Situación del ex boxeador José Luis “Piluyo” Juárez

-Su contrato laboral finalizó en el 2017 por incumplimiento de metas y carencia de logros.

Chihuahua.- En relación a los señalamientos vertidos por el ex pugilista profesional José Luis Juárez, el Instituto Chihuahuense del Deporte y Cultura Física (ICHD), precisa los siguientes datos:

En enero del 2011, el gimnasio “Cristian Bejarano Benítez” abrió sus puertas en la Unidad Deportiva “José Pistolas Meneses”, donde el ICHD designó a Juárez Payán como responsable de su operación.

El ex pugilista José Luis Juárez Payán era empleado del Instituto Chihuahuense del Deporte y Cultura Física desde el día 1 de noviembre del 2004 con la categoría de personal especializado y como personal de confianza.

El término de la relación laboral con él, se dio el 21 de febrero de 2017 tras una evaluación a su desempeño donde se detectó inclumplimiento de horario, cifras de atención a niños, jóvenes y adultos por debajo de los parámetros, carencia de logros deportivos, además de no presentar informes financieros de operación del inmueble.

“En diferentes ocasiones personal del Instituto se trasladó a las instalaciones del gimnasio para verificar las acciones de atención a la población y éstas permanecian cerradas o solo contaban con ocho asistentes, algunos de ellos, hijos del propio Juárez, hicimos una evaluación a su desempeño como entrenador y detectamos que no estaba aportando resultados positivos a la selección estatal”, dijo el Director del ICHD.

El personal de Recursos Humanos se vio obligado a presentarse en el área de la Subdirección de Desarrollo del Deporte para informarle sobre su separación del cargo que venía desempeñando.

“En el mes de marzo citamos a “Piluyo” a mi oficina donde le expusimos los motivos de su término laboral con el Instituto, aceptando no cumplir con los horarios, no contar con la asistencia de usuarios por falta de promoción y por consecuencia no obtuvo los resultados deportivos esperados”, añadió el directivo.

“Se le ofreció su liquidación que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo le corresponde, siendo en este caso particular la cantidad de $136,075.56, a lo que José Luis Juárez Payan señaló que no estaba conforme y que quería que se le pagara la cantidad de $180,000.00 (ciento ochenta mil pesos), sin fundamento alguno”, finalizó.

Con fecha 27 de marzo del 2017, Juárez Payán presentó demanda laboral en contra del Instituto Chihuahuense del Deporte y Cultura Física, siendo radicada el 28 de septiembre de 2017 y asignándose el número 1/17/3846 ante la Junta Local de Conciliación número 1. Cabe destacar que en ningún momento él ha manifestado la voluntad de llegar a algún arreglo conciliatorio.

Justificación de la Liquidación

Artículo 49.- El patrón quedará eximido de la obligación de reinstalar al trabajador, mediante el pago de las indemnizaciones que se determinan en el artículo 50 en los casos siguientes:

III. En los casos de trabajadores de confianza;

Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán:

I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;

II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y

III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley.

Es menester que los cálculos se realizan bajo un salario diario de $376.77 a la fecha de la terminación de la relación laboral.
 

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