el Ingreso al Servicio Profesional Docente, Ciclo Escolar 2019-2020. 
 
1. Etapas, métodos e instrumentos del proceso de evaluación para docentes y técnicos docentes 
 
El proceso de evaluación para el Ingreso a la Educación Básica, Ciclo Escolar 2019-2020, consta de tres etapas: La etapa uno y la etapa dos son parte del examen nacional; la etapa tres consiste en la aplicación de un examen complementario o adicional. Las tres etapas se explican a continuación: 
 
1.1 Etapa 1. Aplicación del Examen nacional de conocimientos y habilidades para la práctica docente  
 
Esta etapa consiste en la aplicación de un examen estandarizado, aplicado en línea, autoadministrable y controlado por un aplicador. Consta de un promedio de 120 reactivos que evalúan el nivel de dominio sobre los contenidos y los enfoques de enseñanza propios del nivel o disciplina, además de las capacidades y habilidades para la intervención didáctica. En este examen se evalúan las dimensiones 1 y 2 del perfil de docentes y técnicos docentes, las cuales son:  Dimensión 1. Un docente que conoce a sus alumnos, sabe cómo aprenden  y lo que deben aprender.  Dimensión 2. Un docente que organiza y evalúa el trabajo educativo, y realiza una intervención didáctica pertinente.  Este examen se aplica a docentes y técnicos docentes de forma diferenciada, es decir, de acuerdo al perfil, parámetros e indicadores específicos de cada uno. El instrumento de evaluación para esta etapa tiene distintos tipos de reactivos, estos son de opción múltiple con cuatro opciones de respuesta, donde solo una es la correcta. 
 
1.2 Etapa 2. Aplicación del Examen nacional de habilidades intelectuales y responsabilidades éticoprofesionales  Es un examen estandarizado, aplicado en línea, autoadministrable y controlado por un aplicador. Consta de un promedio de 120 reactivos de opción múltiple con cuatro opciones de respuesta, donde solo una es la correcta. 

En esta etapa se evalúan las habilidades intelectuales del docente, sus capacidades para la comunicación, el estudio, la reflexión y la mejora continua de su práctica, así como las actitudes necesarias para el ejercicio de la profesión docente, la gestión escolar y los vínculos con la comunidad, así como sus responsabilidades éticas y legales. En este examen se evalúan las dimensiones 3, 4 y 5 del perfil de docentes y de técnicos docentes, que son:  Dimensión 3. Un docente que se reconoce como profesional que mejora continuamente para apoyar a los alumnos en su aprendizaje.  Dimensión 4. Un docente que asume las responsabilidades legales y éticas inherentes a su profesión para el bienestar de los alumnos.  Dimensión 5. Un docente que participa en el funcionamiento eficaz de la escuela y fomenta el vínculo con la comunidad para asegurar que todos los alumnos concluyan con éxito su escolaridad.  El examen de habilidades intelectuales y responsabilidades ético-profesionales es común para todos los sustentantes, docentes y técnicos docentes. 
 
1.3 Etapa tres 
 
La modalidad de Educación Indígena  es la única en que se aplica la evaluación complementaria o adicional; Para este caso se aplicará la rúbrica de evaluación del dominio de la Lengua.  La evaluación está organizada en dos fases, en las cuales los sustentantes utilizan diversos instrumentos que sirven para demostrar su dominio (lectura, escritura, expresión oral y comprensión auditiva) de la lengua indígena objeto de evaluación. Las características específicas de estos instrumentos se describen en el apartado VIII de esta Convocatoria.  
 
