Documento: Admitió presidente de SCJN controversia del Ejecutivo de Peña Nieto para "superblindaje" de funcionarios y ex funcionarios federales ante posibles acciones desde Chihuahua

Chihuahua, Chih.- El Puntero tuvo acceso al acuerdo por el que el pasado jueves 11 de octubre el Ministro Luis María Aguilar Morales, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aceptó y admitió a trámite la controversia constitucional 183/2018 promovida por la Federación por conducto del Poder Ejecutivo Federal de Enrique Peña Nieto para evitar cualquier tipo de acción – investigaciones, averiguaciones, carpetas de investigación, solicitudes de información, citatorios, órdenes de aprehensión,…- por parte del gobierno del Estado de Chihuahua, su Fiscalía General del Estado y el Poder Judicial de Chihuahua en contra de cualquier “actuales o anteriores funcionarios públicos federales” por cualquier cuestión que tenga que ver directa o indirectamente con su función.

La admisión a trámite, avalada por Leticia Guzmán Miranda, Secretaria de la Sección de Trámite 9 Controversias Constitucionales y Acciones de lnconstitucionalidad de la Subsecretaría General de Acuerdos, busca y contempla una total, absoluta y general protección ante cualquier indagatoria contra funcionarios y ex funcionarios federales, como se puede comprobar por la extensa lista de actos y acciones que se impugnan en la controversia:

“Ciudad de México, a once de octubre de dos mil dieciocho.

Con el oficio de demandados de cuenta, fórmese y regístrese el expediente relativo a la controversia constitucional que hace valer Misha Leonel Granados Fernández, quien se ostenta como Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, en contra de los Poderes Ejecutivo, por conducto del Gobernador y la Fiscalía General, y Judicial, a través de sus diversos juzgados, todos del Estado de Chihuahua, en la que impugna lo siguiente:

-Del Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua:

a. Las investigaciones, averiguaciones, carpetas de investigación, solicitudes de información, órdenes de investigación y solicitudes de colaboración que refieran, mencionen o relacionen a actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

b. La emisión de citatorios existentes o inminentes respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

c. La emisión de órdenes de detención, existentes o inminentes respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

d. La solicitud de órdenes de aprehensión existentes o inminentes respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

e. La solicitud de órdenes de arraigo existentes o inminentes respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

f. La comunicación de cualquier tipo que refieran funcionarios de dicha entidad demandada al Gobernador aquí demandado y a otros sujetos  cualquiera que sea su función respecto de las actuales o inminentes  investigaciones, averiguaciones, carpetas de investigación, solicitudes de información, órdenes de investigación y solicitudes de colaboración que refieran, mencionen o relacionen a actuales o anteriores funcionarios  públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el  ejercicio de sus funciones.

g. La participación de funcionarios de la Fiscalía en reuniones donde se analice, con personas ajenas a la misma, incluyendo al Gobernador del Estado, la situación de las actuales o inminentes investigaciones, averiguaciones, carpetas de im1estigación, solicitudes de información, órdenes de investigación y solicitudes de colaboración que refieran, mencionen o relacionen a actuales o anteriores funciona1ios públicos  federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de  sus funciones.

Del C. Gobernador del Estado efe Chihuahua:

- Su intervención directa o indirecta, pública o privada, actual o inminente, en investigaciones, averiguaciones, cari etas de investigación, solicitudes de información, órdenes de investigación y solicitudes de colaboración que refieran, mencionen o relacionen actuales o anteriores funcionarios públicos federales que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

Del Poder Judicial del Estado de Chihuahua:

- La emisión de citaciones, ordenes de aprehensión, presentación o arraigo respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.”

Controversia que fue admitida a trámite por el presidente de la SCJN,  el Ministro Luis María Aguilar Morales y la secretaria de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y Acciones de lnconstitucionalidad de la Subsecretaría General de Acuerdos en los siguientes términos:

“Con fundamento en los artículos 241 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones 1 y 11 del Artículo 10!5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, párrafo primero2, del Reglamento Interior de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, túrnese este expediente **********para que instruya el procedimiento correspondiente, de acuerdo con el registro que al efecto se lleva en la Subsecretaría General de Acuerdos de este Alto Tribunal.

Notifíquese, por lista.

Lo proveyó y firma el Ministro Luis María Aguilar Morales, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien actúa con Leticia Guzmán Miranda, Secretaria de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y Acciones de lnconstitucionalidad de la Subsecretaría General de Acuerdos de este Alto Tribunal que da fe.”

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