Si hay alguna responsabilidad será la de la Secretaría de Hacienda: Gabriel Sepúlveda

Chihuahua, Chih.- "Si hay alguna responsabilidad será la de la aludida Secretaría", indicó en un comunicado Gabriel Sepúlveda, ex presidente del Tribunal Superior de Justicia y a quién está señalando el Consejo de la Judicatura por peculado, en relación a la Secretaría de Hacienda, quien tuvo la intervención en las licitaciones, adjudicaciones, adquisiciones, contrataciones, pagos del equipo que se señala obsoleto.
 
En ejercicio del derecho de replica que me confiere el articulo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y debido a que el Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia omitió inexplicablemente respetar mi derecho de audiencia previsto en el segundo párrafo del articulo 14 de la Carta Magna, en relación al Acuerdo mediante el cual se me suspendió de mis funciones como Magistrado, me permito manifestar lo siguiente
 
1. El 8 día de diciembre de 2015 fui electo y nombrado Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado por el Pleno de Magistrados del Poder Judicial.
 
2. Para dicha fecha, ya estaban elaborados por el anterior Presidente los proyectos sobre lo que requería el Tribunal Superior para la adquisición de una bóveda de  almacenamiento masivo de video digital para audiencias de oralidad penal del estado, así como también elaborado el proyecto de remodelación del Hotel Maceira para el Instituto de la  Defensoría Pública; los cuales fueron presentados a concurso en la Secretaría Técnica del Consejo para la Implementación del Sistema de Justicia Pena,l en mayo de 2015 por el licenciado Yamir Roberto Aguirre Flores, y en el que se cotizó en $14,246,887.60  de pesos y se solicitó el copago del 50%.
De tal suerte que, en dicho momento al no ser yo Presidente del TSJ, no participé en ninguna etapa del proyecto de lo que resulta imposible inferir mi participación “en inflar los precios” como dolosamente se dijo. 
 
3. Debido a la urgencia por el cierre del año, con el objeto de que los recursos ya aprobados por el CISPEN Fedaral a favor del Poder Judicial Local no se perdieran por no ejercerse en el año en turno, y también para que en sinergia con el Gobierno  Federal (CISPEN federal) se adquiriera la bóveda de almacenamiento masivo de video digital de audiencias de oralidad penal, así como también para adquirir los recursos para remodelar el Hotel Maceira en el Instituto de Defensoría Publica, el 11 de diciembre de 2015 (tres días después de ser nombrado presidente) se puso a consideración del Pleno del Tribunal Superior de Justicia autorizar el pago del 50% de los fondos que fueron presupuestados según el estudio realizado por el anterior Presidente del TSJ, José Miguel Salcido Romero, ya que el suscrito al momento de la aprobación de dicho acuerdo del Pleno, tenía apenas tres días de Presidente, por lo que no pude haber realizado el proyecto de remodelación del Hotel Maceira para el Instituto de Defensoría Publica, ni tampoco pude influir en lo que se había determinado para su costo, ni en el proyecto de bóveda de almacenamiento masivo de video digital de audiencias de oralidad penal, ni tampoco en el costo de éste, ya que estos fondos fueron presupuestados por el anterior Presidente del Tribunal, para la adquisición y la remodelación antes mencionadas, toda vez que el restante 50% de los fondos necesarios serían aportados por el Gobierno Federal (CISPEN federal), tal como quedó expuesto anteriormente.
 
4. Una vez autorizada dicha erogación por unanimidad por el Pleno de Magistrados que conforma el TSJ, y que como Presidente mi responsabilidad era cumplir la ejecución de dichos acuerdos de conformidad con la fracción XI del artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, fue que se depositó el dinero correspondiente a la Secretaria de Hacienda del estado ya que el titular de dicha Secretaría es el Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso del estado (CISPEN estatal) a partir de que los fondos fueron enviados al Fideicomiso para la Implementación del Sistema de Justicia Penal Federal en el Estado, motivo por el cual ni el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y el Pleno como tal tuvimos injerencia alguna en la licitación, adjudicación directa, contratación y mucho menos el pago que se realizo a INFOCOM S.A. de C.V. por la prestación de tal servicio, toda vez que quien celebró el contrato con la mencionada empresa fue propiamente el Fideicomiso del CISPEN estatal por medio de la Secretaría de Hacienda, quien cuenta con personalidad jurídica propia para realizarlo, motivo por el cual el Tribunal Superior de Justicia NO fue parte de dicho contrato ni de lo que en él se haya pactado. Esto es así debido a que el Tribunal Superior no forma parte de ese fideicomiso, por lo que dicho Fideicomiso, al estar formado por integrantes del Poder Ejecutivo, no era posible que miembros de otro Poder del Estado, como lo es el Judicial, intervinieran en sus resoluciones en virtud del principio de la división de Poderes establecido en la Constitución del Estado.
 