2. Aspectos para las evaluaciones 
 
Los aspectos considerados para la evaluación están centrados en las cinco dimensiones que componen el Perfil de Ingreso a los niveles y modalidades de la Educación Básica, y se describen a continuación: 
 
Aspectos de la etapa uno: 
 
Dimensión 1. Un docente que conoce a sus alumnos, sabe cómo aprenden  y lo que deben aprender.  En esta dimensión, se examinarán los conocimientos, habilidades y actitudes del sustentante sobre: 1.1 Reconoce los procesos de desarrollo y de aprendizaje de los alumnos 1.2 Identifica los propósitos educativos y los enfoques didácticos de la educación… 1.3 Reconoce los contenidos del currículo vigente 
 
Dimensión 2. Un docente que organiza y evalúa el trabajo educativo, y realiza una intervención didáctica pertinente.  En esta dimensión, se examinarán los conocimientos, habilidades y actitudes del sustentante sobre: 2.1 Define formas de organizar la intervención docente para el diseño y el desarrollo de situaciones de aprendizaje 2.2 Determina cuándo y cómo diversificar estrategias didácticas 2.3 Determina estrategias de evaluación del proceso educativo con fines de mejora 2.4 Determina acciones para la creación de ambientes favorables para el aprendizaje en el aula y en la escuela. 
 
Aspectos de la etapa dos: 
 
Dimensión 3. Un docente que se reconoce como profesional que mejora continuamente para apoyar a los alumnos en su aprendizaje.  En esta dimensión, se examinarán los conocimientos, habilidades y actitudes del sustentante sobre: 3.1 Explica la finalidad de la reflexión sistemática sobre la propia práctica profesional 3.2 Considera al estudio y al aprendizaje profesional como medios para la mejora de la práctica educativa 3.3 Se comunica eficazmente con sus colegas, los alumnos y sus familias 
 
Dimensión 4. Un docente que asume las responsabilidades legales y éticas inherentes a su profesión para el bienestar de los alumnos.  En esta dimensión, se examinarán los conocimientos, habilidades y actitudes del sustentante sobre: 4.1 Reconoce que la función docente debe ser ejercida con apego a los fundamentos legales, los principios filosóficos y las finalidades de la educación pública mexicana 4.2 Determina acciones para establecer un ambiente de inclusión y equidad, en el que todos los alumnos se sientan respetados, apreciados, seguros y con confianza para aprender 4.3 Reconoce la importancia de que el docente tenga altas expectativas sobre el aprendizaje de todos sus alumnos 4.4 Reconoce el sentido de la intervención docente para asegurar la integridad de los alumnos en el aula y en la escuela, y un trato adecuado a su edad 
 
Dimensión 5. Un docente que participa en el funcionamiento eficaz de la escuela y fomenta el vínculo con la comunidad para asegurar que todos los alumnos concluyan con éxito su escolaridad.  En esta dimensión, se examinarán los conocimientos, habilidades y actitudes del sustentante sobre: 5.1 Distingue los factores asociados a la gestión escolar que contribuyen a la calidad de los resultados educativos 

5.2 Reconoce acciones para aprovechar los apoyos que brindan padres de familia e instituciones cercanas a la escuela para la mejora de los aprendizajes 5.3 Reconoce las características culturales y lingüísticas de la comunidad y su vínculo con la práctica educativa 

          Aspectos de la etapa tres: 
 
Lengua Indígena    Dimensión  1. Un docente que conoce a sus alumnos, sabe cómo aprenden y lo que deben aprender.  En esta dimensión, se examinarán los conocimientos, habilidades y actitudes del sustentante sobre: 1. LI.  C  Emplea la lengua indígena como medio para comunicarse con los educandos y sus familias. 
 
V. PRE-REGISTRO 
 
Todo aspirante deberá pre-registrarse, vía internet a través del SNRSPD, exclusivamente en la página electrónica: www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de esta Convocatoria hasta el 22 de marzo de 2019.  
 
El SNRSPD solicitará la CURP y, en su caso, facilitará una liga para consultarla o tramitarla; ésta será la clave de su registro. La CURP constituye la clave para ingresar y realizar consultas en el SNRSPD. 
 
El aspirante decidirá en qué nivel educativo, tipo de servicio, modalidad, asignatura o taller, desea participar para el ingreso y aceptar, en todos sus términos, las Bases de la presente Convocatoria.  
 
