Revisarán Laura Marín y Fiscal General el dictamen para castigar con cárcel a quienes conduzcan en estado de ebriedad

Chihuahua, Chih.- Esta tarde la diputada presidenta de la Comisión de Justicia, dio a conocer que en próximas fechas se estará reuniendo con el Fiscal General del Estado, esto con la finalidad de analizar de manera conjunta el dictamen, por medio del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal del Estado, a fin de crear el tipo penal de conducción de vehículo automotor en estado de ebriedad.

Lo anterior, luego de que diera a conocer que fue el propio titular de la FGE quien le dijera que se incrementaría gradualmente el número de detenciones de personas que manejen en algún estado de ebriedad y/o bajo la estupefacientes.

Cabe destacar que según el dictamen que estaría siendo presentado este día en el Pleno del Poder Legislativo contempla   que toda aquella persona quien de forma reiterada conduzca un vehículo de motor en estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que impidan o perturben su adecuada conducción, se le aplicará una pena de prisión de seis meses a dos años, multa de cien a doscientos unidad de medida y actualización, trabajo a favor de la comunidad y la suspensión de los derechos para conducir vehículos de motor hasta por el término de dos años.

Asimismo se dijo que, el conductor no será castigado la primera vez cuando no haya provocado daño en las personas o en las cosas, pero la autoridad aprehensora lo presentará ante la Autoridad Administrativa Municipal que determinen los reglamentos, quien le formará registro para establecer antecedente, apercibiéndole formalmente y por escrito de que si incurre de nuevo en esta conducta dentro del plazo de un año, será consignado ante el Agente del Ministerio Público del fuero común.

Finalmente, se menciona que cuando se cometa homicidio por la conducción de vehículo de motor en estado de ebriedad, se aplicará la pena de seis a ocho años de prisión, multa de cuatrocientos a seiscientos unidad de medida y actualización y la suspensión de los derechos para conducir vehículos de motor por un lapso igual a la pena de prisión impuesta.

 

 

 

 

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