5. El articulo tercero, fracción VII, del Decreto numero 511/2014 IV P.E. expedido por el H. Congreso del Estado que crea el “FIDEICOMISO PARA LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL FEDERAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA” señala en la parte conducente, lo siguiente
 
“El Comité Técnico tendrá, de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes atribuciones
 
G) Instruir a la Fiduciaria para que, con cargo al patrimonio fideicomitido, proceda efectuar los pagos aprobados.
 
H) Aprobar la distribución y utilización de los recursos fideicomitidos para la operación del Fideicomiso.
(…)
L) Aprobar la contratación de personal, proveedores y prestadores de servicios que se requieran para la realización de los fines del Fideicomiso, con base en las propuestas que al efecto haga el Secretario Técnico.”
 
De las atribuciones anteriores se desprende que la autoridad facultada para aplicar los recursos públicos contenidos por la fiduciaria es el Comité Técnico del Fideicomiso Para la Implementación del Sistema de Justicia Penal Federal en el Estado de Chihuahua, por lo que, quien debe realizar todo el procedimiento legal correspondiente para aplicar los recursos es precisamente dicho fideicomiso, presidido por el titular de la Secretaría de Hacienda del Estado y efectivamente fue quien así lo hizo (incluída la licitación), ya que todo lo relacionado con la adquisición de la referida bóveda de datos y la remodelación del hotel Maceira para el instituto de la Defensoría Publica se realizo en forma exclusiva por dicho ente debido a que así lo ordena el Decreto numero 511/2014 IV P.E, razón por la cual, ni el Magistrado Presidente ni el Pleno del Tribunal Superior de Justicia tuvimos injerencia alguna en la licitación que para tales efectos debió haberse realizado, tampoco en la contratación del Proveedor de la Bóveda de informática ni con la remodelación del Hotel Maceira y mucho menos en el pago a la misma, limitándose nuestro actuar, por no tener mas facultades como ya se dijo con anterioridad, a autorizar el pago del 50% de los fondos y entregárselos a la Secretaria de Hacienda del estado que según el estudio del anterior Presidente eran los necesarios y suficientes para tal adquisición y remodelación ya que la otra mitad seria aportada por el gobierno Federal (CISPEN federal).
 
6. Ahora bien, se dice que el equipo de la bóveda de datos es obsoleto y no cumple con el proyecto presentado, desconozco los motivos en los que fundamenten tal dicho, sin embargo, ya que el Director de Tecnología de la Información del Tribunal Superior de Justicia Ingeniero Ernesto Chávez Gutiérrez, perito en la materia, validó los trabajos entregados por la empresa INFOCOM S.A. de C.V. (bóveda de almacenamiento de datos ) al titular del Fideicomiso del CISPEN en el que informó que: “… la conclusión de los trabajos en forma satisfactoria en tiempo y forma de acuerdo con el contrato celebrado con la empresa adjudicada”, y que informa lo anterior “a fin del CIERRE DEL PROYECTO Y DEMAS QUE HAYA LUGAR.” FUE EL MOTIVO POR EL CUAL SE CONSIDERÓ QUE DICHA PROPUESTA CUMPLÍA A CABALIDAD CON LOS REQUISITOS NECESARIOS.
                                                         
Concluyendo:
De lo anterior se desprende que cuando fui nombrado Presidente ya existían esos dos proyectos elaborados por el Presidente anterior, pues en tres días que su servidor tenia como Presidente es imposible que yo los hubiera realizado y que además ni el Presidente ni los Magistrados tuvimos intervención en las licitaciones, adjudicaciones, adquisiciones, contrataciones, pagos, etc., con la referida empresa ya que todo eso es facultad exclusiva de la Secretaria de Hacienda del estado en su calidad de Presidente del referido Fideicomiso, quien fue quien así lo hizo, de tal suerte que SI HAY ALGUNA RESPONSABILIDAD SERÁ DE LA ALUDIDA SECRETARIA, y que la bóveda de datos fue recibida en tiempo y forma y de acuerdo al contrato de la empresa adjudicada por la dirección de tecnologías de la información. 
 
Ante lo expuesto queda de manifiesto que EL CONSEJO DE LA JUDICATURA ME IMPUTO ACCIONES Y OMISIONES QUE ESTÁN FUERA DE LAS FACULTADES QUE TENIA COMO MAGISTRADO PRESIDENTE, por lo que estoy cierto que una ves que se realice la investigación respectiva quedare exento de toda responsabilidad.
 
                                                      
RESPETUOSAMENTE
MGDO. GABRIEL HUMBERTO SEPULVEDA REYES
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