Señala Sección 8 SNTE a SEECH problemática de basificación para docentes de educación básica

- No se realizaron los trámites administrativos correspondientes por parte de SEECH para regularizar ante el FONE, claves de alrededor de 4 mil docentes en el estado.

Chihuahua, Chih.- Esta tarde, se señaló a autoridades gubernamentales de Chihuahua, la problemática de basificación para docentes de educación básica de alrededor de 4 mil claves, las cuales no cuentan con el estatus de permanencia.

Lo anterior se realizó por parte de la Secretaria General de la Sección 8 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, SNTE, la Maestra Rosa María Hernández Madero, a través de un oficio dirigido al Gobernador del Estado, Javier Corral Jurado.

Cabe mencionar que estos documentos oficiales expedidos por parte de la organización sindical, se enviaron de igual forma, al Gobernador del Estado, Javier Corral Jurado; Coordinador Estatal de Servicio Profesional Docente, José Alfredo Chávez Ruíz y Director Ejecutivo de Servicios Educativos del Estado de Chihuahua, Manuel Arias Delgado.
 
Chihuahua, Chih., 19 de mayo del 2017.
 
C. LIC. JAVIER CORRAL JURADO
GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Presente.
 
Por medio del presente, le envío un cordial saludo. Asimismo, de manera respetuosa expongo ante usted, con el propósito de asumir la alta responsabilidad de dar certeza laboral a los trabajadores de la educación y como representantes legales y legítimos de los agremiados de la Sección 8 del SNTE, con el objetivo de preservar y reivindicar los derechos, planteamos lo que a continuación se describe de la problemática de basificación para personal docente de educación básica de los SEECH.
 
La publicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD), el 11 de septiembre de 2013, estableció las condiciones para el ingreso promoción, reconocimiento y permanencia del personal docente de la educación básica, un día después de su publicación se inició con el proceso de la implementación de las acciones académicas y laborales incorporadas en dicha Ley, con cronogramas específicos y estrategias a corto mediano y largo plazo; un gran reto para el Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación fue defender los derechos adquiridos de los docentes y técnico docentes ya contratados en los sistemas educativos federalizados, estatales y municipales, la primera acción instrumentada y mandatada desde el articulado de la Ley fue que el ingreso al servicio profesional docente se realizara durante el ciclo escolar 2014-2015; así mismo que en diciembre de 2013 el INEE publicaría el cronograma para la promoción y el desempeño, las cuales fueron programadas para iniciar durante el ciclo escolar 2015-2016.
 
Por tal motivo los Comités Ejecutivos Seccionales del país, con la asesoría y compañía permanente del Comité Ejecutivo Nacional y su Presidente el Mtro. Juan Díaz de la Torre, solicitaron a las autoridades Educativas Locales en cada entidad federativa y de acuerdo a las condiciones de su modelo de gestión, el diseño de acuerdos locales para diseñar estrategias que coadyuvaran en la implementación de la LGSPD en las mejores condiciones para el personal ya contratado, con modelos laborales, prestacionales diferentes y derechos adquiridos a lo largo de su desempeño profesional, encontrando personal desde uno hasta más de 30 años de servicio.
 
La Sección 8 del SNTE, inició las acciones con el propósito de garantizar certeza laboral del personal docente que contaba con años de servicio y estuviera en varios de los supuesto de LGSPD, personal que ya estaba en servicio y no tendría que ser contemplado en los procesos de ingreso que establece el nuevo modelo, así que como primera acción se inició con la solicitud a la AEL de basificar al personal docente y técnico docente que contaba con códigos de interinos limitados (20) e interinatos ilimitados (95) y así obtener base (10), la respuesta a la solicitud se debería de otorgar antes de diciembre de 2014, ya que durante el ciclo fiscal 2015 se realizaría el cambio de  Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) al Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y el Gasto Operativo (FONE).
 
Para transitar en la operación del FAEB al FONE, fue necesario que cada Autoridad Educativa Local realizara un proceso de conciliación tanto del presupuesto autorizado como de cada uno de los rubros que hasta 2014 estaban autorizados para pago en nómina y gasto operativo, por tal motivo era de vital importancia que se basificara a todo el personal docente que cumpliera con los requisitos solicitados por la autoridad educativa, esto antes del 2015 para que fueran incluidos en la conciliación como personal de base (10) y garantizar la certeza laboral de los compañeros interinos (20 y 95).
 
Al inicio del ciclo escolar 2014-2015, el Secretario de Educación, Cultura y Deporte, instruyó al Subsecretario de Educación y Director Ejecutivo de los SEECH, para que por medio de la Dirección Administrativa de Planeación y de los niveles Educativos se llevara a cabo la basificación de los interinos, fue así como por medio del oficio DG 1436/2014 de fecha 22 de octubre de 2014, el Mtro. Horacio Echavarría González, instruyó a los Directores de los SEECH anteriormente mencionados a “llevar a cabo el otorgamiento de la basificación a todos aquellos trabajadores que hasta el 29 de septiembre del presente, ocupaban una plaza de Educación Básica (Preescolar, Primaria, Secundaria y Modalidades Afines) en funciones o comisionados; pasen del motivo 95 al 10” (SIC); las consideraciones a tomar en cuenta fueron: “Dicho personal deberá estar cubriendo una misma plaza sin titular (vacante) por un periodo de más de 6 meses ininterrumpidos y no contar con ninguna nota negativa en su expediente” (SIC)
 
De esta manera la Dirección de Administración de los SEECH instituyó el procedimiento, el cual se realizó por medio de listados de docentes que cumplían con lo establecido, los cuales fueron validados por los niveles educativos, llevando a cabo el proceso de basificación ante la autoridad educativa federal. 
 
Los docentes que se incorporaron en los listados recibieron sus talones de pago con el nuevo código de base (10) reconociendo así su nuevo estatus laboral.
 
En fechas recientes algunos de los trabajadores motivo de la regularización que han participado en alguno de los procesos del Servicio Profesional Docente han sido notificados por los SEECH que no cuentan con plaza base (10) y que siguen siendo interinos ilimitados (95) aun contando con su talón de pago con nomenclatura 10.
 
De la misma manera con motivo de la evaluación del desempeño, en la cual se establece como criterio de selección a los interinos ilimitados (95), de nueva cuenta son llamados compañeros que fueron motivo de basificación en octubre de 2014 y que los SEECH les dice que su talón de cheque no establece su tipo de nombramiento, esto es, se tiene un código de nombramiento en el Sistema de Administración de la Nómina Educativa (SANE) y otro diferente en el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y el Gasto Operativo (FONE), esto en una clara violación de los derechos de los trabajadores de la educación y del procedimiento administrativo realizado en octubre del 2014.
 
Ante lo anteriormente expuesto, una servidora y el Comité Ejecutivo Seccional, exijo a los SEECH una explicación satisfactoria y una solución definitiva de los nombramientos de los compañeros regularizados en octubre de 2014 y la inmediata conciliación entre FONE y SANE, que garantice que el estatus del nombramiento de cada trabajador tiene en su comprobante de pago sea el incorporado y reconocido ante la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente y la Secretaría de Educación Pública.
 
FRATERNALMENTE
“POR LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL PUEBLO”
POR EL COMITÉ EJECUTIVO SECCIONAL

PROFA. ROSA MARÍA HERNÁNDEZ MADERO
SECRETARIA GENERAL

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