Vinculan a proceso por probable delito electoral al ex titular de Hacienda, ex director de Egresos, ex director de Control de Pagos y el ex secretario de Finanzas del PRI estatal; Seguirán en libertad

Chihuahua, Chih.- El Juez Segundo de Distrito del Poder Judicial de la Federación en Chihuahua, Amir Sánchez, dictó acto de formal vinculación a proceso contra el ex secretario de Hacienda Jaime R. H. C., el ex director de Egresos de la Secretaría de Hacienda, Jesús O. A., el ex director de Programación y Control de Pagos de dicha secretaría, Miguel A. M. A. y el ex secretario de Finanzas del PRI Estatal de Chihuahua, Pedro M. R. CH. por considerar que existían elementos que hacían probable su participación en un delito en materia electoral por participar en descuentos ilegales a trabajadores del Ejecutivo por valor de 14 millones 609 mil 583 pesos durante el año 2015 que fueron derivados en contra de la norma al Partido Revolucionario Institucional. Los ex servidores públicos se enfrentarían a una pena de 9 años de cárcel y el ex funcionario partidista a un máximo de 15 años tras las rejas. A petición de la acusación se estableció un plazo de tres meses para la conclusión de las investigaciones complementarias y desestimó la petición de medidas cautelares por lo que los cuatro vinculados seguirán el proceso en libertad. 

El Juez Segundo de Distrito dictó pasadas las 14:40 horas la vinculación a proceso contra los cuatro comparecientes al considerar que existían indicios de su participación en un entramado de deducciones ilegales a ex trabajadores del Poder Ejecutivo en favor del PRI a nivel estatal, que en ningún caso se podían considerar aportaciones voluntarias, instruido, según el ex secretario de Hacienda, Jaime R. H. C., por el ex gobernador de Chihuahua César Horacio Duarte Jáquez al que no se hizo alusión por parte de la Fepade en la audiencia de hoy.

En declaración del propio Jaime R. H. C. aludida por el Ministerio Público éste recibió tras su llegada a la Secretaría de Hacienda en 2012 la instrucción expresa del ex gobernador César Duarte para dar continuidad al mecanismo instrumentado desde el inicio de su administración para llevar a cabo retenciones en las compensaciones cada día 20 de mes de entre el 5 y el 10% a ex servidores públicos que ocupaban cargos de jefe de departamento y superiores que ganaban más de 12 mil pesos por este concepto.

El Juez estimó que una vez escuchadas a las partes que existían indicios para considerar razonablemente existentes hechos señalados por la ley como constitutivos de delito, más cuando ninguna de las partes contravino y puso en duda la existencia de las citadas retenciones en las compensaciones, afirmando estar asistido por su derecho, en base al nuevo sistema penal acusatorio para hacer una valoración libre y lógica de los elementos de prueba aportados.

Tras considerar que los datos de prueba aportados por el Ministerio Público de la Fepade no eran absurdos ni contradictorios entre sí y guardaban congruencia con los referidos en la formulación de imputación, el Juez desestimó uno por uno los alegatos de las diferentes defensas, quienes argumentaron que los hechos que se les atribuían a sus representados no eran constitutivos de delito alguno alegando que se trataba de aportaciones voluntarias que los ex funcionarios realizaban, que no se trataba de recursos públicos sino aportaciones populares y que los propios estatutos del PRI contemplaba estos descuentos a los militantes servidores públicos.

Amir Sánchez manifestó que al tratares de ex servidores públicos y un funcionario partidista estos estaban sujetos al mismo carácter con lo cual sólo podían proceder de acuerdo a lo que les estaba expresamente permitido por la ley, no como en el caso de un ciudadano llano para el cual todo lo que no está prohibido está permitido, por lo que no tenían sustento legal para operar las citadas deducciones en las compensaciones de los trabajadores del Poder Ejecutivo.

Aclaró que la conducta detallada por el MP de expedir cheques, cambiarlos por efectivo y entregarlos a un partido político debía tener sustento legal por lo cual el proceder en el que se veían señalados tendría tintes de ilegalidad.

En este sentido, hizo alusión al artículo 54 de la Ley General de Partidos Políticos, mismo que prohíbe a los tres poderes, incluido el Ejecutivo, y sus dependencias hacer aportaciones en especie a partidos políticos, aspirantes, precandidatos o candidatos “bajo ninguna circunstancia”.

De igual modo, negó que tal y como pretendían hacer creer las defensas se tratara de aportaciones voluntarias que realizaban los ex funcionarios pues el dinero destinado al partido nunca lo habían recibido los contribuyentes, sino que lo habían aportado en un contexto de “supra subcoordinación” y bajo coacciones, ya que en ningún momento recibían el dinero y voluntariamente se dirigían al partido a realizar físicamente y en persona la aportación.

Asimismo, el juez desestimó el argumento de las defensas de que no existía peculado alegando que se trataba de recursos de particulares. A este respecto, aseguró que se trataba de recursos públicos con los que se pagaba a los trabajadores con recursos del Ejecutivo por lo que la derivación al PRI fue ilegal dado que el dinero nunca llegó a los trabajadores.