Al concluir este trámite, el SNRSPD le asignará el comprobante de pre-registro que deberá imprimir, donde se indicará la sede de registro, fecha y hora en que tendrá que presentar su documentación comprobatoria y en la que deberá recoger su ficha de examen nacional y, en su caso, ficha del examen complementario. 

VI. REGISTRO Y SEDES DE REGISTRO 
 
Del 15 al 29 de marzo de 2019, el aspirante a ingresar a la Educación Básica, acudirá a la sede de registro correspondiente para recibir su ficha de examen nacional y para seleccionar la sede de aplicación de los instrumentos de evaluación. Para ello, deberá presentar la documentación especificada en la Base II de esta Convocatoria, en el entendido de que la misma se recibirá con la reserva de verificar su autenticidad. Cuando se compruebe que un aspirante haya proporcionado información o documentación apócrifa o falsa, quedará eliminado del concurso en cualquiera de sus fases, incluso si ya se le hubiese otorgado un nombramiento, éste se invalidará, sin perjuicio de las sanciones de tipo administrativo o penal en las que pudiera incurrir. 
 
El aspirante deberá acudir para el registro a una de las siguientes sedes para realizar su trámite, de acuerdo a la fecha y hora indicada en la ficha: 

 

La Secretaría de Educación y Deporte del Estado de Chihuahua, de acuerdo a la demanda de participación en el Concurso, se reserva la facultad de abrir sedes de registro adicionales. 
 
VII. SESIONES PARA LA APLICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN  
 
La evaluación para el Ingreso a la Educación Básica, se llevará a cabo del 18 de mayo al 2 de junio de 2019 en todas las Entidades Federativas, de manera simultánea y considerando el horario del centro del país. 
 
Los horarios de aplicación de los exámenes son los siguientes: 
 
a) Examen de conocimientos y habilidades para la práctica docente de 9:00 a 12:00 (Día 1). b) Examen de habilidades intelectuales y responsabilidades ético-profesionales de 13:00 a 16:00 (Día 1). c) Examen complementario de Educación Preescolar Indígena y Primaria Indígena, podrá existir una ampliación de tiempo, dependiendo del número de sustentantes. (Día 2). 
 
Después de la hora establecida para el inicio, no se permitirá el acceso de sustentantes a la sede de aplicación. 
 
El participante deberá presentarse una hora antes del horario establecido para la aplicación de cada examen, es decir a las 8:00 (horario del centro del país); mostrará la ficha de examen nacional y una identificación oficial vigente con fotografía: credencial de elector, cédula profesional o pasaporte, para realizar las evaluaciones correspondientes a las etapas uno y dos. En caso de aplicar examen complementario o adicional presentará la ficha del examen correspondiente y su identificación oficial con fotografía.   El tiempo máximo que se otorgará al sustentante para resolver cada examen nacional será de tres horas; los sustentantes con ceguera o limitación severa de la función visual tendrán una hora adicional. 
 
Durante la aplicación del examen, no se permitirá a los aspirantes el uso de libros o cualquier tipo de material impreso, así como teléfono celular u otro tipo de dispositivo electrónico y de comunicación. 
 
 
VIII. EVALUACIONES COMPLEMENTARIAS O ADICIONALES (Únicamente poner esta Base si aplica, y solo los tipos de evaluación que correspondan).   
 
En Prescolar Indígena y Primaria Indígena, el sustentante deberá presentar un examen complementario o adicional a los exámenes nacionales.  
 
Los exámenes complementarios o adicionales están diseñados con base en los siguientes parámetros e indicadores complementarios autorizados por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación: 


 
Al momento de su registro se emite al sustentante una ficha de examen complementario para esta evaluación adicional. 
 
IX. SEDES DE APLICACIÓN PARA LOS EXÁMENES 
 
La sede de aplicación que corresponda a cada sustentante se asignará en el proceso del registro definitivo y tendrá que confirmarse a través del SNRSPD, en la página electrónica: www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx, a partir del 6 de mayo de 2019. La Secretaría de Educación y Deporte del Estado de Chihuahua, de acuerdo a la demanda de participación en el Concurso, se reserva la facultad de modificar sedes de aplicación. 
 
