Entregan petición al INE e IEE, piden abstención al emitir convocatoria para aspirantes a independientes y que uso de app sea opcional

Chihuahua, Chih.- El día de ayer, el Lic. abogado Gerardo Cortinas Murra presentó un escrito mediante el cual solicita a Consejo Estatal del IEE se abstenga de emitir la Convocatoria para candidatos independientes hasta que el Pleno de la SCJN resuelva las Acciones de Inconstitucionalidad, además quien busca ser aspirante a candidata independiente, Mónica Reyes, presentó una petición ante el INE, para que el uso de la aplicación para recolectar el apoyo ciudadano sea opcional en Chihuahua.

La petición de Gerardo Cortinas dice lo siguiente: 
PETICIÓN:

Constituye un hecho notorio para todos Ustedes que en los próximos días el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación habrá de resolver la Acción de Inconstitucionalidad 131/2017 y sus acumuladas 132/2017, 133/2017 y 136/2017, incoadas en contra de la reforma a la Constitución del Estado en materia electoral.

Por lo anterior, la presente PETICIÓN es en el sentido de que este Consejo Estatal se abstenga de emitir la Convocatoria para candidatos independientes hasta que el Pleno de la SCJN resuelva las Acciones de Inconstitucionalidad citas con antelación.

De esta manera, se evita que este órgano electoral tenga que emitir un nuevo Acuerdo al respecto, ante la eventualidad -inminente y cierta- de que dicha reforma constitucional sea declarada inconstitucional.

La futura aspirante a diputada local, Mónica Reyes, entregó al consejero presidente del IEE, una petición dirigida al Consejo General del INE, mediante la cual solicita:

La presente PETICIÓN es en el sentido de que:

A LA BREVEDAD, SE APRUEBE UN ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE AUTORICE PARA QUE, EN LOS COMICIOS LOCALES EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, EL USO DE LA CITADA APLICACIÓN SEA OPCIONAL PARA LOS ASPIRANTES INDEPENDIENTES.

La presente PETICIÓN tiene sustento en las siguientes consideraciones lógico-jurídicas:

PRIMERA.- El uso de la multireferida aplicación telefónica restringe los derechos humanos de ser votado y de acceso a la función pública de los aspirantes independientes a un cargo de elección popular, en virtud de que se limita (por lo complicado de su uso) la participación de un mayor número de personas que colaboren en la recaudación del apoyo ciudadano.

SEGUNDA.- El plazo establecido en la legislación electoral local para la recolección del apoyo ciudadano es sumamente corto; de tan solo 22 días. Y en consecuencia, el uso de dicha aplicación telefónica se traduce en una restricción indebida que restringe los derechos humanos de los ciudadanos chihuahuenses en materia político-electoral.

TERCERA.- En la reciente calendarización electoral, aprobada por el I.E.E., se consigna un plazo de 35 días para que el I.N.E revise y apruebe el porcentaje de apoyo obtenido por los aspirantes.

Plazo que resulta racional y proporcionado para la recolecta de apoyo ciudadano mediante el procedimiento tradicional, es decir, a través de la obtención de firmas por escrito y copia digital de la credencial de elector.

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