Refirió que las retenciones eran concentradas en la cuenta bancaria 0166143970 de la entidad Bancomer a nombre del gobierno del estado, posteriormente mediante cheque firmado por el ex secretario de Hacienda, Jaime H. C., y endosados por el ex director de Programación y Control de Pagos de la Secretaría de Hacienda, Miguel Ángel M. A, sin la supervisión del ex director de Egresos, Jesús O. A., eran llevados por Servicios Panamericanos a la entidad bancaria para una vez convertidos en efectivo llevarlos a la Tesorería de la Secretaría de Hacienda, donde el ex secretario de Finanzas del PRI Estatal, Pedro M. R. CH., se encargaba de recibir el dinero y depositarlo en el partido.

El ministerio público de la Fepade relató los numerales, fechas e importes de los 12 cheques girados con un monto total de 14 millones 609 mil 583 mil pesos para realizar de forma reiterada esta acción durante el 2015.

0478685 de fecha 27 de enero de 2015 por 1’233,170 pesos

0486731 de fecha 25 de febrero de 2015 por 1’199,522 pesos

0495033 de fecha 26 de marzo de 2015 por 1’197,413 pesos

0503353 de fecha 29 de abril de 2015 por 1’195,153 pesos

0511490 de fecha 26 de mayo de 2015 por 1’205, 878 pesos

0519794 de fecha 25 de junio de 2015 por 1’208,628 pesos

0527983 de fecha 29 de julio de 2015 por 1’244,681 pesos

0536173 de fecha 28 de agosto de 2015 por 1’266, 893 pesos

0544651 de fecha 25 de septiembre de 2015 por 1’194,885 pesos

0554143 de fecha 28 de octubre de 2015 por 1’230,786 pesos

0562707 de fecha 25 de noviembre de 2015 por 1’228,434 pesos

0578226 de fecha 23 de diciembre de 2015 por 1’205,878 pesos

Esto afirmó, contraviniendo el artículo 126 constitucional que hace alusión a la prohibición de realizar retenciones, descuentos, deducciones o embargos a los salarios de los trabajadores salvo en los casos autorizados por la ley.

De igual modo, refirió que Pedro M. R. CH, ex secretario de Finanzas del PRI Estatal los recibió en efectivo en la Tesorería de Hacienda en los siguientes términos:

4 de febrero 1’233, 170 pesos

27 de febrero 1’207, 820 pesos

31 de marzo 1’197,413 pesos

30 de abril 1’195,153 pesos

1 de junio 1’205, 878 pesos

2 de julio 1’208,828 pesos

12 de agosto 1’244,681 pesos

31 de agosto 1’266,897 pesos

29 de septiembre 1’194,885 pesos

29 de octubre 1’230,786 pesos

30 de noviembre 1’228,434 pesos

4 de enero de 2016 por 1’204,136 pesos

En el caso de Miguel A. M. consideró que existían indicios de que en su calidad de director de Programación y Control de Pagos habría participado en la trama con el endosado de11 de los 12 cheques, salvo el primero de fecha enero, el cual fue endosado por el ex secretario de Hacienda.

A Jesús O. A., ex director de Egresos le atribuyó el no haber acatado el reglamento y su función de vigilancia, ya que con su omisión al giro de estos cheques permitió que se completara la operación delictiva y a Jaime H. C., ex secretario de Hacienda, el haber firmado los 12 cheques referidos como persona autorizada en la cuenta bancaria en la cual se acumulaban las retenciones a ex trabajadores y haber endosado incluso uno de ellos.

Es por ello que a los tres ex servidores públicos les formuló formal vinculación a proceso por un presunto delito electoral en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 fracciones 3 y 5 de la Ley General Electoral.

Por su parte, hizo lo propio con Pedro M. R. CH. a este en base a los artículos 15 y 9 fracción 9 de la Ley General de Partidos Políticos al considerar probados los indicios de que en su calidad de ex secretario de Finanzas del PRI Estatal de Chihuahua, habría recibido y firmado 12 recibos de recepción de los 14.6 millones de pesos anteriormente referidos.

Hechos por los cuales habría incurrido en una violación a la correcta función electoral, siendo conocedor de que la ley establecía la obligación de los partidos políticos a rechazar apoyos económicos provenientes de personas a las que la ley se lo impida, como es el caso de los poderes ejecutivos.

De igual modo consideró que había indicios suficientes para estimar que habría omitido información ante el Instituto Nacional Electoral. Esto después de que tras serle requerido mediante oficio por parte del INE, en su virtud de por aquel entonces secretario de Finanzas del PRI Estatal en Chihuahua, explicaciones sobre las supuestas retenciones, éste compareciera ante la Unidad Técnica de Fiscalización del INE en México y afirmara que el PRI no tuvo injerencia en ninguna secretaría de ningún nivel de gobierno, desconocía que alguna de ellas hubiera realizado descuentos ilícitos a sus empleados y negara tajantemente haber recibido aportación de ninguna índoles de secretaría o dependencia gubernamental alguna.

Los tres ex servidores públicos se estarían enfrentando a una posible pena de entre 2 y 9 años de cárcel, mientras que en el caso del ex secretario de Finanzas del PRI estatal la pena se podría elevar hasta los 15 años de prisión.

Pese a que la acusación lo solicitó, el juez desestimó la interposición de medidas cautelares contra los cuatro comparecientes al considerar que no existía, hasta el momento, riesgo de extracción de la justicia, por lo que los señalados seguirán el proceso en libertad y se fijó a petición del MP el plazo de 3 meses para la conclusión de las investigaciones complementarias.

 

 

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