Las sedes de aplicación para esta etapa del concurso se presentan a continuación: 
 
No. de sede 
Nombre 
Domicilio Calle/No./Colonia/C.P./Municipio/Entidad Federativa    
 
La sede de aplicación para cada sustentante se asignará en el momento del registro definitivo; en caso de presentar evaluación complementaria o adicional, el aspirante también recibirá la asignación de la sede que corresponda para dicha evaluación. Tanto la ficha de examen nacional como la de examen complementario, contendrán el nombre y dirección de la sede de aplicación a la cual deberá presentarse el aspirante. 
 
X. GUÍAS DE ESTUDIO Y BIBLIOGRAFÍA DE APOYO 
 
El aspirante registrado podrá obtener gratuitamente las guías para los exámenes motivo de esta Convocatoria, en la página electrónica: www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx. Dichas guías contendrán la lista de temas y la bibliografía que los aspirantes podrán consultar para su preparación. 
 
XI. PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN 
 
La calificación de la evaluación nacional se establecerá de acuerdo con los Criterios y procedimientos técnicos que determine el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, conforme al artículo 24 de los Lineamientos para llevar a cabo la evaluación para el Ingreso al Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior para el Ciclo Escolar 2019-2020 LINEE-01-2019. Los criterios se podrán consultar en la página electrónica www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx. 
 
Los resultados obtenidos por los sustentantes serán definitivos e inapelables. Los aspirantes podrán interponer el recurso de revisión, en el entendido que éste se refiere exclusivamente a la correcta aplicación del proceso de evaluación, no de su resultado, con base en lo estipulado en los Artículos 80, 81 y 82 de la Ley General del Servicio Profesional Docente. 

XII. CRITERIOS DE DESEMPATE 
 
Los criterios de desempate de la evaluación se establecen en los Criterios señalados en la Base XI de esta Convocatoria. 
 
XIII. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS 

Los resultados del Concurso para el Ingreso a la Educación Básica, Ciclo Escolar 2019-2020, se publicarán a través del SNRSPD en la página electrónica: www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx, al 17 de julio de 2019.  
 
La vigencia de los resultados será del 16 de agosto de 2019 al 31 de mayo de 2020 
 
La emisión del dictamen de los resultados individualizados de la evaluación nacional, y en su caso, de la evaluación complementaria o adicional, corresponde a la Secretaría de Educación Pública. Los dictámenes se elaborarán para todos los aspirantes y serán acompañados de observaciones generales que les permitan identificar los conocimientos y habilidades profesionales que necesiten fortalecer. 
 
El dictamen de los resultados individualizados se entregará únicamente a cada aspirante. La información de datos personales estará sujeta a las disposiciones en materia de información pública, transparencia y protección de datos personales.  
 
XIV. CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE PLAZAS 
 
La asignación de plazas se realizará únicamente a los aspirantes que obtengan el resultado previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente en el Concurso para el Ingreso a la Educación Básica. Asimismo, la ocupación de las plazas se deberá realizar con estricto apego a las listas de prelación, que resulten del Concurso de Ingreso, según lo dispuesto en el artículo 23, fracción I, de la Ley citada. Las listas de prelación que se deriven de este Concurso tendrán vigencia del 16 de agosto de 2019 hasta el 31 de mayo de 2020. 
 
Las listas de prelación incluirán a los aspirantes con puntuación igual o mayor a la que establezca el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación por: nivel educativo, tipo de servicio, modalidad, asignatura, o taller. En el caso de Educación Indígena, se integrará una lista de prelación por lengua y variante con los resultados obtenidos por los sustentantes en la evaluación complementaria o adicional. 
 
Las plazas se ocuparán con los aspirantes al servicio público educativo, de conformidad con las necesidades en los niveles y modalidades de la Educación Básica, a la naturaleza de las plazas vacantes disponibles, definitivas y temporales, y en función de los resultados obtenidos por los participantes para el ingreso a funciones docentes y técnico docentes.  
 
En esta Convocatoria se señala, para algunas funciones docentes y técnico docentes, la inexistencia de vacantes a la fecha de su publicación; sin embargo, la vigencia de los resultados obtenidos en el presente concurso es al 31 de mayo de 2020. Por lo tanto, la incorporación al servicio de la Educación Básica dependerá totalmente de las vacantes que se generen durante el Ciclo Escolar 2019-2020. 
 
El procedimiento para la asignación de plazas con efectos a partir del 16 de agosto de 2019 será público; en el que los sustentantes de acuerdo a los espacios disponibles, en estricto orden de prelación, podrán elegir su adscripción, la cual tendrá el carácter de provisional.  

Se dará prioridad en la ocupación de las plazas de nueva creación y vacantes sin titular, a los sustentantes que hayan obtenido los mayores puntajes en los resultados de la evaluación de ingreso.  
 
Con posterioridad al 16 de agosto de 2019, la Secretaría de Educación y Deporte del Estado de Chihuahua, de acuerdo a las vacantes que se vayan generando, convocará a quienes continúen en el orden de prelación para su ingreso al servicio público educativo, observando, en todo momento, lo establecido en el párrafo que antecede. En términos del artículo 23, fracción I de la Ley General del Servicio Profesional Docente, la adscripción de la plaza tendrá vigencia durante el Ciclo Escolar en que sea asignada y el docente podrá ser readscrito, posteriormente, conforme a las necesidades del servicio.    
 
Los sustentantes que no acepten las condiciones para su incorporación al servicio, serán eliminados del proceso de Ingreso a la Educación Básica; para el efecto, deberán manifestar por escrito su no aceptación ante la Secretaría de Educación y Deporte del Estado de Chihuahua. 
 
En el caso de que haya vacantes de nueva creación o definitivas y no existan aspirantes en las listas de prelación, su ocupación se podrá realizar con candidatos que reúnan los requisitos de preparación establecidos en la presente Convocatoria para las funciones docentes o técnico docentes de cada nivel educativo, tipo de servicio, modalidad educativa, asignatura o taller. El tipo de nombramiento con que se ocuparán será por tiempo fijo y con una duración que no podrá exceder del tiempo remanente y hasta la conclusión del Ciclo Escolar 2019-2020.  
 
XV. OBSERVADORES  
 
Podrán participar como observadores del Concurso motivo de esta Convocatoria, representantes de organizaciones no gubernamentales, de la sociedad civil y de padres de familia, así como de universidades públicas, conforme lo establece el Título III, en sus Artículos del 27 al 36, de los Lineamientos para llevar a cabo la evaluación para el ingreso al Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior para el Ciclo Escolar 2019-2020. (LINEE-012019), expedidos por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. 
 
XVI. CONSIDERACIONES GENERALES  
 
Todos los trámites relacionados con la presente Convocatoria son gratuitos.  
 
La vía de comunicación entre la Autoridad Educativa y los aspirantes para el Ingreso al servicio público educativo, Ciclo Escolar 2019-2020, serán el correo electrónico y el (los) número(s) de teléfono(s) (celular y fijo), que aporten desde el momento de su pre-registro al concurso. Es responsabilidad de los propios aspirantes la precisión y certeza de la información proporcionada, la cual será necesaria para la comunicación en el marco de este proceso de ingreso. 
 
Lo no previsto en la presente Convocatoria, será resuelto por la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Educación y Deporte del Estado de Chihuahua, de acuerdo a sus ámbitos de competencia. 
 
México, 11 de marzo de 2019 

Nota anterior relacionada:

http://elpuntero.com.mx/n/93154/no-la-publicaran-hasta-el-11-de-marzo-pero-aqui-esta-el-borrador-de-convocatoria
 
DR. CARLOS GONZÁLEZ HERRERA 

SECRETARIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTE  DEL ESTADO DE CHIHUAHUA 

izmir escort